Jueces del caso Verón califican de “mamarracho” a la Comisión de Juicio Político y al Jury

Jueces del caso Verón califican de “mamarracho” a la Comisión de Juicio Político y al Jury
En su descargo, ante las acusaciones elevadas por Susana Trimarco, los magistrados que determinaron la absolución de los implicados en el caso de Marita Verón, criticaron el accionar del órgano que deberá analizar su comportamiento durante el juicio llevado a cabo. Acusaron al poder político de ser el responsable por la impunidad de la causa.
03/03/2013 00:08 AM | Los magistrados que integran la Sala II de la Cámara Penal, Emilio Herrera Molina, Alberto Piedrabuena y Eduardo Romero Lascano, presentaron el viernes último en la Legislatura, sus respectivos descargos que deberán ser analizados por la Comisión de Juicio Político, ante la imputación efectuada por Susana Trimarco, luego del fallo absolutorio dictado por lo magistrados en la causa que investigaba la desaparición y promoción de la prostitución de María de los Ángeles Verón.

En sus escritos, los vocales acusados, dejaron de manifiesto que la sentencia rubricada el pasado 11 de diciembre de 2012 obedece a que no pudieron encontrar pruebas fehacientes que determinen la culpabilidad de los 13 imputados en el caso. Al respecto, Herrea Molina y Romero Lascano (representados por los letrados Roberto Toledo y Arnaldo Ramón Ahumada) responsabilizaron del deficiente proceso de instrucción, a los poderes políticos que formaron parte de toda la coyuntura en la que estuvo inmersa la investigación para esclarecer lo sucedido con Marita Verón hace ya más de diez años atrás.

"Un proceso penal juzga conductas específicamente imputadas y no la vida entera del enjuiciado. Se puede ser el peor delincuente y haber cometido delitos de todo tipo, pero en un proceso determinado se juzga una conducta imputada. Hay que entender que el objeto del juicio penal fue la desaparición de María de los Ángeles Verón y su posterior sometimiento a la prostitución. Y sobre ese hecho específico, entendimos honestamente que no había actividad probatoria de cargo que destruyera positivamente la presunción de inocencia que, como derecho fundamental, tiene rango constitucional y supra constitucional", señalaron los magistrados en el descargo.

En tal sentido, razonaron que por mucha que sea la convicción del juzgador sobre la culpabilidad del acusado, si no dispone de pruebas objetivamente incriminatorias, no debe condenar. "Cuando se condena sin pruebas, se lesiona la dimensión ética del Derecho y la sociedad quedará a la larga, lesionada y agredida", advirtieron.

Un dilema complejo de superar

Expuesta la dualidad en el panorama que se trazó y sumado al grado de mediatización y presión social que acaparó la cobertura de este caso a nivel nacional e internacional, los jueces indicaron que "en nuestras conciencias se presentó el supremo dilema a que se enfrenta un Juez: ceder al reclamo de la opinión pública y seguir el facilismo de condenar, aún ante la ausencia grave de certezas , o cumplir con nuestras convicciones y deberes constitucionales como jueces de la República".

Tomando como puntales los valores descriptos, resaltaron que primó a la hora de redactar la polémica sentencia la facultad de adherir a una concepción de ser jueces probos y cabales. Aclarando que no lo hubiesen sido en caso de haberse dejado influir o bien ser tentados por el clamor popular. "Defendimos la vigencia de la justicia de la República por sobre la justicia asamblearia", dejaron claramente de manifiesto.

Posteriormente, los jueces apuntaron sus dardos contra la Comisión de Juicio Político en torno a la función que le compete a dicho órgano al momento de correr traslado la demanda, o no, al Jurado de Enjuiciamiento, que tendrá la palabra final en el estudio de la posible destitución de los magistrados denunciados.

En esta línea, se apuntó, en el descargo presentado en el parlamento local, que "las vivencias y convicciones derivadas de la inmediatez, no podrían ser sustituidas por aquellos que no tuvieron tal conectividad directa con el decurso del proceso", a modo de cuestionar el accionar de quienes integran los institutos aducidos anteriormente.

Así, Herrera Molina y Romero Lascano remarcaron que "de lo dicho se concluye que si la propia instancia recursiva no podrá -en realidad, no debería- revisar aquellas cuestiones que hacen a la percepción que los integrantes de la Sala II de las Excma. Cámara Penal tuvieron en el debate oral con relación a la credibilidad de los testigos, ¿Qué legitimación puede tener éste órgano político para cuestionar nuestra percepción personal de la confiabilidad de las testigos?".

Paralelamente, adujeron que "se advierte entonces que no solamente se parte de una enorme irregularidad cuando se nos cuestiona por el contenido del fallo -violentando gravemente la independencia de los poderes y retrocediendo siglos de evolución republicana- sino que además se arrogan irresponsablemente la facultad de analizar de qué forma los presentantes percibimos a través del lenguaje corporal de las testigos su falta de credibilidad", apuntaron los jueces.

A su vez consideraron que se torna mucho más grave la situación si se piensa que al pretendido juicio lo hacen personas que no solo no estuvieron en las audiencias del debate oral, y por ello, carecerían de inmediación suficiente, "sino que algunos (¿o muchos?) integrantes de la Comisión de Juicio Político y del Jury de Enjuiciamiento ni siquiera cuentan con los más elementales conocimientos jurídicos y, mucho menos, las garantías de los imputados", objetaron.

Una cuestión de género

Un apartado especial merecen las consideraciones vertidas en el escrito por parte de los vocales de la Cámara Penal, donde hacen alusión a una de las principales imputaciones efectuadas por Trimarco en contra de la labor de los magistrados a lo largo del juicio oral llevado a cabo. Particularmente, refieren a las acusaciones por un desempeño defectuoso al momento de tomar las respectivas declaraciones a las testigos que fueron víctimas de trata de personas y debieron comparecer ante el estrado.

En este punto, se remarca "deben analizarse las hilarantes acusaciones" de "sexistas", "machistas" y "clasistas", de las que fueron foco las figuras de los jueces, y justamente en este apartado, nuevamente surgen los cuestionamientos a los encargados de analizar la imputación realizada por Trimarco.

"Llama la atención sobremanera que tanto la Comisión de Juicio Político como el Jury estén integrados exclusivamente por personas de sexo masculino. La ley de cupo y la igualdad de género, por cierto que no estuvo presente en la conformación de dichos órganos", se aseveró en el escrito.

Se argumentó además, en esta línea, que "dar curso a una denuncia por actitudes 'machistas' por parte de un órgano formado exclusivamente por varones, revela una alarmante ausencia de pudor, evidenciando que todo esto es un mamarracho de imposible enderazamiento institucional", calificaron los magistrados.

Vale señalar que la Comisión de Juicio Político está presidida por Sisto Terán e integrada por Guillermo Gassenbauer, Carlos Assán, Manuel Fernández, Roque Álvarez, Beatriz Bordinaro (la única representante femenina), Gregorio García Biagosch, Víctor Lossi, José Orellana, Iván Llorens Dip y Alfredo Quinteros, todos ellos que responden al oficialismo a quienes se suma el opositor, Ricardo Bussi.

Apuntan al poder político

Al momento de focalizar sus argumentos en contra de los factores que estarían implicados en todo el proceso que acaparó la investigación del caso Verón, los magistrados consideraron que si realmente quienes pretenden juzgarlos fueran todos los serios y responsables que la situación amerita, en el banquillo no debieran estar ellos acusados. Al contrario, se destaca, la conducta de quienes merecen ser objetados por su labor responden a "aquellas pocas personas que tuvieron en sus manos durante los últimos doce años la suma de poder público y la disponibilidad de todos los medios de toda índole necesarios para esclarecer los hechos y aprehender a los delincuentes".

Seguidamente, los jueces remarcaron que "no fuimos ni seremos jamás funcionales a la trata ni a ningún otro delito. Décadas de ejercicio de la Magistratura de modo realmente impecable -hecho público y notorio en la comunidad jurídica en particular y en la sociedad toda en general- pretenden ser mancilladas irresponsable y maliciosamente por necesidades políticas subalternas en este escalofriante episodio en el que tres fuerzas poderosas convergen con un objeto común de convertir al presentante y los otros dos jueces de la Cámara en chivos expiatorios o anatema humana".

Finalmente, en otra crítica al gobierno alperovista, se indicó que "la cabeza de los tres jueces de la Cámara ha sido escogida como el primer mensaje que a modo de escarmiento y amenazador ejemplo se quiere ostentar ante los demás. Se ha decidido, desde el poder provincial, expiar las culpas y responsabilidades excluyentes de quienes ostentan el poder de hace más de una década en la provincia, pretendiendo trasladarlas en nuestras cabezas", enunció el descargo de los magistrados.

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