La Corte ya eligió a los 5 conjueces, aunque no se conocen los nombres, el Senado provincial elegiría los propios a mediados de marzo, probablemente el 10. El proceso esta en marcha pero si hay demoras extras la destitución o no de Saladino se podría cumplimentar cerca de fin de este año. Se terminan rápidamente, a este ritmo, los 90 días de suspensión que le otorgó la Corte y aun no se sabe si habrá extensión de plazo.
En tanto en el senado, según dice la ley de enjuiciamiento a magistrados, los conjueces provenientes de la cámara alta deberán sortease en la primera sesión ordinaria. Teniendo en cuenta que la apertura de sesiones se realiza el 1 de marzo en la Cámara de Diputados en la asamblea legislativa Nº 138 y que la primera sesión seria el 10 de marzo, se extienden los plazos para seguir con los pasos previstos por la ley para enjuiciar o no a Saladino.
Es que cuando el senado, si sesiona el 10 de marzo, haga su sorteo de legisladores abogados, para seguir con el procedimiento se habrán consumido 30 de los 90 días de suspensión que otorgo la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, al Juez para determinar si lo somete a juicio o no, y aun no se conoce con estos plazos si la Suprema Corte extenderá la suspensión a Saladino.
Recordemos que una vez integrado el Jurado de 11 miembros –el presidente de la Corte, los 5 conjueces sorteados por la corte y los 5 legisladores abogados, el cuerpo analiza si la denuncia está enmarcada en las faltas a las que se refiere la Ley vigente como causal suficiente para impulsar la remoción o destitución de un juez.
Entre otras, las causas –que son abiertas- para poder desplazar a Saladino se analizarían: incumplimiento de los deberes de su cargo, realización de actos de parcialidad manifiesta, y en caso de existir pruebas concretas "cohecho".
Una vez que el Jurado decida que efectivamente la acusación es sólida, debe ordenar a la Secretaría Permanente de Enjuiciamiento de Magistrados empiece la instrucción preparatoria.
La mencionada secretaria debe empezar a investigar en una función parecida a la de un ‘fiscal’ en un proceso ordinario, recolectando pruebas que puedan sostener la acusación y tiene 90 días –con opción a extenderlo por un período similar con causa justa- para terminar la instrucción.
Finalizada la instrucción, la Secretaría de enjuiciamiento debe informar al Tribunal conformado para tratar esta denuncia en particular los que a su vez dan traslado "por 30 días" al denunciante, a la Procuración y a la Comisión Bicameral "para que manifiesten su intención de ser parte acusatoria en el proceso.
Una vez aceptado de parte de uno de ellos ser parte acusadora, se le da traslado al acusado quien puede tomar intervención en la causa y cualquier instancia del proceso para que formule su defensa.
Tras estos procesos se inicia el juicio contra el magistrado que podría terminar con su destitución. O no. Y si los plazos se cumplen sin demoras extras la destitución o no de Saladino se podría cumplimentar cerca de fin de año.
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