El diputado nacional por la UCR -sigue en la Concertación respaldando al kirchnerismo- presentó un proyecto de ley que impondría topes en la aplicación de intereses a los bancos, y en especial, en las tarjetas de crédito.
Actualmente rige la ley 25.065, que contempla dos clases de intereses: los
compensatorios o financieros, que se aplican como retribución por el uso del
dinero, y los intereses punitorios, que se aplican como consecuencia del
incumplimiento de la obligación de pagar mínimo del resumen.
En el primer caso, los bancos pueden cobrar hasta un 25% de interés por sobre
la tasa que aplican a los créditos personales. Prieto propone que el
porcentaje se reduzca al 10%. Para el caso de los intereses punitorios, que actualmente tienen una tasa de hasta el 50% por sobre los intereses compensatorios, Prieto plantea un límite del 15%.
En los fundamentos expuestos por Prieto, menciona que "atentos a la crisis actual, este proyecto pretende oxigenar la situación económica de los sectores medios", al tiempo que destacó que "no debemos olvidarnos que esta ley, en su momento fue muy cuestionada, pero que luego de arduas discusiones en el ámbito del Congreso de la Nación, donde se intentó imponer un tope a las tasas de intereses, el ex presidente Carlos Menem vetó esa decisión, a través del
decreto 15/99".
Además, Prieto informó que en este proyecto, "propongo que se apliquen
sanciones en los casos en los cuales los bancos no exhiban al público las
tasas aplicables al sistema de tarjetas de crédito, que por la actual ley no
están obligados a hacerlo". En la letra del proyecto, también se propone que los intereses comiencen a aplicarse desde que el titular de la tarjeta de crédito entre en mora, es decir, que empiecen a regir a partir del vencimiento, y no antes.
Para ello se impulsa la derogación del inciso b de la 25.065, que dispone que "los intereses compensatorios o financieros se computarán entre la fecha de la extracción dineraria y la fecha de vencimiento del pago del resumen mensual", en vez de que se apliquen durante el plazo que existe entre la realización de la extracción dineraria y la fecha de vencimiento.

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