San Juan. - Así lo dejó ver el delegado de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS), Franco Aranda, quien explicó que esto es así porque “la medida judicial alcanza sólo a quienes tienen haberes por encima de la media y en San Juan, la enorme mayoría de beneficiarios están en la remuneración mínima”.
Aranda dejó en claro que “se trata de un caso particular”, aunque ante una pregunta reconoció que “es cierto es que sienta un precedente”.
“Esto no es para todos, sino que es por un planteo de un particular que recurrió a la justicia y que pasó las distintas instancias hasta llegar a ser un fallo que sobre esa persona y nada mas que sobre ella, se debe aplicar por parte de la ANSES”, dijo Aranda que indicó que “a partir de aquí, quien considere que está en las mismas condiciones, debería hacer una presentación en la justicia”.
Ante otra consulta el funcionario dijo no saber si la ANSES va a apelar esta medida judicial, pero dijo que “entendemos que la institución va a tratar de llegar hasta las últimas instancias”.
Aranda dijo que “hay muchos reclamos que piden el reajuste por movilidad, sobre los que en una gran mayoría, nosotros estamos emitiendo resoluciones de negativa, con lo que los jubilados van a la justicia”.
Calculó que “en los últimos tiempos hemos resuelto unos 1.500 casos que agotaron la vía administrativa, casi todos rechazados por nosotros”, pero dijo no saber “cuantos de esos casos fueron a la justicia”.
Hasta ahora “los reclamos del año pasado la mayoría fueron en base al caso Badaro”, que el año pasado ganó en la Suprema Corte de Justicia de la Nación el derecho a que le actualicen sus haberes, pero Aranda dijo que “sólo alcanza a aquellos que están por encima de la media, es decir con jubilaciones superiores a los 1.200 pesos, lo que limita mucho el universo de jubilados que están en condiciones de hacer un reclamo”.
Y agregó que “este caso de ahora es similar y sólo puede ser aplicados en quienes tienen haberes que superen la media”, por lo que calculó que “son muy pocos los que estarán en condiciones de hacer un reclamo basándose en eso, porque la enorme mayoría de jubilados están en la mínima remuneración y por eso no tienen chances de obtener un beneficio como el que otorga el fallo de ayer”.
Por último y en cuanto a los beneficios que se obtienen con el fallo de la Cámara de Apelaciones en materia de Seguridad Social, Aranda estimó que “no es grande la diferencia entre lo que se cobra hoy y lo que se puede cobrar con el 70 por ciento”.
Esto es así porque haciendo un cálculo del promedio de los 10 últimos años, es beneficioso pero no mucho”, porque “hoy para liquidar un haber, si se saca el promedio de los últimos 10 años de sueldos de una persona y si se lo compara con el haber que está cobrando, se puede ver que está en promedio entre un 60 y un 65 por ciento del sueldo del activo”.
De todos modos reconoció que “ésta no es la forma en que se liquida hoy en que sólo se toman los últimos tres años para hacer el promedio”, pero aseguró que “poniendo el 70 por ciento, es cierto que hay un beneficio, pero no de una gran importancia”.
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