Marcelo Midón analizó la “cuestión de fondo” que originó la suspensión de la sesión en el Concejo Deliberante. Dijo que la audiencia pública no es aplicable a la suba del boleto.
“Los fundamentos de la resolución judicial están totalmente viciados porque lo referido a la audiencia pública se circunscribe exclusivamente a los servicios públicos que presta o contrata la provincia”, afirmó Midón entrevistado por este medio.
Desmenuzó así los alcances que tiene la mencionada herramienta constitucional incluida a la Carta Magna correntina en su última reforma de 2007. “El texto es muy claro en ese sentido”, dijo para citar algunos pasajes del Artículo 48 “donde además ampliaron el marco de la autonomía municipal. Se refiere a la participación ciudadana y la convocatoria es obligatoria cuando la iniciativa cuente con la firma del 0,5% del electorado del municipio. También -remarcó- es obligatoria antes del tratamiento legislativo de proyectos que pongan en riesgo el desarrollo sostenible de la comunidad o ante la modificación del uso o dominio de bienes públicos”.
El abogado analizó en profundidad la denominada “cuestión de fondo” citada por el Juez en lo Civil y Comercial Nº12, Pablo Teler Reyes, que dictaminó la suspensión del tratamiento del expediente antes de la sesión del Concejo Deliberante del jueves último.
Para Midón “son muy claras las dos formas de audiencias: las facultativas y las obligatorias”. Las primeras “son las que se concretan por un pedido popular y las segundas son imperativas en orden a la importancia del tema a resolver”.
Insistió sobre la primera modalidad “donde la Constitución regula un procedimiento muy nítido consistente en que la iniciativa debe partir del propio electorado”. Para ello insistió en que la idea -de ser popular- “debe estar acompañada de la firma de un cierto número de ciudadanos”.
Establecidas las comparaciones entre uno y otro motivo para avanzar en una audiencia pública, el abogado aseguró que “la reunión del Concejo Deliberante para considerar el potencial aumento de las tarifas en materia de transporte de pasajeros, es caso que no encuadra en ninguno de los casos mencionados”.
Insistió sobre “la asistencia a un acto judicial equivocado que impide que un órgano popular, electo por designio popular, pueda adoptar una decisión que es de su competencia”.
Sin pedido
Casi en el final de la entrevista con “época” Marcelo Midón volvió a marcar diferencias en lo que respecta a solicitudes para audiencias públicas en el caso puntual del incremento del boleto. “Ningún ciudadano, ni grupos de ciudadanos presentaron pedidos de audiencias públicas como lo exige la Constitución y por si fuera poco la cuestión tarifaria está lejos de tener algo que ver con la preservación del medio ambiente”.
A lo que sumó: “Mucho menos se puede confundir esa cuestión tarifaria con la afectación de bienes del dominio público”. Recordó que las audiencias públicas realizadas en la provincia siempre tuvieron como foco y motivo, las cuestiones ambientales. Donde las partes a favor y contra se manifestaron.
Reparó en “que la Carta Orgánica de la Ciudad de Corrientes no alienta la exigencia de audiencias pública como proceder previo a la reunión de Concejo Deliberante para tratar el precio de los boletos públicos de su transporte”.
Antes de terminar dijo hacia la medida judicial. “Por fortuna para este tipo de situaciones están los recursos. y no dudamos -afirmó-que el desacierto podrá ser corregido en la medida que los interesados apelen a otras instancias”. Los argumentos esgrimidos por el letrado demuestran un claro avance de un Poder sobre otro.
Aquella tarde agitada en el Concejo
El jueves de la semana pasada el Concejo Deliberante se aprontaba a tratar la posible suba del boleto del transporte público de pasajeros. Avanzada la tarde se conoció un dictamen del Juez en lo Civil y Comercial Nº 12, Pablo Teler Reyes, que ordenó al cuerpo legislativo de Corrientes abstenerse tratar el tema.
El magistrado basó su medida en la presentación hecha por una vecina de esta capital. Ana Gabriela Molina lo que generó la caída de la sesión prevista para alrededor de las 20 de ese día.
En las adyacencias a la sede municipal donde funciona el Concejo hubo momentos de tensión entre los que están a favor y en contra de la suba en la tarifa.
Mientras tanto y cumpliendo con el trámite de rigor la Presidente del deliberativo, Miriam Coronel, leyó la cautelar y puso en conocimiento del cuerpo dicha indicación judicial.
Por su parte los ediles del oficialismo (PJ) dijeron que se retiraban del recinto y que no tratarían el tema hasta que se resuelva la cuestión de fondo esgrimida por el juez para dictar su resolución.
Así se dispuso un cuarto intermedio que podría darse hasta 30 días hábiles como máximo según lo establece el reglamento del cuerpo. Quedando de esa manera sin tratarse no solamente el polémico proyecto de readecuar el costo del boleto sino otras cuestiones inherentes al funcionamiento de la ciudad.
Para lo cual se necesitan normas que mejoren la calidad de vida y convicencia entre los correntinos que habitan la capital provincial.
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