La medida implica que el Estado no podrá continuar con la obra hasta que la Justicia resuelva la cuestión de fondo que se presentó en la denuncia de Aroca.
El 1º de julio el fotógrafo y especialista en turismo, José Eduardo Aroca, presentó una acción de amparo ambiental contra el Estado provincial y contra Gabiola Empresa Constructora por el daño ocasionado con motivo de la ejecución de la línea eléctrica de 33 kw Santa Cruz- Las Antenas (Cerro Ancasti) para el suministro de energía para el sistema de TV digital abierta en la Cuesta del Portezuelo. También solicitó el dictado de una medida cautelar de no innovar para que se disponga el cese inmediato de cualquier actividad para evitar la producción de mayores daños ambientales con motivo de la construcción y eventual puesta en funcionamiento del tendido eléctrico.
La causa quedó en manos de la jueza Silvina Millán, quién solicitó informes al ministro Romero. Luego, el abogado Miguel José Leiva solicitó la habilitación de la feria judicial para que se resuelva la medida cautelar, petición que fue atendida por la jueza en feria, Susana Inés Moreno.
La magistrada resolvió hacer lugar a la medida y en consecuencia “ordenar al Estado provincial y a la señora Ana Gabriela Correa Peralta, titular de Gabiola empresa constructora y/o a las personas que de estas dependan, no innovar y abstenerse de realizar cualquier acto que implique menoscabar la situación fáctica y/o jurídica existente en relación a la ejecución de la obra denominada línea eléctrica de 33 kw Santa Cruz- Las Antenas (Cerro Ancasti).
La obra ya había sido suspendida por la resolución 086 del Ministerio de Servicios Públicos del pasado 2 de julio. Esta resolución judicial impide que el Estado continúe con la obra hasta que se resuelva el planteo de fondo que se presentó en la denuncia. El camino que podría seguir el Estado es la apelación.
En los fundamentos de la medida, la jueza consideró que “en caso de continuarse con los trabajos que se denuncian podría llevar a producir daños mayores”. Y al citar jurisprudencia sobre el amparo ambiental indica que “no es necesario esperar la ocurrencia efectiva del daño, basta que exista el riesgo grave en perjuicio del ambiente para que resulte procedente la tutela colectiva".
ANTECEDENTE
Gabiola firmó en agosto de 2012 el contrato para la ejecución de la obra , que tenía por objeto reemplazar la línea de 13,2 Kw ya existente, que se encontraba en muy malas condiciones, para dotar de energía a las antenas de la televisión satelital.
Apenas un mes después de la firma del contrato, la empresa pidió el cambio de traza argumentando "la mayor accesibilidad a los postes" y que, al mejorar la accesibilidad, se disminuían "tiempos de mantenimiento y reparación ante eventual contingencia".
El 9 de octubre, el director de Estudios de Proyectos y Obras del Ministerio de Servicios Públicos, Oscar Alfredo Pastorelli, aprobó la modificación de la traza que sería por la Cuesta del Portezuelo. El funcionario no tenía facultades para hacerlo, ya que la decisión debía tomarse a través de una resolución ministerial.
La modificación se realizó sin el informe de impacto ambiental.
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