Una vez más, el Tribunal Oral Federal decidió que a los narcotraficantes no se los debe molestar cuando duermen. Rige el horario de protección al dealer, y forma parte de esas garantías tan particulares que dejan sin protección alguna a los que no son delincuentes.
El pedido se fundamentaba extensamente, y detallaba que debía declararse nulo el documento que había ordenado los allanamientos realizados el 5 de noviembre de 2008 en varios domicilios, entre los que se encontraba el del mencionado Morales. Por consiguiente, serían también declarados nulos todos los actos que fueran consecuencia de ellos, lo que implicaría el sobreseimiento del acusado.
La razón esgrimida fue que tales procedimientos se habían realizado en horario inhábil, sin que la orden detallara con precisión las razones que lo justificaban.
Según indica el Código de Procedimiento Procesal Penales, los allanamientos sólo pueden realizarse desde la salida del sol y hasta su puesta -es decir durante el día- salvo razones específicas que justifiquen el ingreso en una morada durante la noche. Por derecho constitucional, el domicilio es inviolable.
Sucede que cuando el juez Alejandro Castellanos indicó que se realizaran aquellos procedimientos por manda judicial, no extremó su esmero al explicar por qué mediaban razones de urgencia, gravedad o peligro del orden público, únicas cuestiones admisibles para aquella vía de excepción. Simplemente consignó que las acciones "podían" llevarse a cabo en horario inhábil de ser necesario, "a fin de lograr la seguridad y el éxito del procedimiento". Una insignificancia para cualquier ciudadano, que da sin embargo el pie perfecto para quienes estén buscando la manera de sacar a los delincuentes por alguna ventana abierta, para que vuelvan a reinar en la calle.
Sin aval
En esta oportunidad, el fiscal general Juan Manuel Pettigiani se presentó ante el Tribunal Oral Federal que tiene en sus manos la decisión final, y dijo a sus integrantes, Roberto Atilio Falcone, Néstor Parra y Mario Portela, que la indicación del juez había sido suficiente. Sostenía que, al consignar Castellanos los elementos que se habían obtenido hasta ese momento, generaba un fundamento tácito suficiente para decidir la vía de excepción. Que no hubiera mencionado específicamente cada una de las razones de convicción que se habían acumulado, no era para él razón suficiente para merecer la nulidad. La síntesis de lo actuado era, según el fiscal, argumento suficiente de aquella finalidad.
Pettigiani indicó que, para encontrar el fundamento, no hace falta más que observar el devenir de la investigación, que se había visto acelerada aquel 4 de noviembre, y requería la realización de los allanamientos del día siguiente para no poner en riesgo las acciones que se venían desarrollando. Para ello, vale tener en cuenta los informes precisos de los policías Torres y Gastaldi, que registran los numerosos encuentros con las personas involucradas en el tráfico de estupefacientes: las sustancias podían estar almacenadas en grandes cantidades en alguno de los domicilios observados, con fines de su distribución posterior.
El TOF dice que no está de acuerdo, parece que no le importa cuánto hay acumulado, ni cuánto hace que investigan. Ni siquiera cuántos son los riesgos que la policía necesita evitar cuando tiene que realizar el allanamiento a una vivienda desde la cual se distribuye cocaína, y consigue permiso para llegar en horario nocturno. Tampoco le importa saber qué hubiera sucedido en ese barrio de haberse realizado la requisa a plena luz del día. Ni siquiera contabiliza, como indica el fiscal, la simple lectura del expediente que aclara todo. Le importa que Castellanos no dijo con todas las letras: "el asunto es urgente porque venden drogas, y si entramos de día las van a esconder".
Así las cosas, Morales resultó liberado, y aquí no ha pasado nada: el distribuidor puede hacerle gestos obscenos a la policía desde la vereda de enfrente, si así lo desea.
No es no
Pero no es la primera vez que el TOF se inclina por proteger el horario de protección al narcotraficante. De hecho, ya había sucedido un hecho similar durante el pasado mes de mayo, cuando habían calcado las mismas razones para decretar una nulidad, en aquel caso con la anuencia del fiscal, que los dejaba un poco mejor parados. "A mí no me pone contento que un delincuente quede en libertad, pero como juez federal no me puedo dar el lujo de actuar emotivamente, debo hacer cumplir la ley", había declarado Falcone a la prensa. El tribunal había anulado una causa por drogas, y en consecuencia dejaba en libertad a los integrantes de una banda que se dedicaba al tráfico de cocaína, porque los allanamientos también se habían hecho durante la madrugada, es decir en horario "inhábil".
La noticia en su momento ya desataba una polémica: el titular de la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y la Lucha contra el Narcotráfico, José Granero, consideraba que ese fallo era "un exceso de garantismo". "Todo lo que se hace parece que fuera para proteger a los narcos y no a la sociedad", había dicho Granero, sorprendido por la resolución que anulaba dos años de investigación policial y dejaba en libertad a cuatro imputados. Por unanimidad, Roberto Falcone, Mario Portela y Néstor Parra habían hecho lugar a un pedido de la defensa para que se declararan nulos los registros domiciliarios porque se hicieron violando el artículo 225 del Código de Procedimiento Procesal Penal: el juez que libra la orden deberá dejar asentadas las causas de urgencia o peligro público que justificaron su decisión de allanar por la noche.
Sobre las críticas, Falcone en aquel momento había afirmado: "son lógicas (…) está instalada la idea de que respetar las garantías constitucionales es facilitarle la vida al delincuente. Pero el Estado debe predicar con la ética, no puede utilizar los mismos medios que el delincuente para perseguir el crimen".
Los allanamientos habían sido 23, ejecutados casi simultáneamente en distintos puntos de la provincia. La policía había incautado algo menos de un kilo de cocaína, balanzas de precisión, un revólver y sustancias de corte.
Contrariamente a lo sucedido en el caso que nos ocupa, el fiscal Juan Manuel Pettigiani respaldó en aquel momento el pedido de la defensa. Granero dijo que, por su decisión, la Fiscalía Federal quedaba como defensora de los narcotraficantes.
Ya en aquel momento, el funcionario del Programa de Prevención estaba tan molesto que recordó ante la prensa la causa en la que fueron procesados dos funcionarios judiciales del mismo Tribunal Federal, a raíz de un monumental faltante de drogas de la bóveda del juzgado. "Mire, si me quieren imputar algo, que vayan al Consejo de la Magistratura. Pero le aclaro: en esa causa, los funcionarios fueron absueltos y los policías que se robaron las drogas, procesados. Yo no estoy para cuidar lo que haya en la bóveda", respondió el presidente del TOF indignado. Completó la chicana devolviendo favores: "tampoco puedo pensar que Granero se robó la droga que apareció en la camioneta, sería un insulto a la razón". Obviamente se refería a la aparición de droga en una camioneta que fue incautada a narcotraficantes, y luego adjudicada en propiedad a la SEDRONAR.
"Duérmete dealer, duérmete ya, que el juez es bueno y te cuidará". Todo parece inútil. No aparece a la vista ningún intento de enfrentar el enorme entramado de vendedores de sustancias de diverso tenor que invade la ciudad cada vez más, porque no hay una voluntad cierta de hacerlo. Es más cómodo protegerlos, es más seguro para los responsables darles la razón. Total, los jueces no caminan por la calle.

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