Fallo clave a favor del IPS, en un reclamo de aumento de la mínima municipal

Un juez en lo Civil y Comercial rechazó el planteo de una jubilada del Municipio de la capital, que había solicitado que se le pague el mismo monto que perciben los que ganan la mínima provincial. La decisión puede ser clave para otras demandas.

El juez Civil y Comercial Nº 4, Luis Alberto Alarcón, rechazó el planteo de una jubilada municipal de la capital que cobra actualmente el haber mínimo y que había reclamado percibir el mismo monto, es decir 1.470 pesos, que el gobernador Ricardo Colombi dispuso para los pasivos del Estado provincial.

El fallo, al que tuvo acceso el diario La República, significa una medida a favor del Instituto de Previsión Social (IPS), organismo que considera que la mínima de los jubilados municipales, que es de 720 pesos, no puede ser la misma que la provincial porque los aportes de las Comunas son inferiores a los que retiene la administración pública cuando realizan los aportes.

De todas maneras, las autoridades del IPS aseguran que siguen estudiando la posibilidad de elevar a 1.100 pesos los haberes municipales, pero con un aporte especial que tendrán que hacer la Provincia y los Municipios.

La demandante, patrocinada por la presidenta del Centro de Jubilados, la abogada Mercedes Zambrano, alegó que se sentía discriminada por el decreto del Ejecutivo, que el año pasado elevó la mínima provincial a 1.470 pesos.

Entre otros términos, argumentó que ella quedaba en desigualdad ante la ley al no percibir ese monto y que el organismo previsional actuaba con ilegalidad y arbitrariedad en su contra.

El juez Alarcón consideró que la demandante no se encuadra en el Decreto 2483 de agosto de 2008 y que elevó la mínima que perciben los pasivos del Ejecutivo, Legislativo y Judicial.

Al no admitir el planteo, el magistrado sostuvo: “No advierto la ilegalidad o arbitrariedad por parte del Instituto de Previsión Social demandado, pues la misma se encuentra percibiendo sus haberes previsionales conforme fue acordado”.

Esto significa que la Justicia, al menos en primera instancia, entiende los argumentos que públicamente exponen siempre los funcionarios del Gobierno, cuando sostienen que la caja previsional no puede garantizar el mismo haber para los municipales por la diferencia que existen en los aportes.

Si bien el juez, en un fallo de cinco páginas, no hace mención a fundamentos del IPS, observa una coincidencia de criterios.

La titular del IPS, Estela Regidor, manifestó en varias oportunidades a la prensa, que mientras los intendentes otorguen aumentos salariales en negro a los trabajadores activos, será difícil que los jubilados municipales puedan tener un aumento de la mínima.

Esto es así, según el planteo oficial, porque con los aportes de los sueldos de los activos comunales, se paga a los pasivos de esas administraciones.

La decisión de Alarcón fue rechazar una medida autosatisfactiva que presentó la demandante y podría servir como antecedente clave para otros casos, dada la innumerable cantidad de planteos judiciales que promueven en este sentido los jubilados o el propio Centro, a cargo de Zambrano.

Esta es una de las cuestiones por las que la presidenta de Jubilados y las autoridades del IPS tienen permanentes discusiones, sobre todo a través de los medios de prensa, además de la polémica por la implementación del 82 por ciento móvil.

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