Perpetua para el asesino de Ramiro Acevedo

Perpetua para el asesino de Ramiro Acevedo

Ayer, el Superior Tribunal de Justicia confirmó la máxima pena para Juan Ezequiel Santos Acuña, a quien encontró culpable del delito de "homicidio calificado por alevosía". El máximo órgano rechazó un recurso presentado por la defensa del imputado y dio lugar a lo dispuesto por el TOP Nº 1.

La Corte Provincial ratificó ayer la pena de prisión perpetua para Juan Ezequiel Santos Acuña, quien fue hallado culpable del delito de "homicidio calificado por alevosía" por la muerte de Ramiro Acevedo, ocurrida el 19 de septiembre de 2009.

La causa llegó al Superior Tribunal de Justicia (STJ) por interposición de un recurso presentado por la defensa técnica de Acuña, que planteó que jamás se incorporó el acta de defunción de Acevedo y que se pretendía suplir el documento con testigos de un acta de allanamiento incorporado ilegalmente al proceso. Sostuvo además que no se tuvieron por probados los hechos, como así tampoco la autoría de su defendido.

El doctor Alejandro Alberto Chaín, luego de un profundo análisis de la sentencia, sostuvo que el planteo de nulidad por falta del acta de defunción "ya había sido respondido en la sentencia anterior, en la que el Juez tuvo por probado el reconocimiento que efectuaron los testigos del cuerpo desenterrado", hecho por el cual lo rechazó.

En cuanto al segundo agravio de la defensa técnica, Chaín indicó que el Tribunal analizaba las pruebas para encontrar certeza en el acontecimiento del hecho y en forma conjunta determinar la autoría de Acuña, por lo que el Juez partía de indicios que unívocamente lo llevaban a reconstruir el hecho y no dejaban dudas de la autoría.

Acuña se quedó con el teléfono celular que pertenecía a Acevedo y con su motocicleta.

Partiendo de la intervención policial y del seguimiento del rodado, sumado a la comunicación con el mecánico, más los objetos hallados en la habitación del imputado, la pericia bioquímica, la testimonial del doctor Rinaldi, el allanamiento en el domicilio del imputado, el hallazgo del lugar donde la víctima fue enterrada, la inspección ocular realizada en el lugar del hecho y la testimonial de quien en el momento del entierro pasaba por el lugar, hicieron que el Tribunal confirmara y tuviera por probada la acusación fiscal en cuanto al hecho y la autoría.

 "La sentencia se bastaba a sí misma y la considero clara y contundente en función de las pruebas producidas", expresó Chaín y añadió: "No se puede agraviar por la sola motivación de no estar de acuerdo con el razonamiento efectuado por el Tribunal, cuando la misma se encuentra ajustada a los principios rectores del derecho procesal".

EL CASO

El hecho tuvo lugar en la localidad de Santa Rosa, el 19 de septiembre de 2009. Eran cerca de las 19 y en el domicilio de la familia Acuña, ubicado a 200 metros de la cinta asfáltica de la Ruta Nacional N° 118, a la altura del kilómetro 62, Juan Ezequiel Santos intoxicó a Ramiro con carbamato y el contenido de un frasco de plástico con la inscripción en la etiqueta "Furadan". Luego lo maniató, envolvió su cabeza en una bolsa plástica y sobre ésta colocó una media can can, hirió a su víctima con un elemento punzo cortante en la zona del cuello y envolvió el cuerpo con una frazada para enterrarlo en la parte trasera de la propiedad.

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