La Corte anuló los polémicos concursos de jueces “a dedo”

La Corte anuló los polémicos concursos de jueces “a dedo”

El procedimiento para elegir a los miembros de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial había sido cuestionado por un recurso de amparo y deberá realizarse de nuevo.

La Corte de Justicia "ad hoc" ordenó anoche retrotraer el concurso para cubrir las cinco vacantes de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial e hizo lugar en forma parcial al recurso de amparo que había presentado Marcela von Fischer, una de las postulantes que quedó afuera de la polémica selección.

El Consejo de la Magistratura deberá volver a realizar el concurso y establecer un nuevo cronograma de fechas para las evaluaciones escritas y las entrevistas. Además, tendrá que dar publicidad al concurso, tanto en el Boletín Oficial como en los diarios de la provincia.

La polémica se inició porque se unificó el examen escrito para los cinco puestos disponibles, cuando originalmente las pruebas debían tomarse por separado.

Además, se denunció que en la evaluación se pidió desarrollar un caso práctico que había sido tomado de la Sala III de la Cámara de Apelaciones Civil y Comercial, donde trabajan dos de las concursantes que quedaron entre las mejor posicionadas.

Marcela von Fischer, que trabaja como secretaria relatora de la Corte de Justicia, presentó un amparo para que se dejara sin efecto el proceso. Una jueza de primera instancia, Mónica Mukdsi, había rechazado la demanda.

Ayer, tras un dictamen del procurador Pablo López Viñals que consideró que el concurso fue irregular, el tribunal "ad hoc" revocó el fallo de Mukdsi. Los magistrados dejaron claro que existieron "vicios administrativos" en la unificación del concurso.

El tribunal se conformó especialmente para resolver el tema, ya que los integrantes originales se excusaron de intervenir, salvo Abel Cornejo. La Corte ad hoc estuvo integrada, además de Cornejo, por los jueces del Tribunal de Impugnación Luis Félix Costas, Antonio Omar Silisque, Adolfo Figueroa, Edgardo Francisco Albarracín, Eduardo Arturo Barrionuevo y Luciano Ignacio Martini.

Los magistrados señalaron que, cuando el Poder Ejecutivo informa sobre la necesidad de cubrir una vacante, el Consejo debe iniciar el proceso de selección ajustándose a esa convocatoria, sin posibilidad de darle ninguna otra interpretación, "por no corresponderle al ámbito de su incumbencia".

Serán participantes del nuevo proceso todos los concursantes oportunamente inscriptos, excepto cinco profesionales que renunciaron antes del 22 de noviembre de 2016. Los actos administrativos posteriores a esa fecha quedaron sin efecto porque la Corte los consideró "nulos de nulidad absoluta".

"Ante una situación excepcional en que se integraron inusitadamente las ternas de una manera diferente a lo que reglamentariamente correspondía, las facultad constitucional de elegir cede ante el interés general y la transparencia, debido a que el prestigio de la magistratura solo podrá recuperarse cuando no existan motivos de hesitación que ensombrezcan determinados procedimientos como por ejemplo, la selección de jueces", sostiene el fallo que se conoció anoche.

Los magistrados también expresaron que "el artículo 23 del Reglamento Interno del Consejo de la Magistratura prescribe la operatividad de dicha norma, sin que pueda colegirse de su redacción que el cuerpo pueda alterar o modificar el decreto de comunicación de la vacante".

“De manera inconsulta”

El fallo que emitió ayer la Corte de Justicia “ad hoc” destaca que el cronograma de un concurso en el Consejo de la Magistratura es un paso esencial en el proceso de selección previsto en el artículo 24 del Reglamento Interno.

“Su alteración, sin motivos fundados y valederos, le quita credibilidad al proceso concursal, y más aún teniendo en cuenta que quienes se presentaron lo hicieron con la plena convicción de que serían evaluados cinco veces sucesivas y con ello tenían mayores posibilidades de ser seleccionados que en un concurso unificado de manera intempestiva e inconsulta”.

El concurso había sido cuestionado por no respetarse los términos fijados inicialmente para el proceso.

 

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