El fiscal Jorge Amado pidió tres años de cárcel efectiva para Miguel Carro (28), dos años y ocho meses para Alejandro Bernardo (31) y dos años y seis meses para Eduardo Carro (56) por el caso que tuvo como victima a un menor de 14 años en el año 2009. Fue durante la lectura de los alegatos realizada esta tarde.
En la sala de audiencias de la cámara en lo criminal Nº 1 se conocieron los alegatos en el marco del juicio oral y público contra Eduardo Néstor Carro (56 años), su hijo Miguel Angel Carro (28) y su yerno Alejandro Daniel Bernardo (31). Los tres están imputados de haber privado de la libertad, amenazado y golpeado a un menor de 14 años, el 21 de febrero de 2009, porque supuestamente le había robado a Bernardo, algo que nunca pudo ser demostrado.
El fiscal Jorge Amado acusó a los tres imputados por el delito de privación ilegal de la libertad agravada por entender que hubo violencia para consumarlo y pidió para Miguel Angel Carro (28 años, policía) una pena de 3 (tres) años de prisión, de efectivo cumplimiento, por los delitos de privación ilegal de la libertad agravada, hurto simple y abuso de arma en grado de coautor.
Para Alejandro Daniel Bernardo (31, policía), el fiscla pidió la pena de 2 (dos) y 8 (ocho) mese de prisión, por ser penalmente responsable de los delitos de privación ilegal de la libertad, agravada y hurto simple en grado de coautor y por último para Eduardo Néstor Carro (56), la pena de 2 (dos) años y 6 (seis) meses de prisión de ejecución condicional, por ser penalmente responsable del delito de privación ilegal de la libertad agravada en grado de coautor. En los tres casos con costas.
El fiscal discrepó con la calificación del delito de secuestro agravado, por entender que no se dan los extremos previstos en esta figura penal. La falta de un elemento que es esencial en este tipo de delito, que es el dolo de secuestrar “la intención de secuestrar a la persona con un objetivo” no se dan en estos hechos. Sí en cambio se entiende que hubo privación ilegal de libertad con violencia.
El secuestro agravado es un delito que fue redactado en el año 2003, por el efecto Blumberg. En virtud del incremento inesperado del delito de secuestro de personas en sus diversas modalidades (exprés, organizado o virtual) que engendró una extraordinaria alarma social, y la necesidad de adoptar medidas sustanciales para prevenir y reprimir esta modalidad delictiva, pasó a ocupar un lugar prioritario en la agenda de gobierno. Es un delito que tiene una pena mínima de diez años, es decir, una pena más grave que el homicidio simple fue creado para determinadas formas de actuar frente a una situación, según informó el Área de Prensa del Ministerio Público Fiscal.
Los hechos investigados ocurrieron el 21 de febrero de 2009. Ese día, los policías y cuñados Miguel Carro y Bernardo -que luego fueron dados de baja- identificaron al menor como el supuesto autor de un ilícito en la casa del segundo.
En un Volkswagen Polo de color blanco, que habría sido manejado por Eduardo Carro, padre de Miguel y suegro de Alejandro, levantaron al chico en el barrio Santa María de la Pampa y lo trasladaron a ocho kilómetros al norte de la ciudad, en una zona rural. De acuerdo a la acusación, al menor lo golpearon, le robaron algunas pertenencias y le dispararon dos veces cerca de su cuerpo intentando darle un escarmiento. Después lo dejaron abandonado. Todo ello con el agravante de que los policías habrían usado un arma reglamentaria.
La sentencia será leída el 31 de Julio a las 12 horas. El Tribunal está integrado por los jueces Elvira Rosseti, Miguel Angel Vagge y Miguel Angel Gavazza.
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