Las presentaciones serán el 11 de marzo próximo. En cambio, ratificó la fecha de presentación de listas provinciales. Ello ocurrió sobre el fin del día de ayer. Al cierre de esta edición no se habían difundido los nombres.
La Junta Electoral del Partido Justicialista resolvió ayer prorrogar la fecha de presentación de listas municipales, pero en cambio mantener sin modificaciones las listas provinciales, cuyo vencimiento operó precisamente a las 24 horas de ayer.
Específicamente, la Resolución Nº 9 se refiere a rechazar la solicitud de prórroga para la presentación de listas provinciales, manteniendo firme la fecha del cronograma vigente (26 de febrero del corriente), y a su vez prorrogar la fecha de presentación de listas municipales, modificando en consecuencia el cronograma electoral. En tanto que, a través de la Resolución Nº 10 se resuelve "habilitar horas inhábiles de atención de la Junta Electoral hasta las 24 horas del día 26 de febrero del corriente, por las razones expuestas en los considerandos para la presentación de listas provinciales para cubrir cargos electivos".
Entre los considerandos de la primera resolución, y ante la presentación de los apoderados de las listas Primero mi Provincia y Dos Nº 444, la Junta Electoral considera que "el aplazamiento de la exhibición del padrón definitivo no es óbice suficiente para prorrogar la fecha de presentación de listas de candidatos a nivel provincial, por lo que las distintas grillas pueden presentarse sin mayores inconvenientes, por cuanto la participación como pre-candidatos a cargos electivos está garantizada, tanto para los afiliados, quienes deben acreditar dos años de antigüedad (padrón provisorio vigente) y asimismo, para los ciudadanos independientes y los afiliados a otros partidos políticos (padrón general), en consonancia con los artículos 87 y 94 de nuestra Carta Orgánica partidaria".
Empero -añade- "el fin de las elecciones internas es propender a la selección de los mejores candidatos del partido, para representar al pueblo correntino como nuestros futuros gobernantes, y para ello es de especial interés buscar los consensos necesarios y el entendimiento conspicuo en los distintos municipios", y que "también es necesario tener en cuenta el importante número de municipios que integran nuestra provincia, por lo que este órgano jurisdiccional entiende que es imperioso prorrogar, sin embargo, la fecha de presentación de candidatos a nivel municipal, garantizando de esta forma la plena vigencia del principio de participación que rige en toda la materia electoral".
Alude a que "conforme las facultades previstas en el artículo 63 in fine de la Carta Orgánica partidaria, y artículo 18 del Reglamento Interno, éste órgano administrativo podrá modificar los plazos si las circunstancias así lo requieren". Recuerda seguidamente a los distintos nucleamientos intervinientes "la plena vigencia del artículo 86 de la Carta Orgánica partidaria, para la constitución de una lista provincial, el cual prescribe en su segundo párrafo "… las listas para candidatos a cargos electivos provinciales, deberán incluir candidatos a todas las categorías convocadas, esto es: gobernador, senadores provinciales, diputados provinciales, y convencionales constituyentes provinciales, si correspondiere. Las mismas deberán ir acompañadas de listas de candidatos a cargos electivos municipales de al menos la mitad más uno de los municipios de la provincia".
Por ello la Junta Electoral del Partido Justicialista Distrito Corrientes resolvió:
* Rechazar solicitud de prórroga para la presentación de listas provinciales, manteniendo firme la fecha del cronograma vigente.
* Prorrogar la fecha de presentación de listas municipales y en consecuencia modificar el cronograma electoral.
Comentá la nota