Mansión Seré: condenaron a tres ex brigadieres y a cinco ex policías

Mansión Seré: condenaron a tres ex brigadieres y a cinco ex policías

El ex brigadier Miguel Osses fue sentenciado a prisión perpetua, cinco acusados fueron condenados a 25 años, uno a 12 y otro a 9 años de cárcel. El juicio corresponde a la "subzona 16" que comprendía a los partidos de Morón (Hurlingham e Ituzaingó incluidos) Moreno y Merlo.

 

Es la primera vez que se dicta sentencia sobre el rol institucional de la Fuerza Aérea en el terrorismo de Estado.

Después de 16 meses de juicio, esta tarde el Tribunal Oral Federal N°5 de San Martín dio su veredicto por los delitos cometidos en el centro clandestino de detención y tortura Mansión Seré, de Morón. El ex brigadier Miguel Ángel Ossés recibió la pena máxima: prisión perpetua, tal como habían pedido la fiscalía y las querellas de la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación y del Partido Comunista.

Los ex brigadieres Hipólito Mariani (jefe de la Subzona 16 entre 1976 y 1977) y César Miguel Comes fueron condenados a 25 años de prisión, igual que los ex policías Daniel Alfredo Scali, Marcelo Eduardo Barberis, y Héctor Oscar Seisdedos.  El ex comisario de la bonaerense Néstor Rubén Oubiña fue condenado a 12 años de prisión (la fiscalía y las querellas habían pedido 25) y el ex policía Felipe Ramón Sosa, a 9 años (habían pedido 19). Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el 22 de septiembre a las 11.

El tribunal anunció además que todas las prisiones se mantendrían intactas, no haciendo lugar a pedidos de domiciliaria. A su vez mandó investigar otros lugares que no fueron tenidos en cuenta en este juicio pero que surgieron de los testimonios: Coordinación General, Vesubio, Comisaría de Concordia, Base Aérea 8va de Moreno. Y a treinta personas que no fueron imputadas en esta causa pero que serán investigadas por el juzgado de Daniel Rafecas.

Por qué fueron juzgados

Ossés: coautor de homicidio agravado-abuso sexual agravado por acceso carnal y por haberse cometido por la fuerza y con intimidación. Privación ilegítima de la libertad agravada por haberse cometido con violencia y amenazas. Privación  ilegítima de la libertad agravada por haber durado más un mes la detención de las víctimas. Tormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. Abuso deshonesto. Prisión perpetua.

Mariani: coautor  de abuso sexual agravado por acceso carnal y por haberse cometido por la fuerza y con intimidación. Privación ilegítima de la libertad agravada por haberse cometido con violencia y amenazas. Privación  ilegítima de la libertad agravada por haber durado más un mes la detención de las víctimas.Abuso deshonesto. Tormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. 25 años.

Comes: coautor de abuso sexual agravado por acceso carnal y por haberse cometido por la fuerza y con intimidación. Privación ilegítima de la libertad agravada por haberse cometido con violencia y amenazas. Privación  ilegítima de la libertad agravada por haber durado más un mes la detención de las víctimas. Abuso deshonesto. Tormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. 25 años.

Scali: coautor de privación  ilegítima de la libertad agravada por haber durado más un mes la detención de las víctimas. ormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. 25 años.

Barberis: coautor de privación  ilegítima de la libertad agravada por haber durado más un mes la detención de las víctimas. ormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. 25 años.

Seisdedos: partícipe necesario de abuso sexual agravado por acceso carnal y por haberse cometido por la fuerza y con intimidación. Coautor de privación  ilegítima de la libertad agravada por haber durado más un mes la detención de las víctimas. ormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. 25 años.

Oubiña: coautor de privación  ilegítima de la libertad agravada por haber durado más un mes la detención de las víctimas. ormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. Tormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. 12 años.

Sosa: partícipe secundario de privación ilegítima de la libertad agravada por haberse cometido con violencia y amenazas. Privación  ilegítima de la libertad agravada por haber durado más un mes la detención de las víctimas. Tormentos agravados por ser la víctima un perseguido político. 9 años.

Los delitos sexuales

Antes de dictar sentencia, el tribunal expresó que se trataba de delitos de lesa humanidad. Y a lo largo de la lectura de las condenas -en total demoró más de una hora- incluyó entre los delitos el abuso sexual con acceso carnal agravado y el abuso deshonesto, es decir que se condenaron los delitos sexuales.

Los acusados estaban imputados por privación ilegal de la libertad agravada, tormentos, homicidios y también por delitos sexuales, de acuerdo al pedido efectuado por el fiscal Martín Niklison y aceptado por el jurado. “En la imputación final que formulamos en la causa figura el tema de los delitos sexuales. Es algo que surgió durante el debate y lo pudimos incluir en la acusación”, señaló Niklison en diálogo con Télam.

Durante el juicio se amplió la acusación por delitos sexuales cometidos a ocho mujeres, tres hombres y un niño de 14 años contra Mariani, Comes y Ossés como autores mediatos, en tanto, el ex policía Seisdedos fue acusado en grado de partícipe necesario por un hecho ocurrido en la comisaría de Castelar. "La ampliación por delitos sexuales como una parte del acontecer delictivo de los genocidas es un aporte relevante a la verdad y a la justicia", había dicho el abogado querellante Pedro Dinani.

Últimas palabras

En la última audiencia del juicio, el Tribunal Oral Federal 5 de San Martín estuvo rodeado de un intenso operativo de seguridad. A las 10:30 de la mañana, llegó una columna del hospital municipal de Morón, con bombos y redoblantes, y la persiana metálica del juzgado cayó como si fuera un comercio. Familiares que no estaban acreditados y también integrantes delas organizaciones que se acercaron a acompañar la lectura de la sentencia, permanecieron afuera. Un secretario del tribunal, sugería a los empleados de la Corte: “terminen de desalojar así terminamos con esto”.

Adentro, el pequeño auditorio estaba colmado. Los jueces subieron al estrado a las 11 de la mañana, una hora después de lo previsto. El presidente preguntó a los ocupantes del banquillo, uno por uno, si querían hacer uso de la posibilidad de decir las últimas palabras."Si tengo que pedir disculpas a esta gente se las pido". El ex brigadier Miguel Angel Ossés, y los ex policías bonaerenses Alfredo Daniel Scali y Héctor Oscar Seisdedos eligieron el silencio. Hipólito Mariani (jefe de la Subzona 16 entre 1976 y 1977), en cambio, leyó un documento que pronto se tornó un largo alegato que defendió uno por uno a sus subordinados, como si siguiera enrolado en la fuerza.

Después de dejarlo hablar durante media hora, el presidente del tribunal le advirtió que le quedaban cinco minutos y que no era la instancia procesal para hablar sobre la prueba. Mariani insistió, aunque alcanzó a decir que “nunca conocí, visité, ni nada por el estilo en Mansión Seré”. Y que “si alguien ideó algo, no fuimos ni Comes ni yo, que entramos en el 76 y el 77 y la lucha contra la subversión venía desde 1975”. El juez volvió a interrumpirlo, y Mariani se enojó.Comes fue aún más lejos. Dijo que como jefe en 1977 nunca ordenó ni conoció ninguna detención, y que “si alguien me hubiera venido a decir, yo hubiera arreglado el problema, y si no podía, hubiera protestado en la fuerza o hubiera renunciado un año antes”.

Barberis fue breve: destacó “su ajenidad a los hechos” y le pidió al tribunal que “tuviera en cuenta el contexto de la época y la capacidad de decisión que tenía un cabo de la policía”.Oubiña se desligó diciendo que “nunca intervine o presté colaboración a las fuerzas militares”. Felipe Ramón Sosa, fue el último: dijo no entender “por qué estoy sentado acá, cuando yo me jugué mi trabajo y la seguridad de mi familia al ir a avisarle a una mamá que su hija estaba detenida”. Y agregó: “Cuando yo veía esa gente en esas condiciones pensaba que no merecía eso. Incluso cuando mi esposa cocinaba para llevarme al trabajo, yo decía que se los iba a llevar a ellos porque yo cenaba a la noche. Actuaba bajo presión. Si le tengo que pedir disculpas a esta gente se las pido, aunque yo siempre quise ayudar”.

Las penas pedidas

El Ministerio Público Fiscal y las querellas del Partido Comunista y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación habían pedido en la etapa de alegatos las mismas penas: prisión perpetua para Ossés; 25 años de prisión para Scali, Barberis, Seisdedos, Oubiña, Mariani y Comes, y 19 años para el ex policía Sosa.

Mansión Seré, la casona de la Fuera Aérea

El juicio empezó en marzo de 2014 y se llamó Mansión Seré II, por la vieja casona de Morón, el centro clandestino en manos de la Fuerza Aérea entre diciembre de 1976 y marzo de 1978.

La investigación juzgó los crímenes de lesa cometidos contra 95 personas en la denominada Subzona 16: el sector que comprendía los partidos de Morón (de acuerdo a la antigua conformación), Merlo y Moreno. Esta zona dependió íntegramente de la aeronáutica y allí estaban las brigadas aéreas de El Palomar, Morón y las comisarías 1ª de Morón, 2ª de Haedo y 3ª de Castelar.

El relato de los colimbas: la prueba inesperadaEn el juicio, se escucharon los testimonios de víctimas, familiares y colimbas, con los que se reconstruyó el rol de la Fuerza Aérea en la represión ilegal de la provincia de Buenos Aires. En junio de 1976 hubo una orden del Primer Cuerpo de Ejército, que lideraba Carlos Suárez Mason, delegando en el brigadier mayor Osses y sus subordinados la llamada “lucha contra la subversión” en los partidos de Merlo, Moreno y Morón.

“No hay diferencias en el método –secuestro, tortura, violaciones, homicidios y desaparición de cuerpos- pero tampoco las hay en el sadismo con que actuaron, en las monstruosas conductas que adoptaron en nombre de dios, la civilización, la moral y la patria”, había explicado Niklison durante su alegato.Durante las audiencias, surgió un elemento de prueba inesperado: el relato de los colimbas que pasaron por esos lugares. “Son relatos parciales, porque en su mayoría no fueron obligados a realizar tareas ilegales, pero aportaron datos importantes y corroboraron la veracidad del relato de las víctimas”, detalló Niklison. Fueron los colimbas quienes contaron que dentro de la primera brigada aérea de Palomar, atrás de la pista, al fondo, había una construcción precaria que llamaban “la casita de la tortura”. Que habían encontrado instrumentos elásticos y rastros de sangre. Otros contaron haber visto gente encapuchada, o en un calabozo a alguien a quién los aeronáuticos llamaban “el subversivo”, y que a uno de ellos le dijo “yo ya estoy muerto”. O que llevaban el botín robado en los operativos.

El peso de la sentencia

Si bien hay otros aeronáuticos condenados en juicios en el resto del país -el vicecomodoro Luis Fernando Estrella fue sentenciado por el homicidio del obispo Enrique Angelelli y otros dos sacerdotes-, hoy es la primera vez que se dicta sentencia sobre el rol institucional de la Fuerza Aérea en el terrorismo de Estado.

Comentá la nota