SAMSA cobró $4.171 millones por la provisión de agua potable en asentamientos precarios de Posadas

SAMSA cobró $4.171 millones por la provisión de agua potable en asentamientos precarios de Posadas

Fue en julio del 2025, por medio del decreto 1.353/25, publicado en el Boletín Oficial N° 16.466. El EPRAC hizo el relevamiento de las familias en vulnerabilidad social del Gran Posadas, vinculadas a este pago de diez cifras a la empresa prestadora del servicio elemental en Posadas y Garupá.

Mientras crecen los reclamos de vecinos de Posadas y Garupá contra la empresa SAMSA (Servicio de Agua de Misiones Sociedad Anónima) por presunta sobrefacturación y errores en las mediciones de consumo, se confirmó un pago de más de 4 mil millones de pesos por parte del Estado provincial. 

En este desembolso, fue clave el Ente Provincial de Aguas y Cloacas, que hizo el relevamiento de los barrios vulnerables por lo que se pagó para que SAMSA les preste el servicio elemental.

En el Boletín Oficial N° 16.466, del 28 de octubre pasado, aparece publicado el Decreto 1.353/25, firmado por el gobernador Hugo Passalacqua, el 2 de julio del 2025. En ese instrumento legal, se reconoce “a favor de la empresa Servicios de Aguas de Misiones S.A. (SAMSA), la suma de $ 4.171.555.326,15 (…), en concepto de provisión de agua potable a los asentamientos ediliciamente precarios establecidos por el Ente Provincial Regulador de Aguas y Cloacas (EPRAC) en la Resolución N° 65 de fecha 29 de Septiembre de 2.020; (…)”

El pago está encuadrando “en el Artículo 44° de la Ley VII – N° 11 (antes Ley 2.303) de Contabilidad”. Se trata de uno de los artículos de la Ley de Contabilidad General de Misiones, que establece excepciones a las licitaciones públicas. 

 

Vale recordar que el Artículo 44° de la norma sostiene, entre otros puntos, que “el funcionario o agente de cualquier dependencia del Estado, en sus distintos poderes, que realizara compra o gastos en contravención con lo dispuesto en el Artículo anterior [43°], o de las disposiciones de esta Ley, leyes especiales, decretos o reglamentaciones que fijan el trámite pertinente, responde personalmente del total autorizado o gastado en esas condiciones, siempre que el gasto no haya resultado en beneficio de la Provincia”. 

En tanto el referido Artículo 43°, sostiene, entre otras cosas, precisa que “los créditos del presupuesto constituyen autorizaciones de gastos por hasta el importe sancionado y los conceptos enunciados. No obstante, el Poder Ejecutivo podrá disponer reestructuraciones de créditos, conforme a las facultades y con las limitaciones que anualmente establezcan la Ley del Presupuesto General o sus complementarias.” 

 

“Estas facultades –indica este artículo 43°– serán ejercidas por: Vice Gobernador, ministros-secretarios del Poder Ejecutivo y autoridad superior en el Poder Legislativo, Poder Judicial, organismos de la Constitución y Descentralizados, cuando se trate de compensación interna de partidas en un mismo Anexo Institucional o Jurisdicción de su competencia, que no altere el total de gastos asignados, excepto disminuciones en la Partida Personal, disminuciones en las Erogaciones de Capital para incrementar Erogaciones Corrientes y demás limitaciones que determine el Poder Ejecutivo.” 

Cabe remarcar que el Decreto 1.353/25 no establece el plazo por el que se pagó por la provisión de agua en asentamientos de Misiones, ni la cantidad de asentamientos, ni los lugares involucrados. Por supuesto, SAMSA presta el servicio en Posadas y Garupá.

Comentá la nota