Dieciocho años de prisión para el autor de un crimen ocurrido luego de un partido de fútbol

Dieciocho años de prisión para el autor de un crimen ocurrido luego de un partido de fútbol
Al autor de este asesinato, que se produjo en abril del año pasado en Olavarría, le aplicaron la Ley de Violencia en Espectáculos Deportivos. De esa manera, además de la pena de prisión, le prohibieron de por vida asistir a la cancha en cuyas inmediaciones ocurrió este homicidio y lo inhabilitaron por cuatro años para presenciar partidos de fútbol.
El hecho, materia de este juicio en un Tribunal azuleño, sucedió después de un partido por el Torneo Argentino "A" que habían jugado Racing de la vecina ciudad y Crucero del Norte de Misiones. La víctima murió al recibir desde corta distancia un disparo en el pecho que le efectuó el joven condenado ayer, en momentos que la gente se iba del estadio "José Buglione Martinese".

Un juicio por un asesinato ocurrido en Olavarría a la salida de una cancha donde el año pasado se había disputado un partido de fútbol del Torneo Argentino "A" culminó ayer con la condena para el autor del crimen a una pena de dieciocho años de prisión.

Escenario de este debate que finalizara con veredicto condenatorio para el encausado había sido el Tribunal Oral en lo Criminal número 1.

Los jueces Martín Céspedes, Gustavo Borghi y Joaquín Duba fueron quienes intervinieron en este proceso donde al imputado, un changarín olavarriense que tiene 18 años de edad y se llama Luis Nicolás María, lo hallaron autor penalmente responsable del delito homicidio doblemente agravado por el uso de un arma de fuego y en ocasión de un espectáculo deportivo.

La aplicación de la llamada Ley del Deporte en este caso implicó que, además de la pena de prisión para el autor del crimen, le impusieran dos penas más: una de inhabilitación por el plazo de cuatro años "para concurrir al tipo de espectáculos que motivaron la condena (partidos de fútbol)" y otra de perpetuidad para concurrir al estadio de Racing Club de Olavarría.

El caso

En inmediaciones del estadio "José Buglione Martinese" se había producido el 29 de abril del año pasado en horas de la tarde el hecho que fuera materia de este juicio oral cuyo fallo se conoció ayer.

Siendo alrededor de la hora 18.10 de aquel día -según quedara acreditado en el fallo donde el primero en votar a las cuestiones que se plantearon fue el juez Duba- María, "en ocasión de efectuarse la desconcentración de público en la salida del partido de fútbol que se disputara en la cancha de Racing de Olavarría, en circunstancias en que Leandro Hernán Pianciola caminaba por calle Cerrito en dirección a Avenida Sarmiento, extrajo de entre sus ropas un revólver calibre 22 mm con el fin de causar la muerte de la víctima".

Aquella tarde Pianciola murió al recibir un balazo en el pecho que afectó su corazón y el pulmón, órgano este último donde quedara alojado el proyectil, al tiempo que la víctima quedó tendida en el piso y su homicida se dio rápidamente a la fuga.

El joven fue asesinado en cercanías a una de las puertas del estadio donde ese día jugaron Racing de Olavarría y Crucero del Norte de Misiones, en Cerrito y República del Líbano, cuando se producía la salida de quienes habían asistido a aquel encuentro.

Según testigos, Pianciola no formaba parte de ningún grupo de barras de Racing.

Uno de los testigos que declaró en el debate afirmó haber observado el momento en que María sacó el arma de fuego y estando a poca distancia de la víctima de este crimen le disparó, para después darse corriendo a la fuga.

Siempre de acuerdo con sus dichos, luego de matar a Pianciola el homicida guardó el revólver en la cintura antes de irse de la escena del crimen, al tiempo que el joven caía herido de muerte en un descampado, sobre la vereda, al lado de un poste.

En el fallo, el juez Duba escribió: "No se ha probado qué fue lo que sucedió en los momentos previos al episodio del que me he ocupado, como así tampoco cómo dio inicio".

Lo que sí quedó determinado con la certeza necesaria fue "el preciso momento cuando María dispara el proyectil que da muerte a Pianciola y qué hace inmediatamente después".

De esa manera, en el juicio se supo que el joven mató a la víctima de este hecho al dispararle desde aproximadamente unos dos metros de distancia. También, que previo a que eso ocurriera "hubo como un intercambio de palabras y unos manotazos que no llegaron a destino en ningún caso" y que luego de disparar María salió corriendo tras guardar el revólver en su cintura.

Todo eso se produjo en momentos que los asistentes al partido anteriormente mencionado se desconcentraban, a la salida de la cancha.

La declaración que el autor del homicidio brindara en el debate no sirvió para conmover la existencia de los hechos tal como lo dieran por probados los jueces azuleños del Tribunal 1, más allá de que refiriera que con la víctima no tenía ningún tipo de inconvenientes y que aparentemente el disparo que le efectuó no era para él sino para otra persona.

Además, el testimonio de María no resultó nada creíble para los magistrados que finalmente terminaron condenándolo a dieciocho años de prisión como el autor de este asesinato.

El dato

Entre las agravantes que se valoraron para el joven condenado por este homicidio, los jueces del TOC 1 tuvieron en cuenta las siguientes circunstancias: "La agresiva naturaleza de la acción, consistente en efectuar un disparo con un arma de fuego en un lugar con gran concurrencia de personas con el consecuente peligro causado y la corta edad de la víctima -18 años-, por cuanto implica una mayor extensión del daño ocasionado".

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