El Gobernador presentó un proyecto para modificar algunos artículos del Código de Faltas. Deberán darse explicaciones hasta por portar objetos que puedan usarse para amedrentar.
Alfredo Cornejo va por otra ley para el combate contra la inseguridad. Esta vez apuntó al Código de Faltas, que data de 1965. Pero esta vez la apuesta no es por una reforma integral sino por la derogación de los artículos 121 bis y 125 y la reforma del 121 y 122.
El objetivo de la reforma es que quienes circulen por la calle con armas de juguete (conocidas como réplicas) o cuchillos o armas de fuego que no funcionen, e incluso con objetos que puedan usarse para amedrentar a una posible víctima, deberán pagar multa y pasar entre 10 y 15 días en calabozos policiales.
Llevar encima cualquier cosa que sirva para amedrentar, incluso un cuchillo de asado o un martillo, será considerado arma si quien la porta no puede justificar por qué la tiene en su poder.
Ayer concretó la presentación del proyecto de ley en mesa de entradas del Senado provincial. No se trata de una ley excesivamente compleja, pero probablemente desatará alguna polémica.
-¿Qué pasa si la policía detiene a alguien yendo a un asado, con el plato de madera y los cubiertos, entre ellos un cuchillo?
-Es una cuestión de criterio. Dependerá de los antecedentes de la persona- respondió el comisario general Roberto Munives.
La incomodidad se cruza con la necesidad. Hay casos documentados y denunciados de personas robadas o incluso abusos sexuales perpetrados con la amenaza de una puñalada con un simple cuchillo “serrucho”. Un debate que probablemente se desatará en los próximos días.
El subsecretario de Justicia, Marcelo D'Agostino, explicó que las modificaciones “están encuadradas en la política de seguridad y prevención del Gobierno” y Munives profundizó el concepto que lanzó Cornejo: “Desde que asumimos hasta ahora hemos requisado más de cuatro mil armas. Ante la falta, hemos detectado que muchos delincuentes salen con tumberas y armas sin capacidad de disparo”.
Armas sin capacidad de disparo es un concepto que está incluido en el Código Penal. Se trata de armas que por estar descargadas o tener algún desperfecto no funcionan, pero la posible víctima no sabe si funcionan o no, por eso existe la figura del robo agravado con arma sin capacidad de disparo.
También están las consideradas armas impropias en las que entran otros objeto: herramientas como palas o martillos o cubiertos de mesa. A lo que ahora apunta el Gobierno provincial es a transformar en una falta la simple tenencia de este tipo de armas.

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