Marcos Fernández, el empleado municipal acusado de violar a su hija, fue condenado a 18 años de prisión efectiva y trasladado a la Alcaidía de Santa Rosa, donde estará preso en forma preventiva, tal cual lo dispuso ayer la jueza de audiencia Laura Armagno.
Fuentes judiciales informaron a este diario que el fallo tuvo dos partes sustanciales. En primer lugar la condena y en segundo el cambio de su condición de detenido: Fernández llegó al juicio con prisión domiciliaria y la magistrada dispuso a partir de la víspera la prisión preventiva. Por ese motivo, Fernández fue aprehendido en la sala y trasladado a la Alcaidía, hasta que el fallo quede firme.
Agravada.
La jueza le imputó al empleado municipal el delito de violación con acceso carnal agravada por la convivencia con la víctima y la relación filiatoria que los unía. Cabe recordar que si bien el acusado no es el padre biológico de la denunciante, sí la había reconocido como hija en términos legales y le había dado su apellido.
La pena aplicada por Armagno se acercó mucho a la solicitada por el fiscal Carlos Ordás, quien ayer no estuvo en la sala durante la lectura de la sentencia. En los alegatos, realizados la semana pasada, Ordás había pedido que Fernández fuera condenado a 20 años de prisión y que además de la violación se lo imputara por el delito de corrupción de menores. Esto último no fue tenido en cuenta por la magistrada, quien lo absolvió de esa imputación.
Además, Armagno le corrió vista a la fiscalía de turno para que investigue a tres testigos aportados por la defensa de Marcos Fernández, el abogado Marcos Paz, quienes fueron acusados de falso testimonio por el fiscal Ordás.
Calvario.
La denuncia contra Fernández fue radicada por la joven víctima el 4 de junio de 2011 en la Comisaría de la Mujer, en esta capital. Durante el juicio, la hijastra, de 23 años, ratificó lo que había dicho en ese momento, es decir, que el empleado municipal la violó durante seis años seguidos en forma continua. Su calvario comenzó cuando tenía 12 años y continuó hasta los 18.
El defensor de Fernández había pedido la absolución en la jornada de alegatos. Su argumento fue que la única prueba que existía contra su defendido era la declaración de la víctima. Argumentó además que existe jurisprudencia del Tribunal de Impugnación Penal (TIP) respecto a que la sola declaración de la víctima no sirve para imputar el delito de violación.
Sin embargo, el fiscal y, más tarde, la jueza, dieron valor a una serie de testimonios que habrían confirmado la veracidad del relato de la joven y también a los informes psicológicos de las profesionales que asistieron a la víctima, dos del sector privado y una de la Justicia.

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