La reforma de la Constitución ya divide al arco político

La reforma de la Constitución ya divide al arco político
Todo parece indicar que la oposición está decidida a quitarle el protagonismo que Fabiana Ríos quiere imprimirle a su gestión mediante la propuesta de la Reforma Constitucional. La UCR y el FpV, con diferente matices, no van a acompañar que la convocatoria sea en el 2014 .La UCR quiere que se vote después del 2015. El FpV quiere que sea el próximo gobierno que llame a una reforma de la Constitución. En el Mopof la iniciativa dividió al bloque. "Enmienda" o "Reforma" esa es la cuestión.

Ni bien se conoció la iniciativa de reformista del gobierno con la "auto" exclusión de Fabiana Ríos para ir por un nuevo periodo, la oposición ya piensa en mandar al freezer la idea.

"Nosotros estamos de acuerdo con la reforma de la Constitución y de hecho nuestro bloque ha presentado un proyecto en ese sentido, pero creemos que hacer una convocatoria este año es una locura, vamos a proponer que se haga la reforma junto a las elecciones del 2015" dijo el legislador de la bancada radical, Juan "Pipo" Rodríguez bajándole el pulgar a la iniciativa del gobierno.

"No podemos decir que no estamos de acuerdo con la Reforma, porque nosotros ya presentamos un proyecto en ese sentido, además si el gobierno quiere hacer una reforma parcial como dicen, debe llamar a una "enmienda" si se vota para reformar la "Constitución" no se puede limitar el accionar de los Constituyentes, de manera que la "auto" exclusión de la re reelección, es un tema que aún tiene un debate pendiente" dijo el legislador.

Lo cierto que en la UCR ya piensan en que el llamado a elecciones debe darse junto a la convocatoria para votar al futuro gobierno, o en todo caso la necesidad de reforma podría ser votada en el año venidero y llamando a elecciones recién para el 2016.

Sea como sea, la UCR no quiere saber nada con ir a elecciones en el 2014, como son las aspiraciones del PSP de Fabiana Ríos.

Otros quienes no van a acompañar la iniciativa del gobierno son los integrantes de bloque del FpV, "es una decisión que tenemos que tomar en el bloque" dijo la legisladora Miryan Martínez y agregó que " En lo personal no creo que prospere una convocatoria electoral previo al 2015, esta iniciativa debe ser llevada adelante por el nuevo gobierno, introducir una reforma Constitucional, con los innumerables problemas de gestión que tiene este gobierno me parce que no va" dijo Martínez.

Lo cierto es que en el bloque del Frente para la Victoria, lo gestos lo decían todo " Hay prioridades antes que a reforma... primero se debería cumplir con la actual Constitución y no cambiarla por una que se ajuste a la gestión del gobierno" dijo la legisladora del FpV, intuyendo que para las pretensiones políticas de la Senadora Rosana Bertone, un llamado a reformar la Constitución en medio del camino a la gobernación, podría ser contraproducente.

Por el lado del Mopof, nadie quiso hacer declaraciones y el silencio parece ya dividir las aguas "hay quienes piensan adherir al proyecto oficial y hay quienes quieren mandarlo al frízer, esperando mejores momentos" dijo una calificada fuente del bloque.

Por más que el gobierno hable de reforma "parcial", la Legislatura tiene la potestad de sancionar una ley especial que incluya la reforma total, no existe una reforma parcial, puede que sea una enmienda, lo que se trata de una reforma acotada a unos artículos y nada más.

En caso de votarse una "necesidad de reforma constitucional", quienes deciden hacer la reforma son los Constituyentes y a ellos no se les puede indicar que hacer y que no.

Abierta la reforma, hasta la re elección indefinida es posible votarla, más allá de la auto exclusión de Fabiana Ríos.

Lo que hay que tener en cuenta

En el artículo 192 se estipula que "la necesidad de la reforma debe ser declarada por ley especial de la Legislatura, aprobada por el voto de los dos tercios del total de sus miembros. Esta ley deberá ser publicada durante treinta días corridos en los medios masivos de comunicación de la Provincia, junto con la fecha en la que se elegirán los Convencionales. La misma ley fijará el plazo en que deberá expedirse la Convención".

Mientras que en el artículo 191 dice que "puede reformarse en todo o en cualquiera de sus partes, sólo después de transcurridos seis años desde la asunción de las primeras autoridades provinciales constitucionales, salvo para adecuarla a las reformas que pudieren introducirse en la Constitución Nacional o que mediante la iniciativa popular, avalada por un número de ciudadanos no menor del veinticinco por ciento de la cantidad de votos efectivamente emitidos en la última elección provincial, se proponga expresamente la reforma. La enmienda, o reforma de un solo artículo, podrá ser resuelta por la Legislatura Provincial con el voto afirmativo de los dos tercios de sus miembros, siempre que no se refiera a declaraciones, derechos, deberes y garantías o al presente artículo y no altere el espíritu de esta Constitución. Para entrar en vigencia deberá ser convalidada por referéndum popular que se convocará a tal fin. La enmienda a que se refiere el párrafo precedente no podrá llevarse a cabo sino con intervalos de dos años. La reforma de más de un artículo o de aquéllos no susceptibles de ser enmendados legislativamente sólo podrá efectuarse por Convención Constituyente".

Por su parte el artículo 195, sostiene que "si la reforma es parcial, la Convención Constituyente no podrá apartarse de los artículos para cuyo tratamiento fue convocada. Se limitará a analizar y resolver los puntos previstos en la convocatoria pero no estará obligada a hacer la reforma si no lo creyere conveniente".

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