Prohíben la comercialización de una marca de aceite de oliva ilegal

Prohíben la comercialización de una marca de aceite de oliva ilegal

La Anmat detectó el falso rotulado del producto de oliva "extra virgen suave" tras la consulta realizada por un consumidor en la provincia de Mendoza.

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió este martes la elaboración, fraccionamiento y comercialización en todo el territorio nacional del aceite de oliva extra virgen suave de la marca "Olivares del Valle" por estar "falsamente rotulado".

A través de la disposición 6651 publicada en el Boletín Oficial, el ente regulador señaló que el producto "carecer de autorización" al consignar en su identificación "un número de RNE perteneciente a otra razón social y de RNPA perteneciente a otro producto".

"Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional de todos aquellos productos que exhiban en sus rótulos los registros sanitarios RNE N° 13022304 y RNPA 025-13027521 por ser productos falsamente rotulados que utilizan un RNE perteneciente a otra razón social y un RNPA de otro producto, ambos dados de baja, resultando ser en consecuencia ilegales", señala la normativa dictaminada por Anmat. 

La investigación se inició tras la consulta formulada por un consumidor en la localidad mendocina de Guaymallén ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

"Atento a ello, el INAL realizó la consultas federales N° 7032 y 7031 a través del SIFeGA (Sistema de Información Federal para la Gestión del Control de los Alimentos) a la Dirección de Nutrición e Higiene de los Alimentos de la provincia de Mendoza, a fin de verificar si el registro de establecimiento y de producto que se exhibe en el rótulo del producto investigado se encuentran autorizados, a lo que informa que el RNE pertenece a otra razón social y el RNPA a otro producto, y que ambos están dados de baja", agrega el texto oficial. 

De esta forma se instó a las autoridades provinciales, al Gobierno Autónomo de la Ciudad de Buenos Aires, a la Cámara Argentina de Supermercados (CAS), a la Asociación de Supermercados Unidos (ASU), a la Federación Argentina de Supermercados y Autoservicios (FASA), a la Cámara de Industriales de Productos Alimenticios (CIPA), a la Coordinadora de las Industrias de Productos Alimenticios (COPAL) y "a quienes corresponda", a monitorear el cumplimiento efectivo de la disposición de la Anmat. 

Comentá la nota