El Observatorio de Violencia de Género (OVG) de la Defensoría del Pueblo de la provincia de Buenos Aires, presentó un escrito ante el Tribunal Oral Criminal Nº 1 de Azul para pedir la absolución de Rosa Moyano, quien estaba siendo juzgada por la muerte de su pareja, Jorge Cuello, cuando intentó defenderse de sus agresiones. Luego de una semana de juicio, Moyano fue absuelta hoy por considerarse un acto de legítima defensa.
La mujer, de 34 años y madre de tres hijos, vivía hace 12 años junto a su marido en Espigas, un pueblo cercano a Olavarría. Desde el momento en que decidieron convivir, Moyano comenzó a ser víctima de los golpes y hostigamientos de Cuello. Las denuncias en la Comisaría de la Mujer de Olavarría y los intentos por refugiarse en casas de conocidos no fueron suficientes para que esta situación cesara.
El 24 de agosto de 2013, Moyano se defendió ante una nueva agresión de su pareja: tomó un cuchillo que tenía a su alcance y se lo clavó a su agresor, provocándole una herida que aparentemente no revestía gravedad. Cuello no se acercó a ningún centro de salud y a los tres días murió. Desde ese momento, Moyano permaneció detenida, primero en la Unidad Penal 52 de Azul – motivo por el que sus hijos fueron llevados a un hogar de tránsito- y luego en su casa, con prisión domiciliaria, a la espera del juicio.
Durante el proceso, la fiscalía la acusó de “homicidio agravado por el vínculo” contra su marido y pidió que se la condenara a prisión perpetua. En tanto, su defensa argumentó que se trataba de un evidente caso de legítima defensa, por lo que exigieron su absolución.
Un día antes de conocerse la sentencia, que finalmente derivó en la absolución de Moyano, el Observatorio de Violencia de Género de la Defensoría presentó ante el Tribunal un escrito que aportaba jurisprudencia de casos similares, en los que las mujeres acusadas fueron absueltas por considerarse que el contexto de violencia de género es el que configura la legítima defensa.
A través de la presentación, el OVG solicitó que se “considere especialmente la situación de violencia de género (física, psicológica e institucional) denunciada por la imputada” y que se tuviera en cuenta “el contexto de violencia familiar al que estaba sometida al decidir cualquier tipo de medida que conlleve la continuidad de su detención”.
“A partir de la información relevada por el OVG pudimos evidenciar la situación cotidiana e ininterrumpida de agresiones continuas y concatenadas en el tiempo, que constituyen antecedentes inmediatos e insoslayables de la conducta que ahora de manera implacable, es puesta en juzgamiento”, argumentó el OVG en el escrito.
Además, indicó que “la minimización de la violencia como antecedente, el desconocimiento de las particularidades del fenómeno de la violencia en el marco de fuertes relaciones de dominación en el ámbito intrafamiliar, sumado a los prejuicios que definen y refuerzan el problema de la discriminación operan como verdaderas desventajas para las mujeres que se enfrentan al sistema de justicia penal en calidad de imputadas”.
“Es preciso incluir la perspectiva de género en la tramitación judicial -continúa el escrito -, así como también el enfoque de género que permita evaluar el daño psíquico vivenciado por la imputada, así como también la gravedad de los actos de violencias padecidos”.
La presentación también hace referencia a la falta de respuestas ante las denuncias por violencia de género realizadas por Moyano: “El mismo Estado que ahora la somete a estrictos parámetros de juzgamiento, la ha colocado en la situación inminente de tener que resguardarse a través de un mecanismo de autodefensa, la que aquella tuvo que hacer valer como única forma posible de conservar su vida y posiblemente la de sus hijos.”
Comentá la nota