El juez a cargo hoy de ambos Juzgados, hizo lugar al pedido del Colegio de Abogados de Azul de declarar inconstitucionales dos leyes, la que disponía la elección directa de consejeros de la Magistratura y la que buscaba limitar las cautelares.
Así lo adelantó el vicepresidente del Colegio de Abogados de Azul inmediatamente al ser notificado de la decisión tomada por el magistrado. Chiozza, quien había atacado duramente esta Reforma, aunque sin negar las mejoras que debieran hacerse a la Justicia, calificó al fallo como "histórico" y como "un triunfo de la república".
El dictamen en contra de la Reforma Judicial se suma a otros similares como el de la justicia federal marplatense y de San Nicolás. Últimamente la enorme mayoría de los fallos van siendo coincidentes por lo que hasta el momento se suspendería la elección de una parte de los miembros del Consejo de la Magistratura por el voto popular y que se pretendía realizar en el mismo acto que las PASO.
Así este fallo se suma y es coincidente con los que oportunamente otros tribunales federales del interior expresaron la inconstitucionalidad de la pretendida reforma del cuerpo que elige, remueve y asciende magistrados en todo el país.
Previamente, dos días atrás, el Juez Federal Carlos Furnari, titular del Juzgado Contencioso Administrativo Nº 2 con asiento en la Capital Federal también había declarado inconstitucional varios artículos de la Ley 26.854 que reforma la ley de medida cautelares. Del mismo modo, Furnari había hecho lugar a la medida cautelar solicitada por la Federación Argentina de Colegios de Abogados (FACA) disponiendo la suspensión de los efectos de los artículos 2º, 4º, 6º y 18º de la Ley 26.855, así como de su aplicación y "puesta en práctica mediante cualquier otra norma dictada o que se dicte en su consecuencia, incluída la respectiva convocatoria a elecciones primarias".
Suspensión de elecciones
Del mismo modo, el juez federal Martín Bava informó al Poder Ejecutivo Nacional varias cosas, en primer lugar, declarar la inconstitucionaldiad de los artículos 4, 10 y 13 de la ley 26.854 que modifica las cautelares, y "hacer lugar a la medida cautelar peticionada". En consecuencia, "ordena al Estado Nacional la suspensión del nuevo Consejo de la Magistratura como también el llamado a elecciones para representantes del estamento de abogados según surge del artículo 30 de la Ley 26.855".
Para el vicepresidente del Colegio de Abogados, Matías Chiozza, en consonancia con el presidente de la FACA, Ricardo de Felipe, manifestó su "satisfacción por el fallo" y lo calificó como un triunfo de la república y de la Constitución Nacional".
La presentación contra estas dos leyes fue realizada el viernes de la semana pasada, luego de que la FACA , que nuclea a más de ochenta colegios y asociaciones de todo el país que adhirieron por unanimidad al planteo de inconstitucionalidad.
Ese mismo día las leyes habían sido publicadas en el Boletín Oficial y a su vez se convocaba a elecciones para modificar la integración del Consejo de la Magistratura.
"Si pasan las elecciones, esta reforma estaría consumada y no se podría volver atrás", advertía Chiozza, y agregaba que "en la misma demanda estamos planteando la inconstitucionalidad de la ley 26,854 que afecta a las cautelares porque también las modifica".
Chiozza recordó una vez más, ahora después del fallo "histórico", calificó, del juez Bava, que "las cautelares modificadas por esta nueva ley tenía muchas prerrogativas contra la sociedad en su conjunto porque restringía notablemente la posibilidad de pedir una cautelar contra el Estado Nacional. Además, la ley que fue rechazada por el Juzgado Federal de Azul, le otorgaba una enorme cantidad de derechos y garantías al Estado para defenderse en las cautelares de modo que aún cuando un ciudadano presente una cautelar y tuviese un fallo favorable de la Justicia, si el Estado se presenta y apela, suspendía la cautelar, lo que representa un avance muy peligroso sobre los derechos y garantías de las personas".
Oportunamente, el doctor Chiozza dijo, dentro de los porqués de la Reforma Judicial, que había tres aspectos que le interesaban al Ejecutivo y que eran la de "regular" que no es otra cosa que limitar poderosamente el alcance de las cautelares y la de manejar el Consejo de la Magistratura para poder someter a la Justicia. En esa oportunidad, el vicepresidente del Colegio de Abogados dio, además, del ejemplo del recargo sobre la factura de gas, el del corralito y corralón de los años 2001 y 2002. Por entonces, los ciudadanos afectados se presentaron ante la Justicia y pudieron ir resolviendo sus respectivas situaciones. De haber existido esta norma que regula las cautelares, el Estado podría haberse presentado y hubiese logrado suspender la medida.
Sobre la elección de una parte del cuerpo dentro del Consejo de la Magistratura, Chiozza insistió con que la ley "busca someter a la Justicia al poder político de turno y terminaría partidizando el organismo lo que sería de una gravedad institucional sin precedentes", tras lo cual había deseado que "por el bien de la república se la declare inconstitucional", que es lo que ahora ha hecho el titular del Juzgado Federal Nº 2 de Azul, Martín Bava, suspendiendo de ese modo las elecciones de tales integrantes que se irían a realizar junto con las PASO.
Al decir "partidizar" el Consejo de la Magistratura, el doctor Matías Chiozza se estaba refiriendo a que los candidatos a consejeros debían ir en una lista partidaria lo cual contradiría el principio de independencia de poderes.
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