El decreto 101/13, del pasado 17 de enero, procedió a ratificar los convenios que firmó el Gobierno, la Dirección General de Rentas y el Banco Tierra del Fuego, para poner en marcha esta operatoria. De esta forma, el Gobierno pone en vigencia una nueva modalidad para garantizar el cobro de impuestos a deudores morosos que hayan convenido regularizar su situación.
De esta forma, el Gobierno pone en vigencia una nueva modalidad para garantizar el cobro de impuestos a deudores morosos que hayan convenido regularizar su situación y que, a su vez, operen con la entidad bancaria pública.
El decreto 101/13, del pasado 17 de enero, procedió a ratificar los convenios que firmó el Gobierno, la Dirección General de Rentas y el Banco Tierra del Fuego, para poner en marcha esta operatoria
El convenio fue firmado por el ministro de Economía, Hiram Christian Javier Ruiz; en representación de la Provincia y por el Presidente del Banco Tierra del Fuego, ingeniero, Ricardo Raúl Iglesias.
La operatoria tiene una duración de dos años, renovable en forma automática por un año más, salvo indicación especifica en contrario efectuada por cualquiera de las partes.
Comisión bancaria
Con la puesta en marcha del convenio celebrado, el Banco Tierra del Fuego suma un negocio más, al quedarse con una comisión del 0,5% sobre el importe de cada comprobante de las cuotas a debitar de las cuentas de los clientes que se hayan adherido a esta forma de cancelación del plan de pago de deuda.
Por otra parte, en el convenio se específica que la provincia se constituye en la única responsable frente al BTF de todos los costos, daños, pérdidas que sufriera la entidad bancaria como consecuencia del convenio.
Una de las cláusulas subraya que la provincia mantendrá indemne al banco y a sus directores, ejecutivos, empleados, agentes asesores, representantes, de y contra cualquier daño, perdida, responsabilidad y gastos razonables que cualquier parte indemnizada pueda sufrir o incurrir u puedan serle impuestos con relación directa o indirecta con cualquier investigación, litigio o procedimiento relativo al presente convenio y a las operaciones que en el mismo se contemplan.
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