La Corte acudirá al sistema de audiencias públicas en las causas críticas

La Corte acudirá al sistema de audiencias públicas en las causas críticas
El tribunal local adoptó el mecanismo que usó la Corte nacional en la Ley de Medios. Lo utilizará antes de resolver sobre temas como la constitucionalidad de la ley 7.722, que frenó la minería.

La Suprema Corte de Justicia de Mendoza copió esta última semana un mecanismo que cosechó más elogios que críticas y que utilizó su par nacional como instancia de debate previo al fallo que terminó ratificando la constitucionalidad de la Ley de Medios, decisión de una enorme trascendencia política.

El miércoles, la Sala Administrativa del máximo tribunal local firmó la acordada 25.325 para poder convocar a audiencias públicas en aquellas causas que posean trascendencia institucional. Y, aunque todavía no fueron fijados el día ni el lugar, la decisión apunta a que un debate de este calibre suceda antes de que la Corte dicte sentencia sobre los planteos de inconstitucional que recayeron sobre la ley 7.722, norma que le puso un freno a la actividad minera en Mendoza y que generó gran controversia, no solo a nivel político sino que también social.

En lo formal, la acordada lleva la firma de los supremos Mario Adaro, Alejandro Pérez Hualde y Pedro Llorente, que preside el máximo tribunal.

Allí se establece que la Suprema Corte "puede disponer que, en aquellas causas que posean trascendencia institucional o que excedan, en cuanto a la decisión jurisdiccional el interés individual de las partes se convoque a audiencias públicas".

"La convocatoria –sigue el escrito– deberá realizarse con acuerdo de por lo menos tres ministros y se fijan además tres tipos de audiencias: informativas (para escuchar o interrogar a las partes); conciliatorias (en donde se buscará acercar a las protagonistas del proceso) y ordenatorias (que tienen por objeto tomar medidas que permitan el encauzamiento de la causa).

Adaro, uno de los que firmó la medida, explicó que esta obedece a "un nuevo perfil que tienen las Cortes no solo en Argentina, sino también en el mundo. Las audiencias públicas aportan transparencia, acceso a toda la información y participación ciudadana en los procesos".

Pero hay otro trasfondo: los supremos debaten internamente entre hacerse o no cargo de los conflictos que terminan en su seno, y que la política no logró resolver y las audiencias públicas previas a las sentencias podrían funcionar como una forma de quitar del medio la sensación de que decisiones de enorme impacto, como es, sin dudas, el fin o la continuidad de la ley antiminería, son tomadas por los jueces entre cuatro paredes.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación jugó ese juego, de alguna manera, en la audiencia pública que convocó en agosto y que sirvió de instancia previa al fallo que determinó la constitucionalidad de la Ley de Medios. A nivel nacional, se estableció también la modalidad del amicus curiae (amigos del tribunal) en el que cada uno de los litigantes pudo presentar expositores que defendían las posturas de sus respectivas partes. Esto no figura en la acordada 25.325, pero podrá ser aplicado al momento de llamar a las audiencias.

Estado de la causa más caliente

A la Corte le preocupan, por lo menos, tres expedientes que tramita y que podrían ser objeto de audiencias públicas. Uno de estos es la disputa judicial por las tarifas eléctricas entre la empresa Edemsa y el Gobierno. Otro es la demanda al Estado de una de las empresas que se vio afectada por el cierre de los pozos de agua decidido por el Departamento General de Irrigación y que habían sido otorgados de manera irregular en la gestión de Eduardo Frigerio.

Pero, sobre todo, hay once expedientes que son los más calientes: los pedidos de inconstitucionalidad que pesan sobre la ley antiminería 7.722 y que se vienen tramitando desde hace poco más de seis años.

La norma fue sancionada durante el gobierno de Julio Cobos en junio de 2007 al ritmo de los cortes de rutas y las protestas en el Valle de Uco, y provocó la caída de todos los proyectos de megaminería a cielo abierto de Mendoza. En términos generales, prohíbe el uso de sustancias químicas como el cianuro, el mercurio y el ácido sulfúrico en la minería metalífera, y establece que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) de cada proceso extractivo debe ser ratificada por ley en la Legislatura.

A los pocos días de la sanción de la norma, el 20 de julio de 2007, se desencadenaron 12 planteos de inconstitucionalidad, en su mayoría de empresas mineras, que fueron patrocinados –siete de los once pendientes– por el estudio de abogados Barraza, Rodríguez, Díaz y Gregorio, el mismo que impulsó el fallido proyecto San Jorge y en el que trabajó Francisco Pérez hasta asumir como ministro de Celso Jaque.

Los planteos de inconstitucionalidad están centrados en dos puntos: por un lado, el sector considera discriminatorio que la minería no pueda utilizar sustancias como el cianuro o el ácido sulfúrico y otras actividades productivas sí. Y, por el otro, entienden que existe una confusión de poderes, ya que la Legislatura tiene que aprobar la DIA cuando para otras autorizaciones ambientales, basta sólo con un decreto del Poder

Ejecutivo.

El máximo tribunal deberá tomar un par de decisiones políticas más antes de dictar sentencia. Deberá aceptar o no que el fallo sea plenario, es decir, de todos los miembros de la Corte, o si solo basta con el de los integrantes de la Sala 2 (Salvini, Adaro y Carlos Böhm), donde recayó la causa. Y si acumula las once causas que, salvo una, ya están todas en la etapa de alegatos y listas para la sentencia. Cuando estos dos aspectos se definan, el fallo deberá salir en 60 días.

Sobre el segundo punto, no hay demasiadas novedades, más allá de que las partes lo reclamaron. Ahora, sobre el primero, también esta semana se avanzó. Adaro, como titular de la Sala II, presentó un pedido formal para que el fallo sea plenario y adjuntó además la acordada 25.325 para que sus pares le pongan fecha a una audiencia pública.

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