El Senado aprobó la protección de activos de bancos centrales extranjeros

El Senado aprobó la protección de activos de bancos centrales extranjeros

El proyecto fue elaborado por el Poder Ejecutivo Nacional y obtuvo el respaldo de todos los bloques, logrando así la media sanción. 

Encabezada por el presidente provisional del Senado, Gerardo Zamora, la Cámara alta del Congreso Nacional dio media sanción al proyecto de ley que protege los activos de los bancos centrales extranjeros ante los tribunales argentinos. 

El proyecto se aprobó con el compromiso de establecer convenios de reciprocidad con los países en cuestión, y a fin de obtener igual trato para las reservas argentinas. 

Elaborada por el Poder Ejecutivo de la Nación, la medida fue aprobada por unanimidad por todos los bloques legislativos, y establece inmunidad para los bancos centrales y autoridades monetarias extranjeras frente a la jurisdicción de tribunales locales. 

El proyecto exceptúa de esa protección los casos de “consentimiento expreso a través de un tratado, contrato, acuerdo de arbitraje o mediante una declaración escrita posterior al inicio de una controversia judicial; por reconvención basada en la misma relación jurídica o cuando la demanda versare sobre una actividad ajena a sus funciones”. 

Aprobada la iniciativa, continuará su trámite parlamentario en la Cámara de Diputados. 

Fundamentos 

Por otra parte, se establece que las disposiciones de esta ley serán instrumentadas a través de la suscripción de convenios bilaterales con las respectivas autoridades monetarias extranjeras. 

Entre los fundamentos, se menciona “la experiencia del propio Banco Central de la República Argentina, que en los últimos años se vio expuesto a desafíos judiciales en tribunales de diversas jurisdicciones”. Entre sus fundamentos, se menciona que “la inmunidad soberana se presenta como un mecanismo de defensa que posee un Estado frente a cualquier acción legal interpuesta en su contra ante los tribunales de otro Estado, de tal modo que los tribunales de un país no puedan juzgar a otro Estado. 

En otro párrafo, se fundamenta que “el reconocimiento de las inmunidades jurisdiccionales” de los Estados surgen “como una necesidad de fortalecer la preeminencia del derecho y la seguridad jurídica” en razón de principios de independencia e igualdad entre los Estados “que se verían amenazados si los tribunales de un país ejercieran su autoridad sobre las personas o bienes de otro”.

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