El Colegio de Abogados pide que se declare inconstitucional la Ley de Reforma Judicial

El Colegio de Abogados pide que se declare inconstitucional la Ley de Reforma Judicial
En virtud de que el viernes último se obtuvieron fallos favorables a las acciones declarativas de inconstitucionalidad presentadas por la colegiación organizada contra la reforma del Consejo de la Magistratura de la Nación, recientemente aprobada por el Congreso Nacional, la institución que preside el doctor David Cordeviola promovió un recurso en el mismo sentido que quedó radicado en la Secretaría 2 del Juzgado Federal N° 2.
La institución con sede en Avenida Perón 514 promovió una acción declarativa en tal sentido, que quedó radicada en la Secretaría 2 del Juzgado Federal de Azul N° 2. El Colegio de Abogados local se suma, de esta manera, a otras acciones declarativas de inconstitucionalidad presentadas por la colegiación organizada contra la reforma del Consejo de la Magistratura de la Nación recientemente aprobada.

Durante la jornada del viernes 31 de mayo se obtuvieron tres fallos favorables a las acciones declarativas de inconstitucionalidad presentadas por la colegiación organizada contra la reforma del Consejo de la Magistratura de la Nación recientemente aprobada y que, entre otros aspectos, obliga a la inclusión en boletas partidarias a los abogados que quieran representar al estamento profesional en el mencionado cuerpo, hecho que motivara una respuesta coordinada de la colegiación al considerar que la antedicha reforma era lesiva del texto constitucional, al afectar la naturaleza de la representación estamentaria desequilibrándose así a favor del sector político.

Por ello, la Federación Argentina de Colegios de Abogados y el Colegio de Abogados de la Provincia decidieron articular una estrategia común presentando acciones de inconstitucionalidad a través de todos los colegios de abogados e invitando a colegas a acompañar esta decisión.

----------------

Presentación en Azul

----------------

A raíz de esta movida y ante el resultado de los recursos interpuestos, el viernes 31, también el Colegio de Abogados del Departamento Judicial de Azul promovió una acción declarativa de inconstitucionalidad de la Ley de Reforma Judicial que quedó radicada en el Juzgado Federal de Azul Nº 2 Secretaría 2.

El texto de la misma expresa que "venimos a promover acción declarativa de inconstitucionalidad en los términos del artículo 322 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación (en adelante "CPCCN") contra el Estado Nacional -PEN-, con domicilio en Balcarce 50 de la Ciudad de Buenos Aires, a fin de que V.S. declare la inconstitucionalidad de los artículos 2, 4, 18 y 30 de la Ley 26.855 (en adelante, la Ley de Reforma), modificatoria de la Ley 24.937 (t.o. Decreto 816/99 con ref. Ley 26.080)".

"Ello, por cuanto los referidos preceptos legales transgreden, de manera flagrante, las reglas establecidas en el artículo 114 de la Constitución Nacional (en adelante "CN") para la composición y funcionamiento del Consejo de la Magistratura (en adelante, también "Consejo" u "Organismo") y conculcan en forma concreta el derecho constitucional de los "abogados de la matrícula federal" de participar, mediante una representación genuina, en la composición del Consejo de la Magistratura", hacen mención en el párrafo siguiente.

En otro párrafo, la acción declarativa de inconstitucionalidad del Colegio de Abogados local menciona que "la normativa impugnada establece recaudos y procedimientos para la elección de los representantes de los abogados en el Consejo que contrarían abiertamente las notas de "equilibrio" y "representación" previstas por el constituyente al configurar el instituto en la norma fundamental".

"Ello es así -continúa el documento-, en tanto, se dispone la elección popular mediante sufragio universal de los consejeros abogados (a quienes se le requiere la postulación dentro de la lista partidaria de una agrupación política), lo cual destruye la representatividad estamental puesta en cabeza de los "…los abogados de la matrícula federal…" que ya no podrán elegir más a sus representantes dentro de su propio estamento".

Más adelante la presentación judicial hace mención a que "como consecuencia de lo anterior, se violenta también la noción de equilibrio prevista en el artículo 114 de la CN hasta el extremo de su total desconocimiento, al suprimirse el contrapeso de los estamentos no políticos cuyos representantes ahora deberán oficializar sus candidaturas a través de partidos políticos y participar en elecciones generales donde serán elegidos por el pueblo por medio de sufragio universal. Es evidente entonces, que con la Ley de Reforma ha quedado en pie un sólo estamento de los previstos por el constituyente, ahora hegemónico dentro del Consejo, que es el que deriva su legitimidad de "…la elección popular…".

Todo ello, en franca contradicción con el artículo 114 de la CN cuya inclusión por el constituyente en 1994 tuvo por fin limitar la actuación del órgano político y fortalecer la independencia judicial".

En el párrafo final, el Colegio de Abogados de Azul "solicita se declare la inconstitucionalidad del art. 7 de la Ley 26.853 por haberse aprobado por el Congreso sin la mayoría agravada exigida en artículo 114 de la CN y violar la garantía del juez natural e imparcial que asegura el artículo 18 de la CN".

Comentá la nota