El proyecto del Municipio adhiere al programa provincial "Sin casco no hay nafta". Tampoco las estaciones de servicio podrán despachar combustible a los motovehículos que no lleven chapa patente.
Tampoco las estaciones de servicio podrán despachar combustible a los motovehículos que no lleven chapa patente.
El proyecto indica que el control y la verificación del cumplimiento de la presente ordenanza estará a cargo de los inspectores municipales.
El DE deberá realizar, en un plazo de treinta días posteriores a la promulgación de la norma, una campaña pública para fomentar la utilización de la patente y del casco reglamentario.
De aprobarse esta normativa en el distrito de Saladillo, se le incorporará a la ordenanza Nº 2.106, Código Contravencional, el artículo 123 bis: "El incumplimiento de la obligación de exigir el casco a los motociclistas que adquieren combustible por parte de las Estaciones de Servicio y Expendedoras de Combustibles del Partido de Saladillo, son pasibles de apercibimiento y/o multas de trescientos (300) a un mil (1.000) módulos".
"Sin casco no hay nafta"
El proyecto, enviado al HCD con la firma del Intendente municipal, surgió en virtud de la las políticas de prevención en materia de seguridad vial.
"El gobernador de la Provincia de Buenos Aires, Daniel Scioli, impulsó el programa ‘Sin casco no hay nafta’, mediante la suscripción de un convenio con el presidente de la Federación de Combustibles de la Provincia de Buenos Aires (FECOBA), Luis Malchiodi, el que fuera refrendado por Decreto 1691/08", explica el proyecto.
Este programa "tiene por objeto promover el cumplimiento de las medidas de seguridad establecidas en la normativa de tránsito provincial, actualmente Ley Nº 13.927, Decreto Reglamentario Nº 532/09, referidas a los conductores y acompañantes de motovehículos".
En ese marco, y en cumplimiento de lo preceptuado por el mencionado convenio, los expendedores de combustible, representados por FECOBA, "han asumido el compromiso de no suministrar combustible, a los conductores y/o acompañantes de motovehículos que no llevaren el casco reglamentario debidamente colocado".
"Esta medida de prevención ya fue adoptada y se está ejecutando en diversos municipios de la provincia de Buenos Aires y también por ciudades de la República Argentina", indica el proyecto.
El casco previene
El DE sostiene en su proyecto "es preocupante el aumento del porcentaje de las infracciones de tránsito correspondientes a la no utilización del casco reglamentario".
"La mayor parte de las lesiones que recibe un motociclista en un accidente de tránsito tiene lugar en la cabeza. De acuerdo a datos estadísticos, la utilización del casco disminuye la mortalidad en accidentes en un 73 % y protege de las lesiones cerebrales graves en un 85 %."
"Por diversas razones, en muchos casos el casco no es utilizado, por lo que es necesario establecer procedimientos o mecanismos que ayuden a incrementar su utilización."
"Asimismo, las normativas de tránsito provincial y nacional enumeran los requisitos que se deben cumplimentar para poder circular y entre ellos está la patente identificatoria correspondiente. Se observa que muchos motovehículos son infraccionados por no tener colocada de manera visible la patente. Es fundamental que los motovehículos estén debidamente patentados y que circulen con la documentación correspondiente."
"La carencia de patente identificatoria dificulta la tarea de los inspectores, y de la policía, ya que en caso de no poder detener a un infractor no se alcanza a hacer un acta de infracción ya que no se obtienen los datos de la patente."

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