El Senado dio media sanción a la Ley que otorga beneficios sociales a los bomberos

El Senado dio media sanción a la Ley que otorga beneficios sociales a los bomberos

La Federación de Bomberos Voluntarios destacó que se trata de una norma superadora de la que fue derogada por el Ejecutivo en el 2015.

El Senado de San Luis dio media sanción este martes a la Ley que otorga beneficios sociales a los bomberos voluntarios de toda la provincia. El proyecto, enviado por el Ejecutivo, será tratado esta misma semana o la próxima en Diputados para su sanción definitiva.

La norma fue propuesta por el Gobierno y su elaboración contó con el aporte de la Federación de Bomberos Voluntarios de la provincia. Surgió luego que el gobernador, Alberto Rodríguez Saá, derogara, en 2015, otra Ley que había sido aprobada por la legislatura.

El texto contempla el otorgamiento de obra social para aquellos rescatistas y sus familias que no poseen mutual. También reconoce la contratación de un seguro de vida y contra accidentes o lesiones.

También estipula una pensión vitalicia para aquellos voluntarios que tienen más de 25 años de servicio, cuyos últimos 10 años hayan actuado en San Luis de manera comprobable. Este ítem deberá ser certificado por las asociaciones a las que pertenecen.

Estarán incluidos en el beneficio quienes posean 20 años de servicio y 55 de edad. “Esas pensiones serán de un valor idéntico al dinero que perciben hoy los trabajadores del Plan de Inclusión Social ($7.500), pero si ese monto sube o se actualiza, la retribución también absorbe ese incremento”, explicó la senadora Mabel Leyes, miembro informante del proyecto que se trató en la sesión de este martes.

Por otro lado, la norma establece, que en caso de que algún voluntario haya muerto al cumplir su deber desde 2000 en adelante, la pensión será cobrada por sus familiares. Y que el bombero voluntario -de cualquier edad y antigüedad-, que en acto de servicio sufra un accidente que le provoque una incapacidad física o intelectual será beneficiario de una pensión no contributiva y vitalicia. Para ello tendrán que acreditar una incapacidad para el servicio del 66% o más.

Para las asociaciones, la norma determina la provisión de 250 litros de combustible por mes para cada asociación, que será mayor en caso de tener que combatir algún incendio.

Susana Tello, presidente de la Federación, consideró que esta norma es superadora de la que se había sancionado en el 2015. “Es muy loable lo que tuvieron en cuenta en el caso del subsidio vitalicio y graciable, y también la ampliación de la obra social para todo el grupo familiar”, destacó.

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