Juan José Reyes - El viernes pasado LA ARENA planteaba como hipótesis la posibilidad de que la jueza donde había recaído la demanda de inconstitucionalidad presentada por seis funcionarios judiciales fuera la primera en una larga cadena de excusaciones, habida cuenta de que todos los funcionarios judiciales, en este caso la jueza civil también, son potenciales concursantes.
El planteo de inconstitucionalidad se sustenta en que durante la semana pasada más de 20 postulantes que se presentaron para cubrir dos cargos de jueces de control en la primera Circunscripción Judicial, y que deberían ir coloquio el próximo 15 de abril, fueron notificados por el Consejo de la Magistratura de su exclusión como postulantes. Aquellos arguyen que se está aplicando en forma retroactiva una Ley que no se encontraba vigente al momento de sus postulaciones. Lo concreto es que habría una flagrante desigualdad en las exigencias con respecto a los abogados de matrícula que no revisten funciones en el Poder Judicial, lo cual deriva en la inconstitucionalidad de la norma en cuestión.
La excusación.
En el oficio elevado por la magistrada en los autos caratulados: "Boulenaz, Gastón y otros c/ Estado Provincial y otro s/ Acción de Amparo", Expediente N° F 85.733", advierte "el carácter de parte de los doctores Mauricio Piombi y María Elena Gregoire" y argumento que con las demandantes mantiene "permanente frecuencia de trato", por lo que resuelve la excusación para "intervenir en autos en los términos del artículo 17 del CPP". En el oficio elevado la magistrada dice textualmente que "a la causal señalada se suman graves motivos de decoro y delicadeza pues, en virtud del cargo de vocal suplente para este período, que ejerzo en el Colegio de Magistrados y Funcionarios de la Provincia de la Pampa, participé activamente junto a todos los accionantes en las reuniones que los mismos mantuvieran con la institución como consecuencia del reclamo objeto de este amparo, reuniones que, por cierto, son de público conocimiento".
Agrega además que "esta realidad inequívoca me impone, en orden a graves motivos que afectan mi decoro y delicadeza, la obligación de abstenerme de intervenir, ya que el nuevo texto del artículo 30 de la ley explícitamente que sin perjuicio de lo dispuesto con anterioridad, la excusación deberá plantearse apenas el juez advierta que intervienen en el proceso, un litigante o profesional con quien existe alguna de las situaciones previstas en el artículo 17".
Para finalizar diciendo que "esta modificación legal excluye el carácter facultativo de la excusación, por lo que, además de mi convicción personal acerca de la procedencia de las causales de inhibición que invoco, se añade la advertencia del artículo 32 del Código Procesal, lo que torna imperativo mi apartamiento de esta causa, por tanto en mérito de lo precedentemente expuesto, pasen estas actuaciones a Receptoría a fin de ordenar la correspondiente reasignación de esta causa".
La demanda.
El 31 de marzo, cuatro fiscales, un defensor oficial y una secretaria presentaron un recurso de amparo planteando la inconstitucionalidad del artículo 6º de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que obliga a permanecer por lo menos tres años en un cargo antes de concursar por otro. A su vez también requieren mediante una medida cautelar, la suspensión de los dos concursos previstos para el 18 de abril para dos cargos de juez de control.
El amparo, promovido en nombre de los seis funcionarios judiciales por el abogado Miguel Palazzani, ingresó al día siguiente al Juzgado en lo Civil 1, a cargo de Susana Ethel Fernández. La presentación realizada por los damnificados Gastón Boulenaz, Carlos René Ordaz, María Elena Gregoire, Mauricio Federico Piombi y Fernando Gabriel Rivarola plantea dos cuestiones: una de fondo, que es la inconstitucionalidad en sí del artículo; y otra coyuntural, que es la suspensión de los concursos para que presuntamente no se afecten derechos constitucionales de los demandantes. Además de los seis funcionarios que presentaron el amparo hay varios que lo podrían hacer en breve pues los anotados en aquel concurso fueron además Franco Catalani, Pablo De Biasi, Agustín Esnal, Enrique Fazzini, Lorena Rivero, Claudia Keilis, Alicia Loscertales, Rafael Masó, Andrés Olié, Alejandra Ongaro, María Rivero, Agustín Rodríguez Berdier, Pablo Rizza, Marisol Rodríguez, Francisco Urdapilleta, Marisol Trombicki y Claudio Zaikoski. Ahora resta saber donde recaerá la demanda y hasta donde llegaran las inhibiciones.
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