Cobrarían comisiones por gestionar retiros voluntarios de Alpesca

Cobrarían comisiones por gestionar retiros voluntarios de Alpesca

El 2 de octubre de 2014 la Legislatura de Chubut aprobó por simple mayoría un Sistema de Compensación destinado a todos los trabajadores dependientes directos de Alpesca S.A. o indirectos que efectuaren tareas tercerizadas en beneficio de dicha empresa. Es lo que se denominó como el esquema de “retiros voluntarios”, y el Estado destinó 12 millones de pesos para dicho programa.

El personal que quería desvincularse podría acceder a un retiro de veinte mil a cien mil pesos, y quienes optaren por ese sistema quedan excluidos de la nómina que personal que serán absorbidos a futuro por quien alquila la pesquera o quien resultare adquirente tras la expropiación. Es decir, quien optó por el retiro voluntario cobra una suma de dinero, extingue la relación laboral con Alpesca y no será tenido en cuenta en lo que podría ser una reapertura de la fábrica.

Más de un centenar de desocupados de Alpesca tomaron esta alternativa, pero para tramitarlo debieron hacerlo por medio de “gestores” que les “recomendaban” desde el propio Gobierno de Chubut para garantizarse la celeridad del expediente.

Grave denuncia

Varios ex trabajadores de Alpesca confirmaron tal situación a Revista Puerto, en todos los casos pidieron la preservación de su identidad, y dieron cuenta de cómo era la “aceitada” mecánica del trámite para poder cobrar el retiro voluntario.

“Cuando comenzamos a hacer los trámites, desde el Ministerio de Coordinación de Gabinete, la abogada Paula Farías, nos decía que para que todo salga rápido y podamos cobrar, teníamos que ir al estudio jurídico de la doctor Marta Sánchez”, le contó a este medio una trabajadora que pidió la reserva de la fuente. “En este estudio privado –siguió relatando- nos avisan que para que el costo del trámite era del 5 por ciento del monto total a cobrar, pero dependiendo lo que le correspondía a cada uno, a algunos les pidieron hasta el 10 por ciento de comisión para armarles las carpetas”, manifestó.

Consultada por qué accedieron a ese requerimiento, dijo que “todos tenemos familias, la mayoría seguimos desocupados o con trabajos en negro, y entre cobrar algo y no cobrar nada. No nos quedó otra”, confesó resignada.

Hasta cien mil pesos

El programa de retiros voluntarios fue aprobado en octubre pasado y para acceder debieron inscribirse previamente en un listado donde aceptaban las condiciones. Hasta ese entonces eras beneficiarios de los subsidios otorgados por el Estado Provincial como consecuencia del desempleo ocasionado por el cese del giro negocial de la empresa, cierre de la planta de procesamiento y paralización de la navegación y captura de los buques.

La Provincia afectó doce millones de pesos para el pago de estos retiros, y la ley no señalaba en ningún caso que el trámite requería de gestores particulares. La Legislatura fijó que monto destinado a cada trabajador corresponderá a un equivalente de unidad mensual del subsidio otorgado y se establecería según la cantidad de años trabajados. Con una antigüedad mayor a 10 años, el equivalente a veinticindo unidades mensuales, es decir un monto final de 100 mil pesos.

Con antigüedad mayor a 5 años y menor a 10, el equivalente a quince unidades mensuales del subsidio, lo que significaba que se llevaban un retiro por 60 mil pesos. En tanto, con una antigüedad mayor a 2 años y menor a 5, el equivalente a diez unidades mensuales del subsidio, lo que representa cobrar 40 mil pesos. Finalmente, con una antigüedad menor a 2 años, el equivalente a cinco unidades mensuales del subsidio, cobrarían 20 mil pesos. Y, se consideró la antigüedad que registraban los recibos salariales de los trabajadores al mes de octubre de 2013.

Claro, esos eran los montos establecidos por ley que pensaban cobrar los trabajadores, pero no tenían en cuenta que en el camino debían dejar una parte en concepto de “comisiones” de gestión.

Sin chistar

La normativa aclaraba que el trabajador que se acoja al Sistema de Compensación de la actividad no podrá reclamar la prioridad de contratación establecida en el artículo 5° de la Ley I N° 527, ni integrar el listado de subsidios actuales o futuros otorgados por el Estado Provincial para paliar las consecuencias del desempleo originado en la crisis de la empresa Alpesca S.A., desistiendo con su aceptación de la invocación de todo derecho contra el Estado Provincial.

También se mencionó que el monto abonado a través del Sistema de Compensación no reemplaza indemnización alguna derivada de la relación laboral que el dependiente mantiene o mantuvo con Alpesca S.A. o aquél tercero que opera como empleador directo, subsistiendo los derechos que la ley acuerda contra los mismos mediante el ejercicio de los remedios legales y procesales vigentes que resultaren de su exclusivo uso, sin que ello pueda extenderse al Estado Provincial. 

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