Nucleoeléctrica Argentina SA, firma que opera la central, no ha presentado informe a la Provincia. El dato surge de la respuesta del Gobierno a una solicitud del Foro Ambiental Córdoba. El 31 de diciembre de 2015 concluyó su primer ciclo operativo luego de más de 30 años de uso, y las obras de extensión de la vida útil estarían fuera de la ley.
Según información aportada por el Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos de la Provincia de Córdoba, la empresa Nucleoeléctrica Argentina no ha presentado el Estudio de Impacto Ambiental ante la Secretaría de Ambiente y Cambio Climático.
De tal manera, y según lo afirma un comunicado enviado por el Foro Ambiental Córdoba, “las obras de extensión de la vida útil de la Central Nuclear de Embalse están incumpliendo la Ley 10.208 de Política Ambiental Provincial. Dicha norma establece en el Anexo 1 inciso 5 que son proyectos sujetos obligatoriamente a Estudio de Impacto Ambiental y Audiencia Pública a las centrales nucleoeléctricas de potencia”.
Según consta en la página de Nucleoeléctrica Argentina, el 31 de diciembre de 2015 concluyó su primer ciclo operativo luego de más de 30 años de uso. El cese de actividad permitirá el recambio de equipos y mantenimiento de las instalaciones para prolongar la vida útil por otros 30 años. Dicho proyecto insumiría dos años de ejecución.
Según una nota firmada por el Ministro de Agua, Ambiente y Servicios Públicos el 30 de enero de 2015, la misma notifica a Nucleoeléctrica Argentina SA que «no podrá darse inicio a las obras de extensión de la vida útil de la Central Atómica de Embalse, sin que antes le sea otorgada al proyecto la correspondiente Licencia Ambiental, conforme a lo establecido en el artículo 31 del mismo plexo normativo”.
El Congreso aprobó en 2009 la extensión de la vida útil de la Central Nuclear de Embalse. Según lo indica su Web, «el capital actual de Nucleoeléctrica Argentina está conformado por el 79% de las acciones de la Secretaría de Energía, un 20% de la Comisión Nacional de Energía Atómica y un 1% del Ente Binacional de Emprendimientos Energéticos SA». De esta manera, el incumplimiento de lo prescripto por la Ley 10.208 lo estaría realizando una empresa del Estado nacional.
En la respuesta al pedido de información generado por el Foro Ambiental Córdoba, firmado por el ministro Fabián López el 15 de marzo de 2016, se detalla la serie de trámites realizados por la Provincia a lo largo de 2015 para que las autoridades nacionales den cumplimiento a las obligaciones emanadas de la Ley de Política Ambiental Provincial, como también las respuestas recibidas.
Desde el Foro Ambiental Córdoba destacaron “la importancia de los puntos en cuestión prescriptos por la Ley 10.208, en tanto que el Estudio de Impacto Ambiental permite identificar y prevenir las alteraciones que pueda generar un proyecto en el medio ambiente antes de su ejecución. Asimismo, la Audiencia Pública permite recolectar las inquietudes de los vecinos potencialmente afectados y resulta fundamental para determinar el consenso social sobre el proyecto. Todo esto es previo a que la autoridad emita o niegue la Licencia Ambiental”.
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