Nuevo sistema de compraventa de inmuebles con poco impacto local

Nuevo sistema de compraventa de inmuebles con poco impacto local
La Provincia habilitó la venta en condición de cesión de los inmuebles por una tasa de 300 pesos. Implica un ahorro en gastos de escritura y el impuesto de Sellos. El sistema aún no está muy difundido entre los operadores.

El Registro de la Propiedad de la provincia de Buenos Aires implementó un nuevo sistema de registración del boleto de compraventa de inmuebles que busca beneficiar a las personas de bajos recursos a través de una "cesión". Se denominó "registración optativa del boleto de compraventa de inmuebles" que habilita incluso las ventas sin escrituras y que, de esa manera, facilita el ahorro de gastos de escrituración e Impuesto de Sellos.

Hay topes y se paga un monto fijo. No todas las operaciones quedan incluidas en el sistema que rige desde este mes y se promulgó en el Boletín Oficial provincial del 5 de febrero: la disposición del organismo indica que se habilita para los límites que en cada ejercicio rigen para la exención del Impuesto de Sellos según la Ley Impositiva y el Código Fiscal aprobados anualmente. De esta manera, para este año podrán acceder al sistema de registración los inmuebles edificados que tengan valuaciones fiscales de hasta 105.636 pesos y los terrenos baldíos de hasta 52.818 pesos. Los usuarios pagarán una tasa prevista en 300 pesos.

El sistema requiere la certificación de firmas por parte de un escribano y el pago de dicha tasa al Registro de la Propiedad.

Tras diversas consultas de EL POPULAR en Olavarría, los operadores del sistema inmobiliario no estaban enterados de la disposición del Registro de la Propiedad. Igualmente, se tuvo en cuenta desde el Centro de Martilleros local que los topes establecidos para la aplicación dejan afuera a la mayoría de los inmuebles disponibles en el mercado local: los montos de los lotes y propiedades que se comercializan superan ampliamente los límites de valuaciones previstos.

El sistema

El nuevo sistema evita los trámites de escrituración y hace público el boleto de compraventa con lo que lo hace oponible a terceros, lo que aumenta la seguridad de la operatoria tanto para vendedores como para compradores.

La registración es válida por cinco años, plazo previsto en el Código Civil, y se puede renovar indefinidamente mediante el pago de la tasa.

El rol de los escribanos es autorizar el acto comercial: certifica las firmas y sus honorarios se basan en esa actividad.

En caso de que un comprador quiera escriturar al adquirir un inmueble que se encuentra "cedido" por registración optativa del boleto de compraventa, necesitará la firma del titular registral y no de quien actualmente vende. Esa situación puede significar una complicación.

La disposición explica que "por el principio de rogación y a los fines de registrar los Boletos de Compraventa, es dable requerir al efecto una solicitud firmada en forma certificada por los intervinientes, la cual permanecerá resguardada, debiendo consignar en la misma los datos identificatorios del inmueble y de las partes negociales, el monto de la operación y demás particularidades del contrato".

Finalmente, se indicó que "serán susceptibles de anotación los boletos de compraventa, reinscripciones, cesiones y cancelaciones" que ingresen al Registro de la Propiedad.

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