La reglamentación de la Ley de Tolerancia Cero permite otra prueba en caso de dar positivo

La reglamentación de la Ley de Tolerancia Cero permite otra prueba en caso de dar positivo

La tolerancia cero se aplica en toda la provincia.Salió la semana pasada la reglamentación de la Ley Provincial 7846, más conocida como "Tolerancia Cero al alcohol" que se aplica a los conductores de vehículos, y que establece la posibilidad de solicitar una segunda prueba para aquellos que hayan dado positivo en el primer control.

La reglamentación complementa lo establecido por la Ley, especialmente en lo que se refiere a su aplicación.

De esta manera, al respecto del artículo 2 de la normativa, que refiere al procedimiento de control con alcoholímetros, se establece que: "Constatada la graduación alcohólica del conductor, éste podrá solicitar una contraprueba con el mismo instrumento, dentro de los diez (10) a veinte (20) minutos siguientes de realizada la primera prueba. En caso de diferencia entre ambas graduaciones, deberá registrarse la de menor valor".

Esto favorecerá a los conductores que sean detectados con poco alcohol en la sangre, ya que les dará algunos minutos para poder eliminar ese excedente y evitar sanciones.

La Ley indica que en casos que el conductor dé positivo con menos de 0,5 gr/l de alcohol, puede ser reemplazado al volante por otra persona, la cual también deberá someterse previamente al control, y curiosamente en este caso, de dar positivo, no tiene derecho a otro control.

Esto se habría decidido así por cuestiones presupuestarias, ya que de lo contrario se podría llegar a utilizar cuatro pipetas en un mismo control, con el consiguiente gasto presupuestario.

 

Sanciones

Otro punto al que hace referencia la reglamentación es a la aplicación de las sanciones.  

Cuando un conductor se niegue o no coopere con el control, "hace presumir la infracción, en cuyo caso deberá proceder conforme la infracción más grave que le resulte aplicable".

En caso de conducir cualquier tipo de vehículos en estado de intoxicación alcohólica con una alcoholemia inferior a 0,2 gramos de alcohol por litro de sangre, tendrá el beneficio del pago voluntario que permitirá reducir un 50% del valor mínimo de la multa, pero implicará el reconocimiento de la misma y tendrá efectos de sentencia firme.

Cuando la cantidad de alcohol supere los 0,2 y sea inferior a 0,5, el infractor podrá abonar de forma automática el valor mínimo de la multa dentro de los treinta (30) días corridos de labrada la infracción. Dicho pago implicará el reconocimiento de la infracción y autorizará el retiro inmediato de la licencia de conducir, la cual previamente le fue retirada.

También señala que en caso de no haber ningún conductor reemplazante el vehículo podrá ser removido de la vía pública y remitido al depósito que indique la Autoridad de Constatación, donde será entregado a quien acredite su propiedad o tenencia legítima, previo pago de los gastos de remoción y traslado en que se hubiere incurrido.

Durante el lapso que el conductor alternativo quede a cargo del vehículo, este será responsable absoluto del mismo.

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