Más santafesinos optan por compras on line en el exterior

Más santafesinos optan por compras on line en el exterior
Lo reconoció Carlos Vaudagna, director regional de la Afip, quien brindó precisiones sobre la nueva disposición para esas transacciones. Ahora se deberá presentar una declaración jurada.

Las compras en internet son una opción cada vez más utilizada por los santafesinos. Además, gracias al desarrollo de ese mercado y a los precios en el exterior, hasta hace poco eran muchos los que optaban por comprar en otros países a través de esa modalidad. Sin embargo, desde ayer, quienes deseen realizar shopping on line fuera del país deberán completar y presentar una declaración

jurada en la Afip.

“Es una medida que obliga a todos los cuidados que compren a través de un portal del exterior, cualquier tipo de productos, que realicen una declaración jurada previa”, explicó a Diario UNO, Carlos

Vaudagna, director regional de la Administración Federal de Ingresos Públicos (Afip). Cabe mencionar que la resolución general 3579, publicada ayer en el Boletín Oficial con la firma del titular del organismo

tributario, Ricardo Echegaray, establece que la presentación de la declaración jurada se tendrá que realizar con anterioridad al retiro o recepción de la mercadería.

Consultado sobre cuáles son las razones por las cuales se generó esa disposición, Vaudagna indicó: “Esta decisión es porque ya se instrumentaba para la importación de bienes o servicios, como el turismo, una declaración jurada anticipada. Siempre que había giros al exterior estaba la obligación de realizarla. Para estos bienes que tenían un valor mucho menor no existía pero, como se compra a través de tarjetas de crédito, ahora se implementó también”. Y resaltó que el motivo central es que “con esto se termina de completar el abanico de giros al exterior en moneda extranjera. Así se tiene la información completa”.

Una opción muy elegida

Vaudagna señaló que en diciembre se trabajó junto a la Aduana para conocer si realmente es significativa la cantidad de santafesinos que realiza sus compras a través de los portales del exterior que habilitan el envío a la Argentina, que son la gran mayoría.

En ese sentido, indicó que si bien no contaba con los datos precisos sí es significativamente superior la cantidad de compradores que en años anteriores. “Esos bienes que se compran en el exterior, el proveedor los remite a través del correo oficial o mediante courier y todo ingresa por Aduana. En función de la información que nos proporcionaron desde esa oficina, es importante el volumen de operaciones que se realizaban aquí en nuestro medio”, señaló el referente de la Afip.

A lo que agregó “se multiplicaron por varias decenas lo que eran las estadísticas anteriores”. Respecto a quiénes son los que más se inclinan por ese tipo de compras remarcó que se trata de consumidores finales, aunque se han detectado algunos casos de personas que realizaban la transacción para después revender los productos adquiridos en sus propios comercios.

En cuanto a qué es lo que más se compra a través de esa modalidad, el funcionario indicó que son los artículos de electrónica o textiles. Si lo que se adquiere supera un determinado valor mensual de importaciones – que hoy se encuentra en 25 dólares– se debe pagar un 50 por ciento más. La adquisición de productos y servicios a través de internet es cada vez más habitual. Ya sea por las promociones o por la comodidad que implica el pago con tarjeta de crédito y el envío a domicilio, en las fiestas de fin de año, en particular, se pudo ver un marcado crecimiento.

Y esa tendencia se ha evidenciado también en la adquisición de bienes en el exterior. Por ejemplo, cuando las empresas estadounidenses realizan sus rebajas por fin de temporada o por alguna fecha en

particular, los productos se consiguen a muy buenos precios.

Primeras marcas de ropa, por ejemplo, dejan en la liquidación pantalones a 10 dólares, pulóveres a cinco dólares o remeras a tres por cuatro dólares. Como los sitios web son muy detallados en cuanto a las medidas muchas personas optan por adquirirlas a través de internet porque –incluso pagando el 50 por ciento en la Aduana– los costos son menores a los que se encuentran en los negocios del país.

Lo mismo sucede con los artículos de electrónica. Como los adelantos tecnológicos llegan tiempo después a nuestro país, los productos que hoy están en boga muchas veces ya se encuentran rebajados en los países avanzados. Otro mercado muy observado en ese rubro es el chino, ya que tiene muy buenos precios.

El paso a paso

Según se establece en la resolución, quienes realicen compras minoristas on line en el exterior y reciban los productos mediante el correo oficial –incluido el servicio puerta a puerta– o a través de prestadores de servicios postales, deberán acceder al sitio web de la Afip (en el apartado “mis aplicaciones web”), seleccionar el Formulario Nº 4550 (“compras a proveedores del exterior”) y completar el mismo con el detalle de la adquisición realizada.

Para poder realizar ese paso es necesario contar con CUIT, CUIL o CDI y la Clave Fiscal con nivel de seguridad 2, como mínimo. “No conozco aún la información que se solicita en la declaración. Leí

la resolución general del Boletín Oficial pero todavía no pude reunirme con la gente de capacitación para establecer bien cuáles son los datos.

Pero como se necesita la Clave Fiscal de seguridad 2, que es un nivel bajo, los datos no deben ser de relevancia”, evaluó Vaudagna. En otro punto, la resolución establece que cuando corresponda el

pago del arancel único del 50 por ciento sobre el valor de compra, conforme el régimen vigente, el adquirente deberá presentarse en el correo oficial o, en su caso, en la Aduana correspondiente, con la

declaración jurada presentada y la constancia del pago efectuado.

En ese marco, la disposición de la Afip añade que el pago se realizará vía Volante Electrónico de Pago (VEP) y aclara que, “de corresponder, previo a la liberación de la mercadería, el servicio aduanero exigirá

una declaración jurada rectificativa ajustando los valores a la verificación realizada y el pago adicional efectuado conforme lo establecido en el párrafo anterior”.

Finalmente, indica que “hasta tanto se encuentre disponible el sistema que se establece en esta resolución general, los adquirentes deberán presentar un formulario manual Nº 4550/T, el cual deberá ser descargado del sitio web” del organismo.

En los considerandos, la nueva normativa indica que “por razones de administración tributaria corresponde establecer un procedimiento de presentación de declaración jurada a fin de optimizar la trazabilidad de las operaciones realizadas”.

Por último, Vaudagna recomendó a los santafesinos que, quienes tengan dudas o consultas sobre la nueva disposición, pueden acercarse a las oficinas de calle Salta 2.771. “Estamos para brindar asesoramiento y capacitación para los ciudadanos que lo requieran”, dijo el funcionario.

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