Pasados algunos días del anuncio realizado por el intendente Gustavo Pulti, junto Susana Trimarco -titular de la Fundación María de Los Ángeles-, el Concejo Deliberante recibió el proyecto de ordenanza para la cesión de tierras y Crónica de la Costa te trae las condiciones, obligaciones y plazos que se contemplan. En un lapso de 6 meses se deberá presentar el plan de obras y una vez aprobados los planos, se otorgará un período de 2 años para iniciar los trabajos.
Así, una vez sancionada la ordenanza correspondiente, se otorgará a título precario el derecho de uso y ocupación gratuito de un predio municipal a la Fundación María de los Ángeles por la Lucha Contra la Trata de Personas. La ubicación del mismo no será difundida por el momento debido a la sensibilidad de la temática.
OBLIGACIONES
El anexo que acompaña al proyecto de ordenanza establece que la Fundación se hará cargo, durante el lapso que se ejerza la tenencia del inmueble, del pago de tasas, impuestos, servicios, tarifas, contribuciones y de todo otro concepto cuya obligatoriedad resulte de la actividad a desarrollar. Además de cumplir con todas las reglamentaciones vigentes en materia sanitaria, ya sean de orden nacional, provincial o municipal, no se podrá alterar el destino que le fuera adjudicado ni ceder la tenencia o transferir el derecho conferido.
En su cláusula quinta, se establece que se deberá presentar, en un plazo de 6 meses a partir de la promulgación de la norma, un plan de obras. A estos efectos, se tendrá que gestionar el permiso de construcción y presentar la documentación exigida por la Dirección de Obras Privadas para la aprobación de los planos de construcción. Asimismo, las obras deberán iniciarse en un plazo no mayor a 2 años a partir de la fecha de su aprobación.


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