OSEP dilataría trámites para no dar cobertura

OSEP dilataría trámites para no dar cobertura
Desde la Asociación remarcaron que se efectuaron 6 amparos más y 8 están en proceso judicial.
El fallo de la Corte de Justicia de Catamarca que ordenó a la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP) que en un plazo perentorio de 10 días entregue una silla de ruedas a un adolescente con discapacidad motriz es uno de los varios reclamos que la organización APyFADiM mantiene con la obra social.

La madre del joven, tal como lo informó ayer en exclusiva este diario, había realizado la presentación en marzo de 2012 para solicitar una nueva silla de ruedas, pero desde OSEP se negaron, en primera instancia, y posteriormente se volvió a realizar otro pedido que no tuvo respuesta.

Según aseguró ayer el director de la obra social, Julio Prieto, en declaraciones a Radio Ancasti, el problema que tuvieron fue por la demora en la entrega de la silla de ruedas. Y aunque aseguró que todavía no fueron notificados formalmente (fuentes de la Justicia indicaron que sí sabían del fallo), tratarán de entregar el elemento en menos de 10 días.

Griselda Bazán, presidenta de la Asociación Padres y Familiares del Discapacitado Motriz (APyFaDiM), comentó que el reciente fallo del máximo tribunal de Justicia es el primer amparo, que marca un importante antecedente. También indicó que se efectuaron 6 presentaciones y, actualmente, se encuentran en proceso 8 pedidos de amparo.

Debido a esta resolución, ayer las autoridades de APyFaDiM tenían prevista una reunión con el directorio de OSEP. No obstante, la reunión se suspendió y se habría reprogramado, pero aún no tiene una nueva fecha para su concreción.

Además, Griselda señaló que, como se resolvió en el fallo, el incumplimiento por parte de OSEP puede llegar a tener una sanción. La referente destacó que la falta de cobertura por parte de la Obra Social es “un descuido y un atentado contra la salud”.

En este sentido, aseveró que OSEP no niega la cobertura, pero sí dilata el trámite, y que en ocasiones se emiten resoluciones por la negativa, aunque luego “se desdicen” y lo hacen por la positiva. Es decir, interpretó, que se valdrían de artilugios administrativos para no dar celeridad a los pedidos. También explicó que en la mayoría de los casos las negativas son sólo de palabra y después se archiva el expediente. En pocas ocasiones las resoluciones son realizadas por escrito, como corresponde, indicó.

“Sabemos que se perdieron expedientes y de otras maniobras feas. Uno ya piensa cualquier cosa”, contó.

De acuerdo con la resolución de la Corte, en 10 días, a partir del 20 de septiembre, OSEP debe entregar la silla de ruedas en cuestión. En caso de incumplir, la Obra Social puede ser sancionada bajo el apercibimiento del Artículo 239 del Código Penal.

Comentá la nota