Explicó que deberán pagar sólo los que tuvieron una obra de pavimentación frente a su casa. Advirtió que hay 6.300.000 metros cuadrados de construcciones sin declarar. Y que se dio un plazo para normalizar esta situación.
Desde ese órgano nacional, el intendente, Fabián Ríos, lo "tomó prestado" para que se haga cargo de la Subsecretaría de Ingresos Públicos del Municipio capitalino. EL LIBERTADOR lo visitó en su lugar de trabajo y pasó revista con él a la situación tributaria de la Comuna, la aplicación de la debatida Ordenanza que declara de utilidad pública a obras de pavimentación, sobre las que se aplicará la tasa de contribución de mejoras, quiénes deben pagar por este concepto.
Irregularidades, debates y los pasos avanzados, en el siguiente diálogo:
-¿Las obras de la gestión de Camau Espínola quedan incluidas bajo el concepto de utilidad pública?
-Sí, es así. Quiero recordar que este concepto data de una vieja Ordenanza, la 1.011 de 1979, que está vigente. Establecía que para hacer una obra financiada por contribución por mejoras había que pedir la conformidad de los vecinos. Pero que si la obra era declarada de utilidad pública, entonces esa solicitud no era necesaria.
-¿Cuál es la finalidad, entonces, de declarar de utilidad pública las obras de repavimentación y aplicarles la contribución por mejoras?
-Se busca recuperar un porcentaje de los fondos que se utilizaron para la repavimentación de las calles del casco céntrico. Con esos recursos se podrá repavimentar el resto de la ciudad para beneficiar a otros vecinos.
-¿La idea es que los beneficiados por el pavimento contribuyen a que el resto de la ciudad se beneficie?
-Ese es precisamente el concepto: el de beneficio.
QUIÉNES PAGAN
-¿Todos los vecinos de la ciudad deben abonar la tasa de contribución por mejoras?
-No, sólo los que tuvieran salida a la calle ya pavimentada. Al menos ese es el criterio nuestro.
-¿Hay otros criterios?
-Claro, es el sistema que usted indicaba: que todos los vecinos paguen la contribución de mejoras, porque se entiende que el beneficio es para la ciudad como un todo, lo cual beneficia a cada vecino en particular.
Cómo es el sistema
-¿Cómo se aplica en otros lugares la contribución de mejoras?
-En Santa Fe, por ejemplo, todos sus municipios aplican el concepto de contribución de mejoras y son ciudades con una alta calidad de vida. Por eso me extraña que se opongan aquí dirigentes políticos que sin embargo apoyan el modelo del Gobierno santafesino.
-No sólo se opusieron políticos. Tenemos entendido que hubo recursos judiciales de ciudadanos…
-Sí. Fíjese que establecimos una tasa de 174 pesos. Es lo que uno gasta en un carrito de hamburguesas en un día. ¡Nosotros lo íbamos a cobrar en un mes! Fue objetada por vecinos que interpusieron una medida cautelar. Entonces el Intendente suspendió la aplicación de aquella resolución.
-¿Y ahora?
-Por eso ahora se dictó una nueva Ordenanza que estableció otras pautas: se determinará el valor de cada inmueble antes y después de concretada la obra.
-¿Entonces, no todos los vecinos pagarán el mismo importe?
-No, ya no será un importe igual para cada vecino, sino que el abono dependerá de la superficie de la vivienda. Por ejemplo, quien vive en un inmueble de 60 metros cuadros no pagará igual que quien lo haga sobre 100 metros cuadrados. Insisto: la tasa se establece en base a la superficie habitada.
-¿Las obras de pavimentación revalorizan la vivienda?
-Por supuesto. Conversamos de esto con empresarios inmobiliarios, que obviamente conocen del tema, y nos indicaron los porcentajes de mejoras en las cotizaciones de los inmuebles. Lógicamente que para el cobro de la tasa hay un límite, que es el valor de la obra de infraestructura realizada.
-¿Todos los inmuebles están en condiciones de cumplir con esta tasa?
-Ese es otro gran problema. Hemos detectado 380 ph (edificios en propiedad horizontal) que están sin adrema. Pero la responsabilidad de esto no es de los propietarios que compraron de buena fe, sino de algunas empresas constructoras que no presentaron los certificados correspondientes de culminación de obras.
Lo que está vigente
-Le leo una frase del concejal opositor Hugo Calvano: "Nos oponemos al cobro retroactivo, porque saltean ilegalmente la norma de contribución de mejora para recaudar como sea". ¿Qué opina?
-Que no conoce la Ordenanza vigente. El artículo 167 de la Ordenanza 1.011/79 autoriza a cobrar obras de una antigüedad de cinco años. El artículo 17, por su parte, se refiere a la declaración de utilidad pública.
-¿Y, entonces, qué obras de pavimentación y repavimentación van a ingresar al concepto de utilidad pública?
-Nosotros vamos a declarar de utilidad pública en principio las obras hechas en el período 2009-2011. La normativa vigente, remarco, faculta al Departamento Ejecutivo a cobrar.
-¿Y van a controlar el cumplimiento efectivo?
-Mire, hasta el momento hemos detectado más de 3.800 casos de unidades funcionales no registradas, que ya las hemos cargado en nuestro sistema. Había 6.300.000 metros cuadrados sin declarar.
-¿Cómo lo saben?
-A través del Sistema Satelital Georeferenciado (GIS). Por eso hemos establecido una moratoria hasta el 31 de julio para construcciones no declaradas.
RECAUDACION
-¿Cómo está el nivel recaudatorio del Municipio?
-Aumentamos un 33 por ciento la recaudación en el primer trimestre de este año, en comparación con el mismo período del año anterior.
-Aumentaron, pero ¿cuál es la recaudación promedio de la Municipalidad?
-Los que cumplen con sus impuestos son alrededor del 45 por ciento de los contribuyentes. La ciudad se divide en zonas tributarias: las zonas 1 y 2, por ejemplo, tienen un nivel de cumplimiento cercano al 70 por ciento. En el otro extremo, las zonas 5 y 6, que son las más alejadas del centro, tienen el más bajo nivel de cumplimiento que en muchos casos es directamente nulo.
-En materia de habilitaciones comerciales había un gran retraso, ¿no?
-Así es, pero lo estamos superando: hemos otorgado 450 habilitaciones comerciales en cuatro meses y medio de gestión.
-Se va avanzando, entonces…
-El sistema implementado de ventanilla única facilita mucho más los trámites. Había comercios que desde hacía diez años estaban sin habilitación comercial.
PARITARIAS
-¿Tiene participación en la paritaria establecida en el ámbito de la Municipalidad de Corrientes?
-Soy miembro paritario, en representación de la Municipalidad, de la Comisión Paritaria Permanente establecida por primera vez en el ámbito comunal.
-¿Qué áreas abarca la Subsecretaría de Ingresos Públicos a su cargo?
-De mi área dependen el aspecto tributario y el de comercio: Dirección General de Comercio y Dirección General de Rentas (organismo tributario del Municipio), como así también la Dirección General de Fiscalización y Gestión Tributaria.
-Pese a los avances, la recaudación es bastante baja, ¿no?
-Hemos implementado planes de facilidades de pago con buenos resultados. Gracias a ellos hemos recaudado más de 1,5 millón de pesos en mayo. Hay tres tipos de planes de pago (ver infografía).
Plan de incentivo tributario para cancelación de deudas
Régimen especial para la cancelación de deudas judiciales y en gestión
Las reducciones de intereses operarán de la siguiente manera:
Deudas del año 2008: reducción del 100% de los intereses.
Deudas de 2009: reducción del 80%.
Deudas de 2010 y 2012: reducción del 50%.
Plan de facilidades de pago
El contribuyente puede optar:
Abonar al contado: quita del 50% de los intereses punitorios y resarcitorios.
Abonar un equivalente al 10% de la deuda anticipada y el saldo en tres cuotas iguales: en este caso una quita del 30% de los intereses.
Incentivo para el cumplimiento fiscal voluntario de tributos municipales
Condiciones del convenio:
De 2 a 18 cuotas: anticipo del 10%. Intereses 12% anual.
De 19 a 36 cuotas: anticipo del 15%. Intereses 15% anual.
De 37 a 48 cuotas: anticipo del 20%. Intereses 18% anual.
Y hay más condiciones para la refinanciación.


Comentá la nota