Instituto Nacional de Vitivinicultura: Productores deberán informar el destino de uvas no viníferas

Los productores tienen hasta el 10 de enero para informar cuál será el destino que le darán a estas uvas que no se pueden vinificar en el país
Los productores que tengan en sus viñedos variedades “no viníferas” deben comunicar al Instituto Nacional de Vitivinicultura (INV) con carácter de Declaración Jurada el destino que les darán.

De acuerdo a lo que se comunicó desde el ente de control a través de la Resolución Nº C 56 el Organismo nacional fijó el 10 de enero de cada año como fecha límite para que los productores, que tengan implantadas en sus viñedos variedades “no viníferas”, informen con carácter de Declaración Jurada del destino que le darán, mediante la presentación de un escrito en la oficina del INV de su jurisdicción.

Si bien estas uvas representan un número ínfimo en el total de la superficie cultivada con vid en la Argentina está prohibido su ingreso en establecimientos vitivinícolas, por este motivo el INV considera necesario conocer el destino que los productores vitícolas le otorgarán y el límite para dar dicha información es el 10 de enero de cada año.

En Argentina está prohibida la elaboración de vinos con este tipo de variedades de vides. Por esto, la prohibición lleva a que no puedan ingresar a bodegas estos productos que alterarían los tipos de vinos que se hacen en en el país.

El texto completo de la Resolución y el modelo de nota se pueden consultar en la oficina del INV de su jurisdicción también en la sección Normativa de la página www.inv.gov.ar o ingresando directamente en el siguiente link: ttp://www.inv.gov.ar/PDF/ResolucionesC/2012/ResolucionC56-2012.

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