El Frente Renovador de Tres de Febrero solicitó Sesión Extraordinaria por el Caso Nisman‏

El Frente Renovador de Tres de Febrero solicitó Sesión Extraordinaria por el Caso Nisman‏

El bloque mayoritario del massismo local, tras los hechos de público conocimiento, elevó un pedido al departamento Ejecutivo para realizar un encuentro legislativo para rendir homenaje al fiscal fallecido.

 

A continuación, el proyecto de resolución:

VISTO:

El asesinato del Fiscal Alberto Nisman acaecido el día 18 del cte. mes; las facultades establecidas en el Art. 68° - Inc. 5° de la Ley Orgánica Municipal; y

CONSIDERANDO:

Que el Fiscal Nisman apareció muerto en su departamento con un tiro en la cabeza horas antes de revelar en el Congreso supuestas evidencias que dijo tener para denunciar a la Presidente y otros funcionarios por encubrir la responsabilidad de Irán en el atentado contra la AMIA

Que en cuestión de horas, el Gobierno salió a sostener la teoría del suicidio. Pero tras un par de días en los que nueva información no favorecía dicha

hipótesis, modificó su opinión inicial y descartó el suicidio. Una nueva teoría conspirativa que involucraba diversos actores, desde los servicios de inteligencia a supuestas corporaciones mediáticas, reemplazo la versión original.

Que de resultas de esta caótica y confusa información, la población no entiende que está sucediendo, pero si sospecha de la torpeza o la complicidad del Estado en este luctuoso hecho

Que independientemente del resultado final de la pesquisa judicial, es obligación del Estado abstenerse de sumar confusión y valorar las actitudes de los funcionarios que arriesgan su vida y, como en este caso, la pierden

Por todo lo expuesto, el Bloque del Frente Renovador solicita el tratamiento del siguiente proyecto de

RESOLUCION

ARTÍCULO 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo la Convocatoria a Sesión ---------------------- Extraordinaria del Cuerpo a los efectos de rendir homenaje póstumo al Fiscal Alberto Nisman por su valiente acción en defensa de los derechos ciudadanos.

ARTÍCULO 2°: Remítase copia de la presente a la Legislatura de la Provincia de Buenos -------------------- Aires y a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

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