CON EL POLO A OTRA PARTE

El juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario Hugo Zuleta ordenó al Gobierno de la Ciudad suspender el decreto 291/10 que otorgaba el uso precario de una superficie aproximada de 15 manzanas ubicada en el Parque Roca a una federación de transporte para desarrollar un polo de carga y descarga de camiones.
A instancias de un amparo presentado por la defensora Adjunta del Pueblo de la ciudad de Buenos Aires, Graciela Muñiz, el juez en lo Contencioso Administrativo y Tributario Nº 10, Hugo Zuleta, ordenó al Gobierno porteño suspender el decreto 291/10 que otorgaba el uso precario de una superficie aproximada de 15 manzanas ubicada en el Parque Roca a una federación de transporte para desarrollar un polo de carga y descarga de camiones, que incluía una estación de servicio, restaurantes y hotelería.

Además, decidió que el Ejecutivo -recayendo la responsabilidad en la Dirección General de Concesiones del Ministerio de Desarrollo Económico- deberá abstenerse de firmar un Convenio de Permiso de Uso Precario en relación al predio mencionado.

Para Muñiz, quien hizo esta presentación por derecho propio, el fallo "alerta sobre un accionar que vemos cada vez con más frecuencia desde el ejecutivo porteño: dejar de lado la participación de la Legislatura de la ciudad de Buenos Aires".

La Defensora Adjunta presentó la acción de amparo contra el Gobierno porteño para solicitar "la nulidad por inconstitucionalidad" y consideró "inadmisible" que se haya avanzado en su momento a través del decreto 291/10 para llevar adelante este emprendimiento violando los artículos 89 y 90 de la Constitución de la Ciudad dónde se establece expresamente que debe existir despacho previo de la Comisión, aprobación inicial por la Legislatura porteña, publicación y audiencia pública y que ningún órgano de Gobierno "puede conferir excepciones a este trámite y si lo hiciere estas son nulas".

En este sentido, Muñiz argumentó la violación de los artículos 10, 82, 89, 90, 128, y 130 de la Constitución de la Ciudad, el Código de Planeamiento Urbano y la Ley 470 de la Corporación Buenos Aires Sur "por haberse obviado la participación de la Legislatura porteña en el trámite previo y en defensa y protección de la propiedad pública".

Por su parte, la resolución del juez Zuleta establece: "Teniendo en cuenta que la realización de un polo logístico consistente en una plataforma con espacio para contenedores, playa de maniobras, circulaciones y establecimiento de carga y descarga de camiones no constituye un uso que pueda considerarse complementario o conexo con la actividad principal de un parque polideportivo y que, mediante el decreto cuestionado, se dispone otorgar un permiso de uso sobre un bien de dominio público sin la previa intervención de la Legislatura (de la Ciudad de Buenos Aires) y prescindiendo asimismo, de la participación de la Corporación Buenos Aires Sur".

Recordamos que el predio está delimitado por las Avenidas Coronel Roca, Escalada, Pergamino y 27 de Febrero, ubicado dentro del Parque Polideportivo "Julio Argentino Roca".

El decreto suspendido detallaba, a partir de la firma del jefe de Gobierno, Mauricio Macri, que se le otorgue "a la Federación Argentina de Entidades Empresarias de Autotransporte de Cargas (FADEEAC), un permiso de uso precario y gratuito por un término máximo de cinco años sobre el predio a los fines de presentar un proyecto para la realización de un polo logístico consistente en una plataforma con espacio para contenedores, playas de maniobras, circulaciones y estacionamiento y carga y descarga de camiones".

Según los considerandos del decreto suspendido, el pedido fue realizado por la FADEEAC y la Ciudad consideró la propuesta porque implica "el aprovechamiento de un espacio que en la actualidad se encuentra ocioso".

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