El fallo de la Corte Suprema: la oportunidad que el Gobierno no ve

El fallo de la Corte Suprema: la oportunidad que el Gobierno no ve

Las "pistas" que dejó el máximo Tribunal en el fallo balizan el camino a una ley que no sería impugnada si encuentra motivación "jurídica", no epidemiológica. El oficialismo se ensimismó en el drama y termina potenciando un triunfo para Rodríguez Larreta que él no puede disfrutar.

Por: Gabriel Morini.

Cerca de Horacio Rodríguez Larreta lo entendieron de inmediato. No había mucho para festejar del fallo de la Corte Suprema que le había dado la razón sobre en la demanda contra el Estado Nacional por haber violado la autonomía porteña al disponer la suspensión de la presencialidad escolar en ese distrito, en el marco de medidas sanitarias por la pandemia. La orden fue hacer silencio y no mostrarse celebratorios por un motivo más que válido: leyeron entrelíneas que más que maniatar al presidente Alberto Fernández respecto a las medidas de cuidado epidemiológico, la Corte había balizado un camino para que el Poder Ejecutivo pueda adoptar un combo de restricciones sin riesgo de naufragar en la judicialización permanente. Y que, en paralelo, había transferido todas las responsabilidades en cabeza del jefe de Gobierno en el delgado despeñadero que implica encorsetarse en el slogan de las escuelas abiertas frente a números de miedo por el covid-19. Tras la sentencia, el que deba pedir el cierre, asumir los costos y responsabilizarse por las consecuencias de no hacerlo es Rodríguez Larreta. Es un misterio por qué todo el arco del oficialismo y la primera plana del Gobierno entendió que la Corte se estaba arrogando la autoridad epidemiológica, obligando a los escolares a asistir a clases presenciales o directamente desafiando la autoridad presidencial.

Pese a que a las horas siguientes al fallo le siguió un in crescendo de desmesuras, desde el cuarto piso del Palacio de Tribunales aseguraron a Ámbito que no habría respuesta alguna y que el tema se daba por superado sin atisbos de confrontación. Recordaron que en el transcurso del expediente “Autonomía” hubo resolución de otros 340 casos que aparecían en la agenda del tribunal. En 6 días los mismos protagonistas se volverán a ver las caras. Nación, Ciudad y la Corte se deben la segunda audiencia de conciliación por la Coparticipación. Si el Gobierno se queja del timming de la Corte, se podría dar la mano con Rodríguez Larreta que en septiembre de 2020 pidió una cautelar por el recorte que creyó que iba a poder obtener en una semana.

La dificultad para decodificar hizo que pocos en el Gobierno vieran la oportunidad de hacer de la debilidad una fortaleza con lo que el fallo de la Corte también implica, sobre todo respecto a decisiones futuras. Todo el oficialismo se ensimismó en el drama y terminaron potenciando un triunfo de Rodríguez Larreta que no es disfrutable. La decisión del máximo Tribunal no le dijo en ninguna parte de la sentencia que su medida sanitaria es “irrazonable” ni tampoco juzgó su proporcionalidad. Sostuvo que, en el caso, no logró demostrar (con los argumentos que expuso el DNU) que la facultad local de disponer la modalidad en la que se dictan clases afecte de manera interjurisdiccional para ameritar que la potestad federal sanitaria pueda imponerse. De esa forma, estuvo lejos de decir que no podría hacerlo a futuro.

Tampoco afirmó el fallo que el DNU firmado (abstracto o no) viola el artículo 99 de la Constitución Nacional. Se apartó así del dictamen del procurador interino Eduardo Casal que sí proponía darlo de baja en esos términos, pero también en el habeas corpus que la Justicia nacional penal (la Cámara del Crimen), ya que en ambas decisiones se invalidó por utilizarse la herramienta del Decreto de Necesidad y Urgencia que saltó al Congreso, al que los camaristas penales de la Capital Federal exhortaron a elaborar una ley en un plazo de 15 días (¿?). Como se menciona en la jerga jurídica –a “contrario sensu”-, la Corte no le quitó a Fernández la herramienta del DNU para actuar durante una crisis. No es un asunto para desdeñar.

Pero lo más relevante del fallo es que la “mayoría peronista” –como tildaba despectivamente el macrismo a quienes encabezaron el voto conocido el martes- afirmaron que el error del Poder Ejecutivo en la medida fue solamente de motivación jurídica, o como se plasmó en la sentencia al “justificar competencialmente” desde el prisma de autoridad federal, la decisión sanitaria. El pedido de “razones” no son epidemiológicas, sino jurídicas, lo que abre la puerta a una corrección que puede invertir el escenario, sobre todo si el Ejecutivo Nacional las acompaña en acuerdo bajo el paraguas de la “lealtad federal”, lo que tornaría incuestionable la decisión en tribunales.

El camino de migas de Juan Carlos Maqueda y Horacio Rosatti no soslaya que si el Congreso votara una ley sería igualmente inválida si carece de esa “motivación”. Pero esta integración de la Corte ha sido extremadamente cuidadosa de interponerse de forma explícita cuando poderes representativos que incluyen a las provincias discuten y obligan a refinar estándares judiciales. Hacia allí se encamina un pequeño puñado de asesores que sugieren la confección de una ley lo más blindada posible. La estrategia se complementaría con la conjugación del expertise de los constitucionalistas y el reseteo “a condiciones de fábrica” de la relación con el cuarto piso del Palacio. Al menos para no navegar sin instrumental durante los dos años y medio venideros.

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