Procesan al director del medio La Brújula 24 por negarse a revelar sus fuentes en el caso Suris

Procesan al director del medio La Brújula 24 por negarse a revelar sus fuentes en el caso Suris

El Juez federal Santiago Ulpiano Martínez procesó por encubrimiento agravado al periodista Germán Sasso, director del medio de Bahía Blanca, por dar a publicidad escuchas que vincularon al narcotraficante Juan Suris con Leonardo Fariña, exponiendo al poder judicial local a partir de supuestos vínculos con los partícipes de ese negocio. La medida del magistrado será apelada. Fopea denunció censura tras un allanamiento en las oficina de La Brújula 24.

El Juez Santiago Ulpiano Martínez expresó en los considerandos del procesamiento del periodista que "la recepción de tan trascendente elemento probatorio no pudo producirse ignorando su origen ilícito".

Y aclara que no está identificado el funcionario judicial que filtró el material a la prensa y que cometió el delito de "violación de secreto". Sin embargo, no da un sólo dato del supuesto "origen ilícito" que menciona en el procesamiento.

El magistrado sostiene que "las escuchas difundidas sólo estaban en poder de tres estamentos: La Delegación de Investigaciones del Tráfico de Drogas Ilícitas de Bahía Blanca; la Dirección de Observaciones Judiciales de la Secretaría de Inteligencia, y el Juzgado Federal Nº 1 de Bahía Blanca".

Según publicó La Brújula 24, Santiago Ulpiano Martínez, según sus propios dichos, es uno de los responsables y custodios de la información del expediente que llegó a la prensa. Curiosamente el juez subrogante también es quien redactó el procesamiento de Sasso.

El peridiosta imputado se negó a declarar en la causa para proteger sus fuentes de información. "El ataque a la libertad de prensa del Juez es brutal. De ahora en más cualquier periodista que cuente detalles de una causa federal estaría cometiendo delito", aseveró

Sobre la reserva de las fuentes el Juez indicó que "el secreto de la fuente no es igual al encubrimiento del delincuente, más nunca ello lo autoriza a cometer impunemente un delito penal, en el caso, un encubrimiento; y si lo cometió, el derecho a preservar la fuente, no lo hace inimputable, ni constituye una excusa absolutoria que lo exima de pena".

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