En respuesta a una medida cautelar solicitada por Claudio Guevara, exige a la municipalidad de Mercedes que cada nueva antena requiera de un Estudio de Impacto Ambiental. Y que se consulte a los ciudadanos sobre el proyecto.
Esta medida regirá hasta tanto se dicte sentencia definitiva en la demanda que Guevara interpuso pidiendo se declare inconstitucionales a dos ordenanzas que daban vía libre a la instalación masiva de mástiles.
Cuando se difundió que existía el proyecto de instalar una antena de móviles en el Club Unión, el vecino pidió una medida cautelar pidiendo que se "ordene al poder ejecutivo de Mercedes que se abstenga de autorizar la instalación de mástiles y/o antenas y/o postes de telefonía celular y/o similares en el ejido urbano", en tanto no se resuelva la cuestión de fondo planteada en su demanda.
Límites a los mástiles
En su fallo, el juez Laserna hace lugar parcialmente al pedido. No prohibió la instalación de nuevos mástiles, pero ordena un proceso que le pone límites: “Corresponde exigir a la Municipalidad de Mercedes que previo al dictado de un eventual y/o futuro acto de autorización de instalación de antenas, exiga la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental… debiendo abastecer en dicho proceso los extremos de la participación ciudadana", dijo el juez.
Antes de su fallo, Laserna pidió información oficial al municipio sobre el proyecto de la antena en el Club Unión. El municipio no confirmó ni desmintió la especie. Por eso consideró válidos “los elementos de urgencia y probabilidad de perjuicios graves” alegadas en la presentación inicial, ya que “se estaría autorizando a empresas de telefonía a instalar antenas en el campo de deportes del Club Recreativo Unión y en principio, si bien ello no resulta fehacientemente acreditado, lo cierto es que la ambigua e imprecisa información suministrada al respecto por el municipio permite "prima facie" presumir la existencia de autorizaciones en trámite”.
El juez aplicó el principio precautorio para analizar un tema que considera “muy complejo”.
Inconstitucionalidad de dos ordenanzas
En diciembre de 2012, Claudio Guevara peticionó ante el Juzgado en lo Contencioso y Administrativo Nº 1 la declaración de inconstitucionalidad de las Ordenanzas Municipales 7154 y 7163, sancionadas en septiembre y octubre de ese año.
Guevara plantea que la normativa municipal entra en colisión con disposiciones de las Constituciones Nacionales y Provinciales, y de la Ley General del Ambiente. Puntualmente hace referencia a la falta de exigencia en las ordenanzas cuestionadas de un proceso previo de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) para toda obra que resulte de relevancia en cuanto a la posibilidad de causar daño al ambiente. Y también cuestiona que en la creación del acto administrativo se omitió la posibilidad de participación ciudadana.
Las ordenanzas establecen normas laxas para la instalación de nuevos mástiles, casi sin seguridad de distancia con las viviendas, y consagran el “derecho adquirido” de los mástiles clandestinos que ya están funcionando, a permanecer en el lugar. Fueron votadas por unanimidad, ignorando dos proyectos presentados por particulares que solicitaban medidas de combate a la contaminación electromagnética.
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