La Justicia local condenó en horas de la mañana de ayer a un vecino identificado como Fabián Ponce a cumplir una pena de tres años de prisión en suspenso por un hecho de “Amenazas simples e Incendio doloso”, en relación a un sonado caso que protagonizó el 1 de noviembre del corriente año en un domicilio del barrio Julio Argentino Roca.
El caso
El hecho que se le imputó a Ponce tuvo lugar en un domicilio ubicado en calle 1 y 114, al que debieron acudir tres dotaciones de Bomberos Voluntarios para sofocar un incendio de importantes dimensiones que dejó prácticamente destruida a la vivienda, en la que residían su exmujer e hijos.
El incendio se produjo luego de inconvenientes entre la pareja y amenazas del hombre en tal sentido. Ponce llegó en horas de la madrugada al domicilio e incendió un colchón, generando que las llamas rápidamente tomaran la estructura edilicia; en momentos que el lugar era habitado por dos de sus hijos.
Asimismo, cabe apuntar que mientras personal de bomberos llegaban a lugar, los hijos de Ponce lo agredieron por lo realizado; mientras que seguidamente el autor del siniestro fue detenido por personal de la Comisaría Tercera, a disposición de la fiscal Ana Laura Ruffini que investigó el caso.
Ponce fue asistido por el defensor oficial Alejandro Caram y permaneció detenido con “prisión preventiva”, aguardando la realización del juicio que se realizó días atrás en los Tribunales locales.
Días después del siniestros, mientras la investigación penal daba sus primeros pasos, la damnificada dialogó con LA REFORMA y explicó: “Llegué cuando el incendio había sido sofocado. Yo no estaba en la vivienda porque hacía días me había ido con mis hijos”, que el día de los hechos había mantenido una acalorada discusión telefónica con Ponce.
Fallo
LA REFORMA accedió ayer al fallo condenatorio, dictado por el juez sustituto Heber Pregno. En el mismo se condenó a Ponce con tres años de prisión en suspenso, como autor material y penalmente responsable de los delitos de “Amenazas simples e Incendio doloso, en concurso real”.
Por otro lado se dispuso que durante el tiempo de condena se apliquen las siguientes pautas de conducta: 1) fijar residencia; 2) Abstenerse de acercarse a menos de 200 metros a Sandra Oleksiuk, al domicilio que esta fije y a los lugares que habitualmente concurra, sin perjuicio del derecho de visitas del acusado respecto de su hijo menor de edad que deberá instrumentarse a la mayor brevedad posible si tornar inoperante el cumplimiento de esta prohibición de acercamiento; 3) Someterse a un tratamiento psicológico y de abordaje de adicciones del que deberá informar su cumplimiento y evolución al menos trimestralmente.
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