Natalio Perés denunció a la jueza Maza

Natalio Perés denunció a la jueza Maza

El expresidente del Tribunal de Cuentas Natalio Perés presentó una denuncia penal contra la jueza Florencia Maza porabuso de autoridad, encubrimiento e incumplimiento de los deberes de funcionario público. Lo acompañó en esa presentación el exvocal del mismo organismo, Rubén Rivero.

 

La denuncia se hizo, en realidad, el pasado 12 de setiembre, pero no trascendió hasta estas horas. Perés y Rivero afirman que la jueza los acusó falsamente y que además no investigó a quienes tenían la verdadera responsabilidad de actuar.

En febrero de 2013, el ex presidente y el ex vocal del Tribunal de Cuentas Natalio Peres y Rubén Rivero, respectivamente, enfrentaron un juicio oral y público por el delito de violación de los deberes de funcionario público. El juicio fue como consecuencia de la estafa que se cometió en el IPAV.

La denuncia que los exfuncionarios marinistas hicieron ahora se funda en que en el auto de procesamiento la jueza inventó dos hechos dolosos como causal del mismo.

A Peres y Rivero, que fueron destituidos de esos cargos por un jurado de enjuiciamiento, se les imputó que no controlaron dos cuentas corrientes del IPAV donde se desviaron $ 960.456,21 entre 1999 y 2003, y que firmaon el dictamen 3/99 para que el organismo tuviera un sistema de control “precario” y “meramente formal” de los dineros públicos de los pampeanos, según el procesamiento que le dictó la jueza Florencia Maza en el año 2010.

El martes 26 de Febrero de 2013 el juez Néstor Daniel Ralli absolvió al ex presidente y el ex vocal del Tribunal de Cuentas, Natalio Perés y Rubén Rivero.

El fiscal Fernando Rivarola dijo que los ex funcionarios desconocían las cuentas del Tribunal. El Juez Ralli los declaró inocentes porque no se sostuvo, durante el juicio, la acusación fiscal.

Los ex funcionarios dijeron durante el juicio que el IPAV nunca comunicó que tenía esas dos cuentas por donde luego se comprobaría que se cometía el desfalco.

La presentación

El primer hecho que, según los funcionarios les endilgaron falsamente es la declaración de inconstitucionalidad del dictamen nª 03/1999 del TC, norma administrativa dictada sin ninguna implicancia sobre aspectos renditivos y que se halla actualmente vigente en el digesto normativo del Tribunal de Cuentas.

El segundo hecho fue la falta de control de parte del Ttribunal de las cuentas de Tesorería del IPAV, competencia ésta que legalmente (Ley 3 de Contabilidad) ha sido otorgada y debe ejecutar la Contaduría General de la Provincia.

“En base a estos hechos la jueza ha llevado adelante una instrucción ‘a la carta’ y un procesamiento sobre un ‘Traje a medida’ sobre algo decidido de antemano, sin practicar o llevar adelante ninguna investigación sobre los hechos acaecidos y el derecho aplicable al caso concreto”, acusan Perés y Rivero.

Los ex integrantes del Tribunal de Cuentas dicen que fueron procesados de manera “arbitraria, dolosa, ilegal e infundadamente”.

Los delitos por los que acusan a la jueza son los siguientes: prevaricatom, abuso de autoridad (artículo 269 del Código Penal), que reprime al “Juez que dictare resoluciones contrarias a la Ley expresa invocada por las partes o por él mismo o citare, para fundarlas, hechos o resoluciones falsas”; incumplimiento de los deberes de funcionario público (“Por no investigar adecuadamente los hechos sucedidos, decidiendo un procesamiento ilegal y que se basa en una competencia inexistente del Tribunal de Cuentas”) y encubrimiento (“teniendo en consideración la claridad normativa del orden jurídico vigente, conformado por el artículo 103-106 de la Constitución Provincial –Ley 3 de Contabilidad- Dto Ley 513/69 y Resolución 1037/79 del Tribunal de Cuentas sumado al pleno conocimiento de las irregularidades cometidas en el IPAV, la Jueza no ha investigado a los responsables, a los que la Ley 3 de Contabilidad por su competencia indicaba, por lo cual se transforma en responsable por encubrimiento”).

“En definitiva dada la claridad del ordenamiento jurídico, existen las pruebas suficientes que el dictado del procesamiento de Peres y Rivero, no respondió a una decisión fundada a derecho, sino que fue con la exclusiva finalidad de dar cumplimiento a los objetivos que se habría fijado Maza”, completa el planteo.

Comentá la nota