Se inicio la etapa de alegatos en el juicio histórico con la exposición de los abogados Liliana Molinari y Martín Patiño representando la querella institucional del Comité para la Defensa de la Salud, la Ética y los Derechos Humanos.
La querella solicitó al tribunal el cambio a la calificación como “genocidio” fundamentando en base a las pruebas y testimonios que se escucharon en el debate durante las audiencias del juicio. Además argumentando varios fallos jurídicos como antecedentes al pedido sosteniendo que Argentina adhirió a la Convención para la sanción y prevención del delito de genocidio. “Juzgar el genocidio cometido en territorio Argentino es para los tribunales del país una obligación que proviene del derecho internacional y la incorporación expresa del mismo en el derecho interno. El delito está tipificado y estos crímenes no deben quedar impunes, el genocidio es imprescriptible”.
La imputación y pedidos de pena solicitado por la querella fue para el acusado Antonio Vargas en la causa “Avelino Bazán y otros” por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia o amenazas reiteradas junto a mineros que tuvieron el día del golpe y posteriormente además de tormentos agravados por haber sido dirigidos por un funcionario público y por ser la víctima un perseguido político, violación de domicilio todo ello para perpetrar para cometer un genocidio. El pedido de pena fue de 25 años de reclusión e inhabilitación absoluta en cárcel común. También imputado en la causa “Luis Aredez y otros” por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia o amenaza en relación a las víctimas, violación de domicilio Luis Aredez, Ramón Bueno, Antonio Filliu, Omar Gainza y Carlos Melián se pidió una pena de 25 años de reclusión y rehabilitación absoluta en cumplimiento en cárcel común.
En tanto que para el imputado Eduardo Bulgheroni respecto a la causa “Reynaldo Aragón y otros” por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia o amenazas a las víctimas, y la imposición de tormentos agravados por haber sido dirigidos por un funcionario público y por ser la víctima un perseguido político Dante Robinson Torres, Patricio Vidal Lazarte y Narciso Santiesteban, una pena de 25 años de reclusión más inhabilitación absoluta y cumplimiento cárcel común. También en la causa “Paulino Galeán y otros” por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada por mediar violencia o amenazas a las víctimas, y la imposición de tormentos agravados por haber sido dirigido por un funcionario público y las víctimas de Tumbaya perseguidos políticos, pidieron la condena de reclusión perpetua con inhabilitación absoluta y cárcel común.
El tercer imputado Rafael Mariano Braga en la causa “Alvarez García” por responsable de violación de domicilio respecto a la víctima Rolando Alvarez García con el delito de privación ilegítima de la libertad agravada por mediar violencia y amenaza, tormentos agravados por haber sido dirigidos por un funcionario público y por ser la víctima un perseguido político se solicito la pena de reclusión perpetua e inhabilitación perpetua de cumplimiento efectivo en cárcel común.
Además solicitaron que la condena tenga cumplimiento en cárcel común y ordinaria. (Mariana Mamaní)
Comentá la nota