La decisión fue tomada por mayoría. La legisladora Larreta consideró necesario que se analice todo el expediente en la causa para saber el comportamiento de Salas. Rechazaron el pedido.
El tribunal que analizó la denuncia contra el juez civil Guillermo Salas rechazó ‘in límine‘ el inicio del jury. La votación fue 3 a 2.
Por la no apertura del juicio votó el presidente del jury y presidente del STJ, Hugo Díaz y se sumaron los dos abogados del cuerpo Pedro Zuazo y Fernando Fassina. Por la apertura del proceso votaron la diputada provincial Silvia Larreta (PJ) y el diputado provincial Martín Berhongaray.
La denuncia contra Salas la realizó la abogada Otilia Pérez Fuentes. Lo denunció, en su pedido de jury, por la figura de presunto prevaricato de “hecho y de derecho”, por el presunto “cohecho” y por abuso de autoridad e incumplimiento de los deberes de funcionario público en una causa en la que se resolvía la responsabilidad de funcionarios municipales en la aprobación de planos irregulares de una edificación.
Guillermo Salas es esposo de la asesora letrada de Gobierno, Daniela Vassia.
El cierre del jury fue resuelto el pasado martes 7 de octubre. Unas semanas antes, el fiscal Jorge Marcelo Amado había archivado la causa (el 15 de septiembre) de la denuncia penal contra Salas que presentó la propia Pérez Fuentes.
El presidente del STJ, Hugo Díaz fue quien fundamento su voto. Consideró que la denuncia de Otilia Pérez fue consecuencia de un fallo desfavorable de Guillermo Salas.
“Al respecto, la doctrina y la jurisprudencia coincide: El principio general del que se parte es que los magistrados no pueden ser juzgados por el contenido de sus sentencias si ellos ejercen de modo regular su actividad jurisdiccional. La independencia judicial, el deber de imparcialidad de los magistrados, la libertad de criterio con la que ellos deben decidir, la opinabilidad propia de las cuestiones jurídicas, la posibilidad de corregir normales e inevitables errores judiciales a través de los recursos procesales ordinarios justifican entre otro motivo la adopción de este principio general...”.
El presidente del STJ consideró que la coincidencia de la denuncia con el escrito de agravios en la causa judicial, indica sin margen de error que “constituían agravios dignos de una impugnación ordinaria”.
Pero Díaz reconoció que los jueces “responden únicamente por el contenido de sus sentencias si la decisión ‘trasunta la indudable intención de resolver contra el derecho, o hace de éste una aplicación a todas luces groseramente infiel o desacertada o el diligenciamiento muestra un comportamiento absolutamente inepto es la misma Constitución la que obliga a adoptar mecanismo de saneamiento del Poder Judicial”.
Díaz refutó que el juez Salas no haya considerado la pericia del arquitecto Fabio Morales, sino que la misma fue desvirtuada por el alegado de la defensa. Es decir que solo por el alegato, y no por otra pericia.
Para sostener esta definición, Díaz afirma que los jueces (de acuerdo al artículo 368 del Código Procesal Civil y Comercial) no tienen “el deber de expresar en la sentencia la valoración de todas las pruebas producidas sino únicamente de las que fueran esenciales y decisivas, para el fallo de la causa”.
Los abogados Fernando Fassina y Pedro Zuazo adhirieron en una línea al voto de Hugo Díaz.
Por la apertura
La diputada provincial Silvia Larreta votó por la continuidad del jury. La legisladora consideró que la denuncia de Pérez Fuentes se produce por la actuación de Salas en el juicio por las cocheras y que solo recibieron ‘algunas fojas‘ del mencionado expediente.
“Resulta justificadamente recibir el expediente completo, para poder analizarlo y determinar si hubo o no de algunos de los delitos citados”, dijo.
“La actuación del juez no puede ser analizada en forma fragmentada o asilada, sino a partir de un análisis de la totalidad de los elementos de juicio”, afirma Larreta.
Para definir una postura dijo que era necesario saber “el manejo de los tiempos procesales, su actitud frente a eventuales maniobras procesales ilegales -si las hubiera- y la reiterada secuencias de esas acciones (si las hubiera) en los expedientes judiciales” analizados.
Larreta consideró necesario escuchar al juez Guillermo Salas para responder preguntas y esclarecer situaciones.
El diputado provincial Martín Berhongaray votó por la apertura del jury. Consideró que “a esta altura del proceso” y antes de la aceptación “prima facie” de la denuncia, estimó “conveniente convocar al Guillermo Samuel Salas a efectos que preste declaración y encuentre así la posibilidad de ejercer con amplitud su derecho de defensa”.

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