Se estableció el carácter de práctica abusiva para el cobro de adicionales por carga virtual

Se estableció el carácter de práctica abusiva para el cobro de adicionales por carga virtual
La Legislatura sancionó como Ley 7375 una iniciativa de la diputada Mirta Morel por la que se establece el carácter de "práctica abusiva" para el cobro de adicionales o la exigencia de la compra de un producto para recibir la prestación del servicio de carga en teléfonos celulares, tarjetas tarjebus y similares.

Se sancionará a los comercios que incurran en estas prácticas, por transgredir lo establecido en el Art 8º bis de la Ley Nº 24.240 de Defensa del Consumidor, siendo de aplicación las sanciones previstas en la esa norma.

Asimismo, se fija la obligatoriedad en todos los comercios ubicados en la Provincia del Chaco que provean el servicio de carga de crédito virtual de exhibir un cartel en lugar visible al público al momento de efectuar el pago, con una leyenda advirtiendo sobre las prácticas abusivas mencionadas en la normativa.

Este tipo de conducta podrá ser denunciada llamando gratis al teléfono 0800-444-3346 o al correo electrónico consumoeducacion@chaco.gov.ar o en cualquiera de las oficinas de Defensa y Protección del Consumidor dependientes de la Subsecretaría de Comercio del Ministerio de Industria, Empleo y Trabajo.

La autoridad de aplicación será la Subsecretaría de Comercio dependiente del Ministerio de Industria, Empleo y Trabajo de la provincia. Se invita a los municipios a adherir a la norma.

La autora observa en los fundamentos que "en los últimos tiempos se ha convertido en una práctica habitual que los comercios que provean el servicio de carga virtual u otro servicio por el mismo sistema, el cobro de un adicional por el servicio".

Destaca que "el objetivo primordial de esta norma consiste, pues, en desalentar ciertas prácticas comerciales contrarias a la lealtad y buena fe contractuales en las relaciones de consumo, cuya existencia deviene en abusos dispensados al consumidor o usuario" y sostiene que "toda vez que la citada norma nacional no detalla cuáles son las conductas que se considerarán abusivas e indignas, corresponde desplegar la actividad conducente para precisarlas, y es lo que se pretende con esta iniciativa".

En el recinto, Morel explicó que "el proyecto surge de numerosos reclamos de ciudadanos particulares y está vinculado con un derecho Constitucional que tanto la provincia como la Nación han plasmado en instrumentos legales" y recordó que "recientemente, a través de la modificación de la Ley 24240 se incorpora un artículo 8 bis donde aparece una figura nueva, que distingue entre trato digno y trato abusivo, esto me llevó a plantear este proyecto".

La diputada agregó que "es autoría del diputado Vallejos la ley 7175 que establece un número rotativo y un correo electrónico para atender denuncias de consumidores, cuestión que hemos incorporado al despacho" y agradeció "a la diputada Viviana Damilano, titular de la Comisión de Industria, así como a los integrantes de esa cartera Raúl Acosta, Hugo Domínguez, Néstor Marcón, Roy Nikisch, Enrique Paredes y Sergio Vallejos, por su acompañamiento".

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