La fiscal solicitó que se le aplique una pena de 3 años y 3 meses de prisión a Joaquín Daniel Márquez, quien pidió perdón a la familia. La querella consideró que hubo dolo eventual y solicitó una pena de 12 años de prisión. En ambos casos, requieren una inhabilitación de 10 años para manejar. La defensa pidió que la condena sea en suspenso. La sentencia se conocerá el próximo 10 de abril.
La fiscal Cecilia Martiní pidió 3 años y 3 meses de prisión y 10 de inhabilitación. En tanto que la querella, a cargo del abogado Horacio Tanus Mafud, solicitó una pena de 12 años de prisión y 10 de inhabilitación para manejar, bajo la consideración de que hubo dolo eventual. Mientras que la defensa, a cargo de Andrés Olié, solicitó que la pena que se le aplique sea de cumplimiento condicional, menos de tres años.
"Yo la quería mucho", dijo Marquez (21 años), sobre la víctima fatal, durante la audiencia. "Le quiero pedir perdón a toda la familia", añadió en la declaración que brindó ante la jueza Florencia Maza (ver a parte).
Durante el juicio declararon Antonela Olivera, la joven que iba en la parte de atrás del auto y que sufrió lesiones graves. También lo hizo el perito de criminalística Pablo Fuentes y el policía Fabio Santos. A pedido de la defensa, declararon la psicóloga Natacha Araujo (34), que en la actualidad tiene de paciente a Márquez; y Adrián Aguirre (50), un amigo de la familia del acusado.
Al momento de producirse el hecho Marquez tenía 1,85 gramos de alcohol en sangre, cuando el máximo permitido es de 0,50 gramos. Además dio positivo el análisis de estupefacientes (cocaína y marihuana) en sangre.
El siniestro se produjo alrededor de las 5.40 horas en el Parque Don Tomás. En cercanías del Faro, un Chevrolet Corsa (DTL738) al mando de Márquez,se despistó e impactó contra una columna. El impacto lo recibió, de lleno, el lateral derecho del vehículo, del lado del acompañante, donde iba Nadia Leone. La joven sufrió una fractura y fue trasladada al hospital Lucio Molas. A mediamañana, alrededor de las 9.30 horas, se produjo su deceso. En la parte trasera del auto iba Antonela Olivera, quien sufrió lesiones graves.
Los padres de Nadia Leone, Claudia Carabajal y Miguel Angel Leone, participaron de la audiencia ya que son querellantes en la causa.
En el inicio del juicio declaró Antonela Olivera, quien dio detalles precisos sobre los hechos. Habló del exceso de velocidad y las maniobras antirreglamentarias que realizó Marquez antes del siniestro (ver aparte).
Se escuchó el testimonio del perito de la Policía y licenciado en accidentología, Pablo Fuentes, quien dio precisiones técnicas sobre el siniestro y dio un detalle que llamó la atención: la columna con la que chocó el auto la reemplazaron o sea modificaron la escena del siniestro antes de las pericias. “Cuando fue Criminalística al lugar, la columna fue reemplazada. Habían colocado una nueva unas dos horas después”, dijo Fuentes.
El perito calculó la velocidad de ingreso a la curva en unos 70 kilómetros por hora, cuando la máxima del lugar es sólo 20 kilómetros. La velocidad de impacto contra la columna fue de 30 kilómetros por hora, dijo.
Comentó que el auto se despista producto de la velocidad de ingreso a la curva “se posiciona lateralmente y recorre 31 metros en derrape hasta impactar contra la columna”.
El policía Fabio Gabriel Santos (26) estuvo en el lugar del hecho minutos después de producido. Ayer, dijo que Marquez “se encontraba exaltado, eufórico. Iba de un lado hacia otro. Y cuando se retira el personal del SEM del lugar. Se nos acerca y se sentía olor como si había consumido una bebida alcohólica. Lo único que refería es si podía retirar el vehículo del lugar. No mostró preocupacion por lo demás”.
También declaró la psicóloga Natacha Araujo (34), quien viene tratando a Marquez después de producido el hecho. Dijo que tenía un “shock postraumático”. “Estaba muy angustiado recién a fines de enero pudo hablar del accidente”, comentó. “Desde el primer momento el estaba arrepentido, no entendía que había sucedido. El manifiesta que había sido un error, que no se explica como había sucedido”, comentó.
La profesional evaluó que Marquez debe continuar con “un tratamiento psicológico” y hasta hacer alguna consulta “médica psiquiátrica”.
El último testigo fue Adrian Salvador Aguirre (50), amigo de la familia de Joaquín Marquez. Habló del accidente que sufrió Márquez en una moto en noviembre de 2012 que le provocó graves lesiones en la cara. “El accidente modificó la conducta. Por la desfiguración no quería que nadie lo viera”, aseguró.
Dijo que Marquez se recuperó y comenzó a trabajar con caballos en una granja que es de su propiedad
Alegatos
La fiscal Cecilia Martiní pidió que Márquez sea condenado a 3 años y tres meses de prisión efectiva y 10 años de inhabilitación para conducir vehículos por el delito de homicidio culposo y lesiones graves culposas. Basó su alegato en el testimonio de Antonela Olivera. Acusó a Marquez de realizar una ‘conducción negligente y antirreglamentaria‘.
‘Joaquín Marquez vulneró todas las normas de tránsito en forma compulsiva. Evidentemente es una persona que nunca va a respetar las normas de tránsito. Joaquín Marquez realizó una violación reiterada de las normas de debido cuidado. Puso en jaque la vida de dos personas que lo acompañaban como la propia‘, afirmó.
Mencionó que conducía bajo los efectos del alcohol y la droga. ‘El test realizado pocos segundos después del suceso, con la pipeta dio 1,85 gramos de alcohol en sangre y con posterioridad se hizo una extracción sanguínea con un resultado similar de presencia de alcohol y de marihuana y cocaína.
Dijo que ‘abordó un vehículo, tomando alcohol y consumiendo sustancias prohibidas, violando las normas de tránsito. Ingresó al predio de la Laguna y condujo a una velocidad muy superior a la permitida. Iba a 70 kilómetros por hora, velocidad alta para el lugar, derrapó en una curva, no pudo estabilizar el vehículo. Impacta a 30 kilómetros por hora contra la columna‘.
‘No se puede discutir el reproche penal que le cabe a Joaquín Marquez. La prueba no deja ninguna duda. La calificación es la que corresponde. La conducta fue negligente la obligación de deber de cuidado, es la que fue la forma directa del fallecimiento de Nadia y las lesiones de Antonela‘, dijo Martiní.
‘Merece una sanción importante. Corresponde la pena 3 años y tres meses de prisión y el máximo de inhabilitación, 10 años para conducción‘.
Querella
El abogado de la familia Leone, Horacio Tanus Mafud dijo que el delito por el que se lo debe condenar a Marquez es homicidio con dolo eventual por lo que pidió 12 años de prisión y 10 de inhabilitación para manejar.
‘Marquez actuó intencionalmente. El sujeto que actúa con dolo eventual sabe lo que hace. Ese día el señor Marquez sabía bien lo que hacía. Ese era el día que eligió para causarle un mal a la señorita Nadia Leone‘, dijo.
Agregó que ‘esta afirmación no es al boleo sino tiene que ver con las pruebas colectadas en el legajo y lo que hemos escuchado hoy‘.
‘Marquez había ingerido bebidas alcohólicas, había injerido estupefacientes. Por ejemplo, ese día, Marquez previo a ingresar a la laguna para terminar con su objetivo, fue realizando hechos y actos que demuestran que buscaba causar un daño a Nadia Leone. Primero intento chocar contra un micro, después circulaba a una velocidad no permitida, 140 kilometros por hora. Sin importar los impedimientos que tenía: circulaba ebrio y encima en contramano. Vulneraba todo tipo de normas de tránsito‘, aseguró.
Explicó que ‘la negligencia o impericia subyace ante el dolo eventual. Era conciente de su objetivo, el desprecio que sentía por la vida de la señorita Leone.
El abogado de la querella dijo que ‘tenemos conducción en estado de ebriedad, una conducción que superaba todos los límites legales existentes y tenemos un menosprecio demostrado hacia la vida de la señorita Leone y la compañera. Estamos hablando de una intencionalidad, ese era el día que Marquez tenía que terminar con la vida de Leone. No podemos permitir que sea encuadrado dentro de la disposición del artículo 84 (homicidio culposo). Marquez no merece el reproche que pide el MPF. Nadia Leone no merece eso, ni la familia, ni la comunidad de La Pampa‘.
Solicitó que se lo condene por homicidio con dolo eventual. ‘Si conseguimos ese fallo toda la sociedad de la provincia va estar con la idea de que se hizo justicia‘, concluyó.
Defensa
El defensor Andrés Olié rechazó el planteo de la querella de cambiar la tipificación de delito para que pase de homicidio culposo a homicidio por dolo eventual. ‘Advierto una falencia de tipo formal, existen normas dispositivas, principio de congruencia, no se podrá condenar por una figura distinta por el acto de apertura salvo que el MPF ampliara la acusación y hubiera trasmitido a la defensa esa nueva acusación. La fiscalía no ha hecho una ampliación de la acusación, esto le impide modificar la acusación‘, dijo.
‘No existe otra imputación que la de homicidio culposo y lesiones culposas. La pretensión del querellante de incrementar esta acusación pretendiendo que su Señoría falle por el artículo 79, es nula‘, afirmó.
Después Olié dijo que la querella en vez de argumentar el pedido de dolo eventual lo hizo con la fundamentación de un dolo directo. ‘El querellante se olvida de los argumentos, se olvida del dolo eventual y en la fundamentación dice que hubo dolo directo‘. ‘Da cuenta que el objetivo directo es matar a Nadia. Había intentado esto conduciendo en contramano, encarando al colectivo y como no lo logró intentó hacerlo ingresando al Parque Don Tomás y ahí sí logró su objetivo. Yo creo que es incomprensible, esto no ha acontecido bajo ninguna forma bajo esta calificación‘, dijo.
Comentó que ‘lo que terminó con el lamentable accidente de tránsito que hoy todos lamentamos, no fue aquella conducción imprudente, sino la pérdida de control del vehículo en el Parque Don Tomás. Esa es la causa eficiente. Ahí debe encontrarse la relación de causalidad entre la obligación del debido cuidado y el accidente‘.
Agregó que ‘es nula e impertinente la acusación del querrellante. Acá lo que ocurrió fue un accidente de tránsito. La pretensión de pena de 12 años tiene que ser nulificada. No da una sola pauta porque 12 y no 8 o 25‘.
Olié se refirió a la imputación que realizó la fiscal Cecilia Martiní aunque pidió que la pena sea de ejecución condicional. ‘La fiscalía si adecuó y encauzó adecuadamente la conducta típica que aquí se investiga. La defensa no va a protestar. Si en cambio la fiscalía ha sido incompleta en señalar la obligación de debido cuidado que habría incurrido Marquez‘, dijo.
‘La acusación fiscal deviene incompleta y mucho más cuando la fiscal pide la pena de efectivo cumplimiento. La defensa cree que efectivamente ha ocurrido un accidente que ha tenido consecuencias trágicas que ninguna pena va a lograr reparar. El derecho penal no repara nada.
Si alguien piensa que una pena de 12 años de prisión va a servir para haya menos accidente de tránsito está equivocado. No sirve para prevenir el crimen‘, aseguró.
‘Si su Señoría entiende que Joaquín ha violado determinadas reglas y debe ser condenado nunca podrá serlo de modo efectivo. Debe ser de cumplimiento condicional‘, dijo.
Olié pidió una pena en suspenso, menos de tres años, y que se apliquen reglas de conducta y atención psicológica. “Esas medidas fructificarán y obtendrán un provecho mucho mayor que una pena de prisión que tiene una efecto deteriorante”, aseguró.
El defensor solicitó que se tenga en cuenta como atenuante la edad al momento de hecho, que no tiene antecedentes, trabaja y el arrepentimiento.
También mencionó el fallo del Tribunal de Impugnación Penal en el caso de Juan Pablo Triputti. El TIP hizo zafar de la cárcel a Triputti después que la Cámara del Crimen lo había condenado a tres años de cumplimiento efectivo por un caso similar al de Marquez.
“La vida de Joaquín también corrió peligro. El componente de azar que tiene todo evento culposo. Si el vehículo descontrolado en vez de girar del lado de Nadia gira del lado de Joaquín... Si el derrape se hubiera producido unos metros más adelante...”, dijo.
“El accidente puso en riesgo las tres vidas, lamentablemente una se perdió”, cerró.
El próximo jueves 10 de abril al mediodía se conocerá la sentencia.
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