Entra en vigor la Ley de Medios

Entra en vigor la Ley de Medios
La Corte ratificó la legalidad de la norma sancionada hace cuatro años con un extenso fallo en el que desestima los cuestionamientos. Y Urribarri celebró la determinación de los magistrados.

La Corte Suprema de Justicia dio a conocer ayer el fallo de 392 páginas desestimando los cuestionamientos del Grupo Clarín a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y ratificando la constitucionalidad de la norma. La ley fue ratificada por seis ministros de la Corte y con la única excepción de Carlos Fayt.

En el fallo se destacó que es “legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado”. Entre los argumentos utilizados por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Enrique Petracchi, Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, se sostuvo que la ley 26.522, “en cuanto regula la multiplicidad de licencias de modo general, es constitucional, porque es una facultad del Congreso, cuya conveniencia y oportunidad no es materia de análisis de los jueces”.

“Por otra parte, el análisis constitucional es ajeno a los conflictos futuros que puedan presentarse con la aplicación de la ley, que son materia de otros pleitos”, explicó.

La Corte Suprema dice en el fallo que la libertad de expresión es, entre las libertades que la Constitución consagra, “una de las que posee mayor entidad”, al extremo que, sin su debido resguardo, “existiría tan solo una democracia nominal”.

“La libertad de expresión, en su faz colectiva, tiene por objeto proteger el debate público, con amplias oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de la sociedad. Se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no pueden admitirse voces predominantes”, señaló.

Es por ello que los jueces interpretan que la ley “es coherente” con el artículo 42 de la Constitución Nacional, “lo que significa el acceso a distintas fuentes plurales”.

“Los medios de comunicación tienen un rol relevante en la formación del discurso público y en la cultura, por lo que el interés del Estado en la regulación es incuestionable”, subrayaron los magistrados, quienes aclararon que en ese contexto “es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado”.

Además, los jueces entendieron que el Grupo Clarín “no ha probado que, al momento del dictado de la sentencia, exista una afectación actual de la libertad de expresión”, y derribó uno de los principales argumentos del multimedio: “No resulta admisible que sólo una economía de escala, como la que posee actualmente, le garantiza la independencia suficiente como para constituir una voz crítica”.

“Hay numerosos medios pequeños o medianos que ejercen una función crítica y, a la inversa, hay grandes concentraciones mediáticas que son condescendientes con los gobiernos de turno”, definieron los jueces, y aclararon que el modo de proteger las licencias es “la indemnización pecuniaria, pero de ningún modo implica que la ley no pueda ser aplicada”.

Si así fuera, “ninguna ley que proteja el interés general podría ser eficaz”, destacan y sostienen que el plazo de adecuación “se encuentra vencido y es constitucional”.

Por otra parte, la Corte realizó una serie de aclaraciones: el máximo tribunal “no tiene la función de establecer si la ley 26.522 se adecua a los avances tecnológicos, si es obsoleta, incompleta. Esa es función del Congreso”.

“Es de vital importancia que la autoridad de aplicación sea un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del Gobierno como de otros grupos de presión”, afirmaron.

La Corte explicó en el fallo que declara la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que “no se encuentra afectado el derecho a la libertad de expresión del grupo Clarín, en tanto no ha sido acreditado que el régimen de licencias que establece la ley ponga en riesgo su sustentabilidad económica”.

“No hay en la causa una prueba de que exista una violación a la libertad de expresión derivada de la ley”, sostiene el voto mayoritario, que señala que “la ‘sustentabilidad’ no puede ser equiparada a ‘rentabilidad’ y, en ese sentido, hace a la naturaleza propia de un proceso de desconcentración la posibilidad de una reducción consiguiente de los márgenes de ganancia empresaria”.

El máximo tribunal, en forma mayoritaria, reconoció que el grupo Clarín “es titular de licencias que están protegidas porque integran el concepto de propiedad constitucional” y en ese sentido explicaron que “el modo de proteger estas licencias es la indemnización pecuniaria, pero de ningún modo implica que la ley no pueda ser aplicada”.

Los magistrados estimaron que si, en un futuro, “en la etapa de aplicación se afectara la libertad de expresión, hubiera una distribución discriminatoria de la publicidad o de los subsidios oficiales, la actora pueda ejercer sus derechos; pero no se puede, en esta instancia, proteger un derecho que puede ser, o no, afectado en el futuro”.

El presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Martín Sabbatella, aseguró que la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “es una gran noticia” y “un triunfo de la democracia”.

“Teníamos razón. Es una gran noticia para la democracia”, consideró Sabbatella en relación al fallo de la Corte.

“Es un gran día para la democracia argentina”

El gobernador Sergio Urribarri celebró la decisión de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que definió hoy la constitucionalidad de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual. “Tuvimos que esperar cuatro años desde su aprobación, y superar todas las zancadillas que pusieron las corporaciones mediáticas. Igual es un gran día para la comunicación y la democracia argentina”, ponderó.

“En general los argentinos trabajamos muchísimo en la elaboración de esta ley. Pero en particular, recuerdo que las asambleas que se dieron en Entre Ríos fueron muy participativas y los aportes de la provincia, como de otras, han permitido que el texto llegue a la Legislatura”, expresó.

Señaló que “sin razón y sin muchas explicaciones se demoró cuatro años” la constitucionalidad de la ley y “este fallo hoy nos da la alegría que tenemos porque va a permitir la democratización, nada más y nada menos, de los medios de la Argentina, un país señero en materia de libertad de expresión”, sostuvo. Para el mandatario “de las muchas conquistas logradas en estos 10 años, sin dudas que la Ley de Medios tiene la impronta de la amplia participación social en su discusión, del compromiso político de la mayoría de los sectores y de la construcción de una herramienta que ha sido tomada como ejemplo por los países más desarrollados”.

“Hay que decirlo con todas las letras. Esta legislación de avanzada era una deuda pendiente de la democracia, y fue el liderazgo de Néstor y Cristina, su impulso en el marco de un proyecto nacional, popular y transformador lo que permitió que se concretara. Ahora la tenemos”, indicó.

Reafirmó que estas políticas de Estado “son los trazos orientadores de este cambio de época en la Argentina. Políticas de Estado que se decidieron con mucha valentía, coraje, pero también con una participación que nunca antes había existido en la Argentina para la elaboración de la ley”.

“No hay iniciativa como ésta que haya tenido el debate y la participación de todos los sectores de la Argentina”, aseveró. Urribarri destacó el accionar de la Corte “que convocó a la audiencia para que las partes expusieran sus posiciones, donde quedaron en claro todas las virtudes de la ley” recordó. El gobernador de Entre Ríos aseguró que el desafío “será lograr su plena implementación y la construcción de un modelo de comunicación que le ponga punto final a los monopolios que siempre condicionaron a los gobiernos democráticos, con múltiples actores, con miles de voces que expresen la diversidad, y que sea ejemplo para América Latina y el mundo”.

Fernández reclama la licitación de las licencias perdidas por Clarín

El senador Aníbal Fernández, uno de los dirigentes K más combativos y que siempre acusó al grupo Clarín de ejercer la concentración de medios, llegó a San Juan para participar de una cumbre de dirigentes K y en esa provincia se enteró de la declaración de la constitucionalidad de la Ley de Medios lo que obliga al grupo de la familia Noble a deshacerse de muchas licencias de radiodifusión que aún conserva.

El sitio Sanjuan8 informa que a poco de que se conoció la declaración de constitucionalidad Fernández aseguró que ahora el gobierno está en condiciones de llamar a licitación para reasignar las licencias que Clarín posee y que violan la ley 26.522. “Son 4 años de una ley que se sancionó con la inmensa mayoría del Congreso de la Nación y que debía cumplirse la Corte se expidió después de las elecciones y me parece saludable”, aseguró Fernández en alusión a que le ley fue sancionada en el 2009 pero desde ese momento el grupo Clarín interpuso recursos judiciales para frenar su aplicación.

Fiel a su estilo directo el legislador opinó que “ya está ya no hay mas lugares a seguir armando chicanas, cumplir con lo que dice la ley hay licencias que no pueden tenerse en cabeza de los titulares y al no haber presentado los proyectos para recomposición no tienen derecho a nada porque los plazos se vencieron hay que directamente actuar y llamar a licitación de esas licencias”, aseguró Fernández quien luego aclaró que esta es su opinión en primera instancia ya que aún no había leído la sentencia de la Corte.

La Corte Suprema de Justicia dio a conocer ayer el fallo de 392 páginas desestimando los cuestionamientos del Grupo Clarín a la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual y ratificando la constitucionalidad de la norma. La ley fue ratificada por seis ministros de la Corte y con la única excepción de Carlos Fayt.

En el fallo se destacó que es “legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado”. Entre los argumentos utilizados por Ricardo Lorenzetti, Elena Highton, Enrique Petracchi, Carmen Argibay, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni, se sostuvo que la ley 26.522, “en cuanto regula la multiplicidad de licencias de modo general, es constitucional, porque es una facultad del Congreso, cuya conveniencia y oportunidad no es materia de análisis de los jueces”.

“Por otra parte, el análisis constitucional es ajeno a los conflictos futuros que puedan presentarse con la aplicación de la ley, que son materia de otros pleitos”, explicó.

La Corte Suprema dice en el fallo que la libertad de expresión es, entre las libertades que la Constitución consagra, “una de las que posee mayor entidad”, al extremo que, sin su debido resguardo, “existiría tan solo una democracia nominal”.

“La libertad de expresión, en su faz colectiva, tiene por objeto proteger el debate público, con amplias oportunidades de expresión de los distintos sectores representativos de la sociedad. Se trata de fortalecer una democracia deliberativa, en la que todos puedan, en un plano de igualdad, expresar sus opiniones y en la que no pueden admitirse voces predominantes”, señaló.

Es por ello que los jueces interpretan que la ley “es coherente” con el artículo 42 de la Constitución Nacional, “lo que significa el acceso a distintas fuentes plurales”.

“Los medios de comunicación tienen un rol relevante en la formación del discurso público y en la cultura, por lo que el interés del Estado en la regulación es incuestionable”, subrayaron los magistrados, quienes aclararon que en ese contexto “es legítima una ley que fije límites generales a priori, porque de esa manera se favorece la libertad de expresión al impedir la concentración en el mercado”.

Además, los jueces entendieron que el Grupo Clarín “no ha probado que, al momento del dictado de la sentencia, exista una afectación actual de la libertad de expresión”, y derribó uno de los principales argumentos del multimedio: “No resulta admisible que sólo una economía de escala, como la que posee actualmente, le garantiza la independencia suficiente como para constituir una voz crítica”.

“Hay numerosos medios pequeños o medianos que ejercen una función crítica y, a la inversa, hay grandes concentraciones mediáticas que son condescendientes con los gobiernos de turno”, definieron los jueces, y aclararon que el modo de proteger las licencias es “la indemnización pecuniaria, pero de ningún modo implica que la ley no pueda ser aplicada”.

Si así fuera, “ninguna ley que proteja el interés general podría ser eficaz”, destacan y sostienen que el plazo de adecuación “se encuentra vencido y es constitucional”.

Por otra parte, la Corte realizó una serie de aclaraciones: el máximo tribunal “no tiene la función de establecer si la ley 26.522 se adecua a los avances tecnológicos, si es obsoleta, incompleta. Esa es función del Congreso”.

“Es de vital importancia que la autoridad de aplicación sea un órgano técnico e independiente, protegido contra indebidas interferencias, tanto del Gobierno como de otros grupos de presión”, afirmaron.

La Corte explicó en el fallo que declara la constitucionalidad de la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que “no se encuentra afectado el derecho a la libertad de expresión del grupo Clarín, en tanto no ha sido acreditado que el régimen de licencias que establece la ley ponga en riesgo su sustentabilidad económica”.

“No hay en la causa una prueba de que exista una violación a la libertad de expresión derivada de la ley”, sostiene el voto mayoritario, que señala que “la ‘sustentabilidad’ no puede ser equiparada a ‘rentabilidad’ y, en ese sentido, hace a la naturaleza propia de un proceso de desconcentración la posibilidad de una reducción consiguiente de los márgenes de ganancia empresaria”.

El máximo tribunal, en forma mayoritaria, reconoció que el grupo Clarín “es titular de licencias que están protegidas porque integran el concepto de propiedad constitucional” y en ese sentido explicaron que “el modo de proteger estas licencias es la indemnización pecuniaria, pero de ningún modo implica que la ley no pueda ser aplicada”.

Los magistrados estimaron que si, en un futuro, “en la etapa de aplicación se afectara la libertad de expresión, hubiera una distribución discriminatoria de la publicidad o de los subsidios oficiales, la actora pueda ejercer sus derechos; pero no se puede, en esta instancia, proteger un derecho que puede ser, o no, afectado en el futuro”.

El presidente de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual, Martín Sabbatella, aseguró que la resolución de la Corte Suprema de Justicia de la Nación “es una gran noticia” y “un triunfo de la democracia”.

“Teníamos razón. Es una gran noticia para la democracia”, consideró Sabbatella en relación al fallo de la Corte.

Báez: “Los argentinos somos más libres”

“Recibimos la noticia más esperada. La plena vigencia de la Ley de medios, declarada constitucional por la Corte Suprema de Justicia, es un hecho histórico para todos los argentinos”, expresó el ministro de Cultura y Comunicación, Pedro Báez, luego de conocerse el fallo del máximo tribunal tras cuatro años de la sanción de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.

“La alegría que sentimos hoy se refuerza con la seguridad que nos da no haber aflojado ni un día en la lucha y el trabajo duro para garantizar la implementación de cada uno de los artículos. Este fallo nos pone por delante un nuevo desafío y un esfuerzo aún mayor para dar finalmente vuelta la página de la colonización cultural en la Argentina y para saber que, por primera vez en muchos años, por fin somos todos iguales ante la ley”, continuó Báez. Destacó el ministro que “el proyecto político que gobierna el país desde 2003 ha permitido reconstruir a la Argentina en todos los planos y también cambiar situaciones de privilegio e injusticia. Se ganaron y recuperaron muchos derechos y uno de ellos es el derecho a la palabra”, resaltó.

“Tuvimos una sociedad más justa el día que se sancionaron otras leyes emblemáticas, como la ley de matrimonio igualitario, la ley de identidad de género y tantas otras normas que ampliaron los derechos de los argentinos. Con la ley de servicios de comunicación audiovisual los tiempos se dilataron un poco más, pero hoy, a 30 años de la recuperación de la democracia, podemos decir que estamos en condiciones inmejorables de saldar una deuda histórica en la Argentina”, indicó Báez.

Luego, enumeró: “Se terminan los tiempos en los que unos pocos nos dicen al conjunto de los argentinos lo que tenemos que leer, pensar y sentir. Se terminan los poderes ocultos de quienes durante años pusieron y sacaron gobiernos a su antojo. Se termina la impunidad, la mentira y la manipulación”.

“Hay mucho trabajo por delante, se cumplió una etapa, ahora es el tiempo de poner en vigencia la ley, que todo el mundo se adecue y la cumpla, sin privilegios ni coronita. De esa manera habremos dado un gran paso hacia la construcción de una sociedad mejor que es, en definitiva, el último objetivo”, expresó.

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