Eva Paole: la Cámara confirmó la sentencia que dice que es hija de Rufino Otero

Eva Paole: la Cámara confirmó la sentencia que dice que es hija de Rufino Otero
La Cámara de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia que estableció que Eva Paole es hija del hacendado Rufino Otero. Por un lado hizo lugar al reclamo de filiación de Paole y por otro rechazó las apelaciones presentadas por Graciaela Cabantoux (viuda de Darío Sarasola) y de Agustina y Hernán Sarasola, en su condición de herederos de Sarasola, quien fue heredero de Otero.

Este es un fallo más de la larga causa judicial por la identidad que Eva Paole inició el 2 de agosto de 1999. La causa ya lleva más de 14 años. A poco de iniciarse, cuando Paole presentó la demanda de filiación (junto al reclamo de la herencia, una causa aparte), el cadáver de Rufino Otero fue robado del cementerio de General Acha. En su lugar, colocaron otro cadáver. Pero sus familiares y un sobrino, el médico Eduardo Vázquez, dijeron -cuando abrieron el cajón con una orden judicial- que ese cuerpo no era el de su tío, a quien asistió al momento de morir y presenció el cierre del ferétro cuando falleció en 1983.

En primera instancia la causa fue del juez Claudio Soto, un juez sustituto. La jueza titular Gabriela Pibotto tuvo durante muchos años la causa, tiempo en el que tuvo un lento avance y tramitación. Pero al momento de la sentencia se pidió licencia y finalmente se fue de la Justicia. .

Soto para emitir su sentencia declaró inconstitucional un artículo del Código Civil (el 325) que establecía que el reclamo de filiación se podía hacer sobre las personas vivas. Esto fue modificado por la reforma del Código Civil (durante el Gobierno de Raúl Alfonsín), pero como la muerte de Rufino Otero fue anterior a esa reforma, se hacía de aplicación el mencionado artículo.

Pero además, el caso Eva Paole receptó toda la jurisprudencia de la Corte Suprema, a la luz del andamiaje jurídico que abrieron las causas de derechos humanos en la búsqueda de la identidad de hijos y nietos de desaparecidos. Después la Cámara de Diputados modificó este artículo.

El fallo de la Cámara de Apelaciones estuvo a cargo de Graciela Martín y Norma García de Olmos. Fue emitido el 11 de octubre pasado. Los juezas sostuvieron que Graciela Cabantoux (viuda de Sarasola) y Agustina y Hernán Sarasola (hijos de Darío, heredero de Rufino Otero) no tiene derecho de apelar la sentencia, porque n o están afectados en lo personal en la sentencia que establecía la paternidad de Rufino Otero sobre Eva Paole. Advierte que sólo lo hacen por futuro reclamos económicos, lo que es parte de otro proceso judicial.

La sentencia además confirma el derecho de Eva Paole (representada por sus abogados Atilio Gambuli, Gladys Laurnagaray y Angel Abramovich) a la identidad. ‘Esa irrenunciable y fundamental potestad de conocer su identidad biológica se encuentra entre las garantías implícitas (artículo 33 de la Constitución Nacional) encierra cuestiones de magnitud relacionada con la esencia de la naturaleza individual de cada ser humano y marcha a contramano de las garantías que protegen la Convención Internacional de los Derechos del Niño, la Declaración Universal de los Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Declaración Americana de los Derechos y deberes del Hombre, el Pacto Internacional de Derechos Civiles, incorporados a nuestros derechos internos‘, señala el fallo.

También el fallo recoge una circunstancia de la vida de Eva Paole: ‘la distinción apuntada del derecho a la identidad, en este caso se entronca con la acción de filiación que es la intentada, porque Eva Paole no tiene otro padre que la haya reconocido‘. Sus hermanos tenían el apellido Oyenhart, pero ella llevaba el de su madre.

En otros puntos del fallo confirman la sentencia de primera instancia. Ahora queda la posibilidad de la apelación ante la Corte Suprema de Justicia. El camino para que Eva Paole tenga su nuevo apellido Otero, es cada vez más corto.

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